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Pliego de prescripciones técnicas particulares del contrato de servicios de asistencia técnica para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en las carreteras que se definen en el mismo. anejo 1 1, Tesis de Puertos y Costas

PYC - PYC - PYC - PYC

Tipo: Tesis

2014/2015

Subido el 17/12/2015

David.Cortes
David.Cortes 🇪🇸

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¡Descarga Pliego de prescripciones técnicas particulares del contrato de servicios de asistencia técnica para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en las carreteras que se definen en el mismo. anejo 1 1 y más Tesis en PDF de Puertos y Costas solo en Docsity! Ministerio de Obras Públicas, Transportes A y Medio Ambiente PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA EJECUCIÓN DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN EN LAS CARRETERAS QUE SE DEFINEN EN EL MISMO a Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente Secretaría de Estado de Política Territorial y Obras Públicas Dirección General de Carreteras Subdirección General de Conservación y Explotación PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA EJECUCIÓN DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN EN LAS CARRETERAS QUE SE DEFINEN EN EL MISMO PROVINCIA: CARRETERAS: REFERENCIA/CLAVE: PRESUPUESTO DE CONTRATA: FECHA: z DOCUMENTO N* 1 - PLIEGO - ANEJO 1 - ANEJO 2 Fl presento documento contiene las prescripviones del Pliego que son comunes a todos las contratos de esta clase y es idéntica so todos elos, Se complementa zon sl anejo n9 3, ineluido to docamento spare, donde se incluyen las prescripciones ospecificas del presente contrato | El Ingeniero Autor del Pliego Examinado y Conforme voBo El Jefe del Servicio de El Jefe de la Demarcación Conservación y Explotación Fdo.: Fdo.: >, Fdo.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA EJECUCIÓN DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN EN LAS CARRETERAS QUE SE DEFINEN EN EL MISMO 1.- OBJETO DEL PRESENTE PLIEGO El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es describir los trabajos y fijar las condiciones técnicas que regirán en el Contrato de Asistencia Técnica para prestación de Servicios a la Dirección General de Carreteras para la ejecución de las operaciones de Conservación y Explotación necesarias en los tramos de carreteras que se definen en el Anejo n?%3 como tramos principales y, a efectos de uso del servicio de comunicaciones, del servicio de vigilancia especifica y de atención a emergencias, urgencias y actuaciones excepcionales, en los tramos no: principales definidos igualmente en el Anejo ne3. El presente Pliego consta de cuatro partes con idéntico carácter contractual. La primera parte con once apartados en los que se establecen las condiciones más generales del contrato y tres anejos denominados: Anejo n2i; Especificaciones relativas a la definición, ejecución, medición y abono de las operaciones, unidades de obra y materiales. Anejo n22: Instrucciones para programación, seguimiento e información. Anejo n23; Especificaciones particulares y presupuestos del contrato. En caso de contradicción entre estos documentos, tiene preferencia la parte general del Pliego sobre sus anejos y el Anejo nf1 sobre los Anejos n22 y n23. 5.1.- CPERACIONES DEL GRUPO 1 Se incluyen en las operaciones del Grupo l las correspondientes a los trabajos y servicios necesarios para conseguir una ayuda a la vialidad y a la explotación y un estado de los elementos constitutivos de la carretera gue aseguren las condiciones normales de vialidad y seguridad «que correspondan a las características de cada uno de los tramos objeto del contrato, así como también s necesarias para la realización de los estudios, gestión, sequimiento y establecimiento de información prescritos en el contrato y las de apoyo a la explotación. Son todas ellas operaciones que, o bien se ejecutan con continuidad, o bien se programan sin cuantificación previa de unidades, y cuya valoración se hace por partes alícuotas de los presupuestos parciales anuales correspondientes a siete Subgrupos dei Grupo XI. Estas operaciones tienen carácter prioritario. El Adjudicatario destinará, con carácter exclusivo, a la ejecución de estas operaciones, el equipo que, al objeto, detalle en su oferta, aunque siempre que sea necesario para cumplir las condiciones establecidas para realizarlas, deberá complementarlo con equipos adicionales, ya sean del equipo fijo o eventuales, sin que ello dé lugar a modificación de su valoración. Los mínimos de personal y maquinaria especializada que han de destinarse con exclusividad a la ejecución de estas operaciones son las que se detallan en el Apartado 6 de este Pliego. Para la realización de estas operaciones del Grupo ] serán de abono los materiales consumidos, disponiéndose al efecto de los materiales que se indican en el Presupuesto parcial "Materiales Grupo 1% de este Pliego. Si se consumiera dicho presupuesto, el exceso de materiales necesarios sería abonado con cargo al presupuesto de operaciones del Grupo 111, con los mismos precios unitarios de los materiales que figuran en el presupuesto específico de los mismos. Los subgrupos que se consideran en el Grupo 1 de operaciones son los siguientes: Subgrupo 1.1 - Servicio de control de túneles y Servicio de comunicaciones. Subgrupo I.2 - Servicios de vigilancia. Atención a accidentes e incidentes. Señalización ocasional y manteni- miento de los elementos de la carretera en condiciones que no puedan causar problemas a las condiciones normales de circulación, ni afecten negativamente a las condiciones normales de segu- ridad de la misma, ni al normal decoro público. Subgrupo 1.3.- Servicios de vialidad invernal. Subgrupo 1.4.- Mantenimiento sistemático de las instalaciones de suministro de energía eléctrica, alumbrado, ventilación y control de túneles, señalización variable y semáforización, comunicaciones, bombeo y Similares. Subgrupo 1.5.- Establecimiento de Inventarios y Reconocimientos de estado. Subgrupo 1.6.- Agenda de información del estado y funcionamiento de lda carretera. Programación, Coordinación, Seguimiento e Información de la ejecución de los trabajos. . Subgrupo I-7.- Actuaciones de apoyo.a la explotación y Estudios de accidentabilidad e informes de seguridad vial. Subgrupo 1-8.- Servicios auxiliares Las especificaciones relativas a la definición, ejecución, medición y abono de las operaciones incluidas en cada Subgrupo se detallan en el Anejo n* 1. También se definen en el Anejo n2 1, para algunos de dichos subgrupos, operaciones tipificadas para su consideración a los efectos de condiciones de ejecución, programación de los medios necesarios para su ejecución, y seguimiento, pero sin que sean de consideración a efectos de abono que, en este Crupo I de operaciones, se llevará a cabo, conforme se ha concretado anteriormente y se detalla en el mismo Anejo n2 1, en función de 5 la ejecución del conjunto de las operaciones de cada Subgrupo conforme a condiciones. Estas operaciones tipificadas se complementarán, en su caso, con las que se establezcan en el Anejo n*3 y con aquellas otras que durante el desarrolio del contrato sea conveniente establecer para la realización de las actividades del Grupo I. Dichas operaciones tipificadas son las siguientes: - Servicio de comunicaciones. - Servicio de control de túneles. - Servicio de vigilancia específica. - Servicios auxiliares. - Atención a accidentes o incidentes. - Establecimiento, mantenimiento y retirada de señalización ocasional. - Limpieza de vertidos accidentales y otros productos. - Retirada de animales muertos y objetos varios. - Limpieza de aterramientos y desprendimientos ocasionales. - Extensión de fundentes sobre calzada. - Retirada de nieve con maquinaria de empuje. - Retirada de nieve con maquinaría rotativa. - Reposición de hito de nieve. - Repintado de hito de nieve. - Actuaciones de apoyo a la explotación. - Programación, seguimiento de la ejecución y archivo y proceso de la información. - Ordenación y coordinación de los trabajos. - Informes de datos y resultados. - Toma de datos de inventario de elementos por tramo. - Establecimiento de inventario completo de elementos. - Actualización de inventarios. - Formación y uso de la Agenda de información de estado y funcionamiento de la carretera. - Reconocimiento de estado periódico. - Reconocimiento de estado ocasional. - Bacheo provisional con aglomerado en frío. - Borrado urgente de pintadas. - Reparación urgente de juntas de dilatación. - Reparación urgente de barandillas. - Limpieza de señal o cartel. : - Recolocación de señal o cartel, - Reposición de señal o cartel. - Limpieza de cartel de pórtico o banderola. m Pavimentos Unidad de Determinante de la Operación Operación Unidad de operación mw a Reparación de blandones. mm 5 Bacheo con riego asfáltico. ai mé Parcheo de pequeños deterioros y de blandones y baches reparados. mx cm mx cm Fresado localizado. m «m Reparación de mordientes. m m Sellado de grietas. m m Renovación del sellado de juntas. ya m realizados sin cambio Parcheo con mezcla asfáltica. de señalización” vd mw realizados sin cambio Reconstrucción de pavimento loca- de señalización lizado. Ud m realizados sin cambio Tratamiento superficial. de señalización Ud m realizados sín cambio Doble tratamiento superficial. de señalización Ud m* realizados sin cambio Sellado con lechada bituminosa. de señalización va realizados sín cambio Microaglomerado en frío. de señalización Ud x* realizados sin cambio Microaglomerado en caliente. : de señalización Ud Tn empleadas sin cambios Colocación de aglomerado en regu- de señalización larización de superficie. va Tn empleadas sin cambios Colocación de aglomerado drenante de señalización en capa de superficial. ud Tn empleadas sin cambios Colocación de aglomerado en capas de señalización de refuerzo, a mi Regeneración de la capacidad dre- nante. Obras de Tierra Unidad de Determinante de la Operación Operación Unidad de operación a a Reparación malla de protección. mi Retirada programada de desprendi- mientos o aterremientos al pie de desmontes . ne me Colocación malla de protección. Superficie de talud Reperfilado de taludes en tierra. reperfilada en m' me - mm Plantación de taludes con hidro=- siembra. t t Colocación o reposición de escollera. m mé Colocación o reposición de renaje gaviones. Unidad de Determinante de la Operación Operación Unidad de operación rm m Limpieza-reparación de cunetas de la plataforma. " m m Limpieza-reparación de cunetas separadas de la plataforma. m m Limpieza-reparación de bajantes. Ud Ud Limpieza-reparación de arquetas- -pozo5. : m m Reposición de bordillos. m m Limpieza de drenaje subterráneo. a m Limpieza de colectores. m m Reposición de drenaje subterrá- neo. ud Caño, Tajea o Alcantarilla Limpieza y reparación de caños, a limpiar y reparar tajeas y alcantarillas. a m? Revestimiento de cunetas. m m Construcción de bajantes. 10 Entorno de la Carretera Unidad de —Determinante de la Unidad Operación Operación de operación mi mi Segado de hierba y retirada de productos. ma mi Despeje de vegeta n y retirada de productos. ae a Poda de macizo arbustivo y reti- rada de productos. ud Yd Poda de árbol y retirada de pro- ductos. mi mM Tratamiento con limitadores de crecimiento y herbicidas. m mi Riego de plantaciones, m m Limpieza de berma y zona contigua y retirada de basuras. m m Limpieza de mediana y retirada de basuras. ne e Limpieza de isletas y zonas de descanso y retirada de basuras. mi mé Limpieza de paramentos. Em Km Limpieza de calzada con barredora Obras de fábrica Unidad de operación m Ud vd Determinante de la Unidad de operación m juntas reparadas o repuestas en el puente m m actuación en una 0.F. obra de fábrica reparada Operación Reposición-reparación programada de juntas de dilatación. Reposición programada de baran- dillas. Repintado de barandillas. Reparación de paramentos defec- tuosos de obras de fábrica. Reposición de alzados de fábrica. 11 La valoración de las operaciones de este grupo I11, en el caso de no disponer de los precios oportunos, se establecerá siguiendo el procedimiento expuesto en la cláusula 45 del Pliego de Condiciones Administrativas Generales para la contratación de Estudios y Servicios Técnicos (Orden 8/3/1972) con cargo, y con la limitación anual de los presupuestos parciales que, para este Grupo de operaciones, se establece en el contrato. Cuando en los trabajos a realizar dentro del Grupo 111 se incluyan materiales o unidades de obra considerados en los cuadros de precios contratados, estos materiales y unidades se computarán a los precios del contrato. Así mismo, los precios elementales de la mano de obra, maquinaria y materiales utilizados se computarán a los precios elementales que, en dichos cuadros de precios, también se reseñan. Si no fuera preciso para la realización de estas operaciones el total importe presupuestado, podrán abonarse con cargo al sobran- te materiales consumidos en operaciones del Grupo li y unidades de obra y/o operaciones del Grupo II. 5.4.- CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES PARA LA ADMINISTRACIÓN El Adjudicatario construirá las instalaciones que se indica en el Anejo n23. En los terrenos donde se construyan estas edificaciones, el Adjudicatario construirá las obras de urbanización e instala- ciones (abastecimiento y saneamiento de aguas, suministro de energía eléctrica, accesos, etc.) que sean necesarias, incluyendo un cerramiento en la parcela que tenga una altura mínima de 2 metros. En los documentos correspondientes a instalaciones que se presentan en las ofertas se estará a lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de este Contrato. Los terrenos para la construcción de las instalaciones reseñadas serán puestos a disposición del adjudicatario por el MOPTMA. El adjudicatario redactará un proyecto de las instalaciones suscrito por técnico competente. Las instalaciones proyectadas deberán cumplir las normas urbanísticas aplicables y demás disposiciones vigentes. 14 El adjudicatario previa a la construcción de las instalaciones deberá obtener la aprobación del proyecto por parte del Director del Contrato. Todas las instalaciones y su equipamiento una vez construidas son propiedad de la Administración, aunque durante el plazo de vigencia de este contrato serán utilizadas y conservadas por el Adjudicatario. Durante el período comprendido entre la fecha de adjudicación y la puesta en servicio de las instalaciones definitivas, el Adjudicatario pondrá a disposición del contrato unas instalaciones provisionales equivalentes, que serán aprobados por el Director. Fl precio de las instalaciones completas y su equipamiento, incluido el de las instalaciones provisionales, será la suma de los presupuestos anuales contratados para las mismas. Su abono se hará mensualmente a razón de una doceava parte del presupuesto parcial anual específico de dichas instalaciones. 6.- ORGANIZACIÓN Y MEDIOS DEL ADJUDICATARIO Tal como se establece en el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares, el Adjudicatario habrá explicitado en su oferta la organización y métodos a emplear para la ejecución de las operaciones objeto de este Pliego y relación de los objetivos o niveles de calidad a alcanzar, todo ello en congruencia con el Programa de trabajo y con las dotaciones de medios (personal, maquinaria, etc.) propuestos. La Organización del Adjudicatario será, pues, la que, en base a la propuesta por el adjudicatario, resulte aceptada por la Administración. No obstante, el adjudicatario podrá proponer durante la marcha del contrato mejoras en su organización siempre que no supongan disminución de los recursos comprometidos. El Director del contrato las podrá aprobar si considera que con las mejoras propuestas se conseguirá un mejor cumplimiento del contrato. También, cuando lo considere necesario, el Director podrá ordenar mejoras en la organización siempre que no supongan incremento de los recursos exigibles , sin perjuicio de su facultad de exigir la puesta a disposición del contrato de todos los recursos 15 necesarios para su cumplimiento. Por lo que respecta a personal, maquinaria y materiales se establecen las siguientes prescripciones: Organizazión del personal La responsabilidad ejecutiva de la programación, ejecución y seguimiento de los trabajos estará a cargo de un Jefe de Operaciones, a plena dedicación y con residencia estratégicamente situada respecto a las carreteras atendidas, con formación y experiencia suficiente para ejercer dicha responsabilidad. Serán de responsabilidad del Jefe de Operaciones: - El establecimiento de la programación operativa mensual (o quincenal) y de las órdenes de trabajo diarias (y las que resulten necesarias a lo largo de las veinticuatro horas de cada día). -“ La atención continuada al estado y funcionamiento de la carretera y el establecimiento de las órdenes de recorridos de vigilancia específica e instrucciones para llevarla a cabo. -= La revisión y actualización diaría de. la Agenda de información de estado y funcionamiento de la carretera y anotación en la misma de los plazos en que deben subsanarse las anomalías y defectos que no precisan actuación inmediata. - Las instrucciones para formulación de partes de trabajo y la revisión diaria de dichos partes. - La supervisión de los trabajos ejecutados. - La atención personal a accidentes graves o importantes y a incidentes de consideración. - El archivo y proceso informático de datos de seguimiento. - El establecimiento y actualización del Catálogo de Operaciones del Centro de Trabajo. 16 El Adjudicatario establecerá su gestión de personal de forma que los trabajos que hayan de llevarse a cabo fuera de la jornada laboral ordinaria queden igualmente atendidos que los que se lleven a cabo dentro de ella. Debe tener en cuenta para ello, las emergencias, la estacionalidad de ciertos trabajos, la necesidad de realizar algunos de ellos en días Y horas de baja intensidad de tráfico incluido nocturnas, y la continuidad de prestación de los servicios para aquellos en que se establezca en las condiciones de ejecución. Los precios no variarán en ningún caso por razón de la ejecución de lo trabajos dentro o fuera de la jornada laboral ordinaria ni por razón del lugar en que se lleven a cabo. El Adjudicatario dará cumplimiento a todas las obligaciones laborales con su personal que establezca la legislación vigente. Todas sus instalaciones y «medios de trabajo, así como las metodologías de ejecución de las operaciones que realice, cumplirán con los requisitos de las normas de seguridad e higiene en el trabajo. Maquinaria y medios El Adjudicatario concretará en su oferta la maquinaria y demás medios materiales que se compromete como mínimo a tener como “equipo fijo dedicado a la prestación de los servicios contratados en los lugares de trabajo en las distintas épocas del año, sin perjuicio de su obligación de disponer en todo momento de la maquinaria y equipos que resulten necesarios para la ejecución de las operaciones de carácter prioritario y el cumplimiento de la programación .establecida, aunque sobrepase la maquinaria y medios mínimos ofertados. A tal efecto tendrá en cuenta la maquinaria y medios materiales mínimos que se exigen tanto para el equipo fijo como para dedicación exclusiva al grupo 1, los cuales se especifican en el Anejo n23. Los costes de la maquinaria y medios utilizados, incluidos seguros, limpieza, conservación, recambios, recambio de elementos fungibles precisos para efectuar sus cometidos (dientes, cuchillas,...), etc., así como los de energía, carburantes o, grasas consumidos están incluidos en los precios de los subgrupos de actividades del Grupo 1 y de las unidades de las operaciones o unidades de obra para las que se emplee maquinaria o equipo. 19 En el caso de que la Administración ponga a disposición del Adjudicatario maquinaria y/o medios para efectuar los trabajos, lo cual estará especificado en el Anejo n23, se reseñará ésta en Acta suscrita por el Director del Contrato y el Representante del Adjudicatario. Dicha maquinaria será conservada por el Adjudicatario durante el contrato, salvo grandes reparaciones, y entregada en perfecto estado a la terminación del mismo, de cuya entrega se establecerá también Acta. Tanto los recambios para la misma, como los carburantes, grasas y elementos fungibles necesarios para el funcionamiento, están incluidos en los precios de las operaciones para las que la maquinaria y medios sean utilizados, asi como los seguros obligatorios para su operación los cuales deberán ser suscritos por el adjudicatario. Materiales y Unidades de Obra El Adjudicatario deberá disponer, en todo momento de los materiales que se precisen para la ejecución de las operaciones que hayan de llevarse a cabo, aunque alguno de ellos no estuviera en la relación de materiales presupuestados, o no lo estuviera con las cuantias que resulten necesarias. Justificará la disposición y capacidad de almacenes para disponer en todo momento, como mínimo, de acopios capaces de cubrir el consumo del siguiente mes con las excepciones que autorice el Director. Por lo que se refiere a los fundentes que se utilizan en la vialidad invernal, justificará que el almacenamiento de estos acopios, se hará en cantidad suficiente y en debidas condiciones. Las procedencias de los productos utilizados para la ejecución de las unidades de obra y operaciones deberán ser aceptadas por el Director del Contrato. Tanto los materiales como las unidades de obra deberán cumplir las condiciones que, para cada uno de ellos, se fijan en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes (PG3/75), aprobado por Orden de 6 de Febrero de 1976, así como las normas e instrucciones técnicas de la Dirección General de Carreteras que, estando vigentes, les sean aplicables. 20 Vertederos Todos los productos, materiales, objetos, residuos Y basuras que Se recojan con motivo de la realización de las actividades objeto del contrato serán transportados por el adjudicatario a vertede- ros situados fuera de la zona de afección de las vías incluidas en el contrato y que previamente hayan sido aceptados por el Director. El coste de la retirada y vertido está incluido en los precios del contrato, y corresponde al adjudicatario localizar los vertederos y pago de gastos a que pudiera dar lugar su utilización incluidos los posibles costes de restauración medioambiental. 7.- PROGRAMACIÓN DE TRABAJOS A EJECUTAR Es obligación del Adjudicatario el preparar, oportunamente, la programación de trabajos a ejecutar. Esta programación se llevará a cabo, siguiendo las pautas de necesidades que determinan los presupuestos del presente Pliego, así como las indicaciones del Director, mediante la formulación de PROGRAMAS ANUALES, para cada uno de los años. naturales o fracción que se comprendan en el plazo del contrato, y mediante la formulación de PROGRAMAS MENSUALES. Tanto los PROGRAMAS ANUALES como los PROGRAMAS MENSUALES incluirán los presupuestos de los trabajos programados. Los presupuestos de un programa anual no podrán exceder (una vez aplicado el coeficiente de adjudicación) de las consignaciones establecidas para el año correspondiente. Los presupuestos de los programas mensuales se establecerán siguiendo las instrucciones que luego se indican y, cada mes, contendrán un presupuesto acumulado al principio del año que comprenda lo ejecutado en meses anteriores y lo previsto para el mes programado; el presupuesto acumulado del mes de diciembre no podrá tampoco exceder a la consignación. 7.1 Programa anual El PROGRAMA ANUAL será sometido por el Adjudicatario al Director del Contrato antes del día 1 de Diciembre del año anterior al que corresponda. El año natural en que se inicie la vigencia del 21 En esta programación se tendrá muy en cuenta las capacidades de las vías y las previsiones de tráfico en las mismas, de forma que las operaciones que puedan producir molestias para el tráfico se ejecuten en los períodos en que la intensidad de la circulación sea menor, incluso en horas nocturnas sí fuera conveniente por razones de seguridad o para evitar congestiones, Cuando éstas se produzcan por causa de actividades en la vía, aunque se hayan programado para evitarlas, se suspenderán las actividades en la medida necesaria para restablecer la fluidez del tráfico, siempre que se pueda hacer en condiciones normales de seguridad. El programa mensual se formulará siguiendo las instrucciones que se establecen en el Anejo n% 2, que forma parte integrante de este Pliego. Los programas mensuales serán presentados por el Adjudicatario al Director del contrato como máximo el día 20 de cada mes. El Director del contrato podrá modificar los programas establecidos. 7.3 Distribución y ordenación diaria de trabajos Como último escalón de la programación, corresponderá al Jefe de Operaciones llevar a cabo la distribución y la ordenación diaria de los trabajos a llevar a cabo, así como, en casos de incidencias o emergencias, la ordenación de otros trabajos urgentes, sea con modificación de alguno de los ordenados o para su realización con otros medios. Para tales ordenaciones el Jefe de Operaciones, o la persona que en el momento de efectuarlas esté a cargo de sus funciones, tendrán en cuenta, por una parte, la información procedente de la vigilancia y centro de comunicaciones, así como la de la Agenda de información de estado y funcionamiento de la carretera Y, por otra, la programación mensual establecida. 8.- SEGUIMIENTO DE_LOS TRABAJOS REALIZADOS E INFORMACIÓN A ELABORAR Y A FACILITAR A LA ADMINISTRACIÓN Es obligación del Adjudicatario establecer un seguimiento de los trabajos, que deje constancia de las actividades realizadas y de los datos de su ejecución que puedan ser de utilidad para: 24 - El perfeccionamiento de las programaciones anuales y mensuales. - El conocimiento del cumplimiento de las obligaciones contractuales y de las prescripciones establecidas para la realización de los trabajos. - La medición y valoración de los trabajos ejecutados y conocimiento de la distribución del gasto en los trabajos de distintas naturalezas. - La evaluación de los niveles de calidad conseguidos y de las cuantías de operaciones necesarias para conseguir los niveles deseables para cada calificación de carretera y estado de la misma. = Los recursos y rendimientos a asignar a las operaciones tipificadas en el Catálogo de Operaciones. Este seguimiento se basará en partes diarios de las distintas operaciones y actividades que se lleven a cabo, emitidos Y suscritos por el personal que tenga la responsabilidad de los trabajos correspondientes, y se llevará a cabo de acuerdo con lo que se establece en el Anejo n2 2 a este Pliego. Los datos de seguimiento serán archivados en instrumentos informáticos que permitan, mediante proceso con dichos instrumentos, la obtención de la información que se detalla en el Anejo n* 2, El Adjudicatario podrá proponer, a este objeto, la utilización del sistema de archivo y tratamiento de datos que estime conveniente, siempre que este sea aceptado por la Administración una vez comprobado que el Adjudicatario está habituado a operar con él y que permite elaborar mecánicamente la información que en el Anejo n% 2 se detalla. En caso de que el Adjudicatario lo estime más conveniente, o que el Sistema propuesto por el mismo no pueda ser aceptado, el Adjudicatario procederá al archivo y tratamiento de los datos de seguimiento mediante los instrumentos informáticos y manuales que se indican en dicho Anejo ne2. El Anejo n2 2 establece también el contenido de los informes mensuales que el Adjudicatario habrá de entregar al Director del Contrato, así como del Informe anual previo a la formulación del Programa de trabajo para el año siguiente (con los datos provisionales de Diciembre tomados de la programación de este 25 mes) y de la versión del mismo modificada con los datos definitivos de los trabajos ejecutados en Diciembre que, con el Programa anual de trabajos establecido y aceptado por el Director del Contrato, será sometido por este a la Dirección Ceneral de Carreteras. 9.- COMPROBACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES La Administración utilizará los medios que estime oportunos para comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el contrato, tanto de la ejecución propiamente dicha de las operaciones, como de su programación, seguimiento de la ejecución y establecimiento y entrega de información. Es obligación del Adjudicatario dar, a tal efecto, todas las facilidades que le sean requeridas, tanto para la revisión de los trabajos ejecutados como poniendo a la disposición de los que lleven a cabo las comprobaciones toda la documentación de programación y seguimiento que ha de establecer el Adjudicatario para servir de base a la información entregada. Las comprobaciones contemplaran, principalmente, los siguientes puntos: . - Grado de cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Adjudicatario en su oferta de organización y medios para realizar los trabajos. - Formulación de los programas de trabajos con dedicación suficiente de medios a la ejecución de las operaciones prioritarias del Grupo I para obtener las condiciones normales de vialidad y seguridad que corresponden a las características de cada tramo de carretera. Y programación de las operaciones del Grupo 11 de forma que se consiga, en el mayor grado y con el menor coste posibles, acercarse a la obtención de los niveles de calidad condicionados por las operaciones de este grupo. - Cumplimiento de programación de operaciones programadas y realización de los trabajos extraordinarios que sean necesarios. 26 operaciones del grupo TI; un tercero de precios de unidades de obra; y un cuarto con los precios de las operaciones del Grupo TT. Los presupuestos parciales comprenden los de cada uno de los 7 subgrupos de las operaciones del Grupo I; los de las operaciones del Grupo 11; los de las operaciones del Grupo III; los de los materiales para las operaciones del Grupo 1; los de las unidades de obra para las operaciones del Grupo II; y el presupuesto de Instalaciones. Para las “operaciones del Grupo 1, se establecen como precios mensuales partes alícuotas de los Presupuestos parciales de 7 subgrupos en que se han estructurado las operaciones del Grupo I (el coste del Subgrupo $ -Servicios Auxiliares- está incluido en los demás precios). Los respectivos precios mensuales serán la doceava parte del Presupuesto parcial correspondiente (en la vialidad invernal las partes alícuotas pueden referirse a los meses en que se trabaja para dicha vialidad si el Director del contrato lo considera oportuno). En el caso de que resultasen insuficientes los Presupuestos de Materiales para Operaciones del Grupo 1, de Operaciones del Grupo TI o de Unidades de Obra. para Operaciones del Grupo 11, podrán utilizarse para dichas necesidades sobrantes del Presupuesto de Operaciones del Grupo I11. También podrán ser utilizados a los misnos efectos, los sobrantes que, por motivo de incumplimientos o similares, pudieran existir en los Presupuestos de Operaciones del Grupo Z. Los presupuestos de materiales del Grupo 1 y de operaciones y unidades de obra del Grupo 11 , se obtienen aplicando los precios de los cuadros de precios a las mediciones estimadas por la Administración. El presupuesto de operaciones del Grupo 111 se obtiene como un porcentaje que se fija en el Anejo n23 de la suma de importes de: operaciones Grupo I, materiales Grupo 1, operaciones Grupo 11 y unidades de obra Grupo II. 29 11.- MEDICIÓN La medición y abono de los trabajos se llevará a cabo, mensualmente, de acuerdo con lo ejecutado, tanto en lo que respecta a medición como a cumplimiento de las condiciones prescritas para los distintos trabajos y operaciones. Si el Director del Contrato, por motivos justificados, no dispone otra cosa, se tomará para ello la información mensual establecida por el Adjudicatario. Los abonos mensuales realizados se consideraran a buena cuenta Y a reserva de lo que pudiera resultar de las comprobaciones que lleve a cabo la Administración. Por lo que se refiere a las Operaciones del Grupo 1, se abonarán mensualmente las partes alícuotas de los Presupuestos parciales de los Subgrupos que correspondan. Si se dieran incumplimientos de las condiciones en que han de prestarse servicios de alguna de las naturalezas no será de abono la parte alícuota del Presupuesto parcial correspondiente. Podrá admitirse que el Adjudicatario solicite, con la tramitación oportuna de la propuesta, el abono de un precio más reducido si el grado de incumplimiento lo hiciera posible. Por lo que se refiere a los materiales utilizados en las Operaciones del Grupo Il y a las unidades de obra de las del Grupo 11, si lo que pone de manifiesto la comprobación es un material o unidad de obra que no cumple prescripciones, no será de abono mientras no se sustituya por un material o unidad de obra correcto. Si lo que se comprueba defectuoso son las mediciones, a efectos de abona se rectificarán estas en las certificaciones al origen o en la liquidación. Las operaciones del Grupo 11 se abonarán a los precios unitarios contratados. No serán de abono las operaciones y unidades de obra del Grupo 11 que no cumplan condiciones. Si no resultasen correctas las mediciones se rectificarán en las certificaciones al origen o en la liquidación. Si se presumieran incumplimientos de las condiciones de materiales utilizados y/o unidades de obra u operaciones del Grupo 11 ejecutadas, así como errores en las mediciones de la información mensual establecida por el Adjudicatario, serán de cargo de éste las comprobaciones que estime oportuno llevar a 30 cabo el Director del contrato. En tanto no se determine el cumplimiento o incumplimiento de las condiciones de ejecución y/o desviaciones en las mediciones establecidas, el Director del contrato podrá aplicar en las certificaciones las retenciones de garantía (hasta un máximo del 10% del importe de las mismas) previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales de 8.3.1972 y en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares. Las operaciones del Grupo 111 que sea necesario realizar Y que no tengan precios unitarios en los cuadros de materiales y unidades de obra y operaciones del Grupo 1I del contrato, se abonarán la los precios obtenidos siguiendo el procedimiento expuesto een la ciáusula 45 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de Estudios y Servicios Técnicos (Orden 8/3/72), tomando como base los precios elementales que figuren en los Cuadros de Precios. El abono de las Instalaciones y de la disposición de instalaciones provisionales se hará a razón de una doceava parte del presupuesto parcial anual de este capitulo siempre que se cumpla la programación aprobada para la construcción de las mismas, En el apartado 5 de este Pliego y en el Anejo n2 1 se incluyen, para cada uno de los subgrupos del Grupo 1, de las operaciones del Grupo 1I y de las unidades de obra para la ejecución de las mismas, las condiciones de ejecución y de medición y abono correspondientes. Para las del Grupo 111 habrán de establecerse al propio tiempo de disponer su necesidad y cifrar los precios de las mismas. La Administración, si lo considera conveniente, podrá realizar con medios propios o a través de terceros otros trabajos en los tramos objeto del contrato debiendo el adjudicatario prestar la colaboración necesaria a los mismos en la forma que ordene el Director y dentro del marco de obligaciones establecidas en este Pliego. 31 A.- ESPECIFICACIONES DE CARÁCTER GENERAL A.1l.- CONDICIONES DE LOS MATERIALES Y UNIDADES DE OBRA Tanto los materiales que se empleen en la ejecución de las unidades de obra y operaciones de los Grupos 1, 11 y 111 y en la construcción de las Instalaciones para la Administración, así como las unidades de obra que se utilicen para las de operaciones de los Grupos 11 y 111, deberán cumplir las condiciones que, para cada una de ellas, se fijan en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes (PG-3/75), aprobado por Orden de 6 de Febrero de 1.976, así como las normas e instrucciones técnicas de la Dirección General de Carreteras que, estando vigentes, les sean aplicables. A.2.- DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN, MEDICIÓN y ABONO DE LAS OPERACIONES DEE GRUPO 1 En el apartado B del presente Anejo N* 1 se definen en primer lugar, a nivel de Subgrupo, las operaciones que: hay que llevar a cabo dentro de cada uno de ellos, instrucciones para realizarlas, número de operaciones a realizar o forma de determinarlo, plazos de ejecución o forma de determinarlos, abonos mensuales que corresponden a la correcta ejecución del conjunto de las operaciones de cada subgrupo, así como la forma de valoración de los materiales utilizados para cada subgrupo y, en algunos casos excepcionales, de determinadas unidades de obra o trabajos cuya única valoración está específicamente excluida de los presupuestos parciales que determinan los abonos mensuales de los Subgrupos. Se incluyen seguidamente en el Apartado B, descripción de las operaciones principales a ejecutar dentro del Grupo 1, tipificadas a los efectos de seguimiento y de programación de medios para llevar a cabo las actividades comprendidas en este Grupo 1. Algunas de estas operaciones tipificadas contienen un mayor detalle de las condiciones para su ejecución, complementarias a las establecidas a nivel de subgrupo, igualmente prescriptivas, Estas operaciones tipificadas se complementarán en su caso con las que se establezcan en el Anejo n23 y con aquellas otras que durante el desarrollo del contrato sea conveniente establecer para la realización de las actividades del Grupo I. Para muchas de estas operaciones tipificadas se prescriben también los datos de referencia y de ejecución que deban hacerse constar en los partes de ejecución de las mismas. En cualquier caso, todas los partes de ejecución de operaciones, accidentes e incidentes, vigilancia, control de túneles y comunicaciones, deberán establecerse con la información prescrita al describir estas operaciones tipificadas, en la Instrucción Provisional de Conservación Integral, y en el Anejo N2 2 al presente Pliego de Prescripciones Técnicas, estructuradas en la forma indicada en dicha Instrucción Provisional para permitir, en su caso, su archivo y procesamiento informático con S.A.T.C.I. A.3.- DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN, MEDICIÓN Y ABONO DE_LAS OPERACIONES DEL GRUPO II En el apartado C del presente Anejo N* 1 se definen las operaciones tipificadas del Grupo I1, únicas que contractualmente pertenecen a este Grupo II, toda vez que el apartado 5.3 del Pliego de Prescripciones Técnicas prevé que, si resultara hecesaria la realización de alguna operación no incluida en este Grupo ni en el Grupo Il, el Director del Contrato deberá prescribirla específicamente con cargo al Presupuesto parcial de Operaciones del Grupo III (con las limitaciones que dicho Presupuesto parcial determine). Para cada una de ellas se añaden en la definición las condiciones de ejecución (y, en su caso, justificación de soluciones o fórmulas de trabajo utilizadas, comprobación de condiciones realizadas, etc.), condiciones de medición y abono, así como datos de referenciación y de ejecución que hay que hacer constar en las partes de ejecución de las mismas. En cualquier caso, debe tenerse en cuenta que los partes de ejecución de las operaciones del Grupo 11 deberán establecerse con la información prescrita para cada una de ellas en el presente Anejo N2 1, así como con la que establecen la IPCI y en Anejo N2 2 del presente Pliego de Prescripciones Técnicas, estructuradas en la forma indicada en dicha IPCI para permitir, en su caso, su archivo Y procesamiento informático con S.A.T.C.I. Algunas operaciones del Grupo II utilizan, para su ejecución, unidades de obra no comprendidas en el precio de la operación, que se abonarán, como ocurre con los materiales del Grupo I, disponiendo al efecto del Presupuesto parcial de Unidades de Obra Y, si se consumiera dicho Presupuesto, con cargo al de Operaciones del Grupo 111 con los mismos precios de las unidades de obra que figura en el presupuesto especifico de las mismas. En la definición de cada una de las operaciones del Grupo 11 para cuya ejecución se emplean unidades de obra, se concretan las unidades de obra que pueden emplearse especificando que cualquier otro trabajo que no sea el de estas unidades concretadas está incluido en el precio de la operación. Se especifica además que, en el parte de operaciones, deberá incluirse las mediciones de las unidades de obra ejecutadas y acompañándose los justificantes correspondientes. En el apartado D'del presente Anejo se especifican las condiciones de ejecución de las Unidades de obra. En las operaciones del Grupo II para cuya ejecución se emplean unidades de obra, no coinciden siempre las unidades de medida de la operación con las unidades de medida de unidades de obra. Estas últimas son las ordinariamente utilizadas para medición de las unidades de obra de que se trata, Como determinante de la unidad de operación se han tomado. criterios distintos según el tipo de operación de que se trata, criterios que, para cada caso, se detallan a continuación. Uno de los casos en que se emplean unidades de obra es cuando una parte de los trabajos que han de realizarse para la operación están bien relacionados con la unidad tomada para medirla, mientras que hay otros trabajos, bien representados por unidades de obra, que según los casos pueden ser o no necesarios para la operación o serlo en muy diferente medida. La unidad de medida que en este caso se toma para la operación es tal que se relacione suficientemente bien con los trabajos que se consideran en ella. Se computan por unidades de obra con sus unidades Ud Parcheo con mezcla asfáltica. Determinante de la unidad de operación, mí parcheados sin cambio de «señalización. Unidades de obra complementarias mi x cm de fresado, y tonelada de mezcla asfáltica colocada en zonas parcheadas. Ud Colocación de aglomerado en capa de refuerzo. Determinante de la unidad de operación, m? ejecutados sin cambio de señalización. Unidades de obra t. de aglomerado asfáltico en capa de base o intermedia y t. de aglomerado asfáltico en Capa de rodadura (con precios del aglomerado según las t. ejecutadas en la operación). A.4.- DEFINICIÓN, CONDICIONES DE EJECUCIÓN, MEDICIÓN Y ABONO DE._LAS UNIDADES: DE OBRA PARA LA EJECUCIÓN DE OPERACIONES DEL GRUPO 1I En el apartado D del presente Anejo n%1 se definen las unidades de obra para la ejecución de las operaciones del Grupo II. Para cada una de ellas, se añaden a la definición las condiciones de ejecución, datos de referenciación y de ejecución que hay que hacer constar en los partes de ejecución de los mismos, y condiciones de medición y abono. Además de lo prescrito en el presente Anejo, deberá tenerse en cuenta para la formulación de los datos lo que al respecto se establece en el Anejo n*2 a efectos de facilitar el archivo y tratamiento de tales datos. A.5.- DEFINICIÓN, CONDICIONES DE EJECUCIÓN, MEDICIÓN Y ABONO DE_LAS OPERACIONES DEL GRUPO 111 Las operaciones del Grupo 111 serán definidas por el Director del Contrato al tiempo de ordenar su ejecución. Al propio tiempo, con la definición se establecerán las condiciones técnicas que se prescriben para su ejecución y los datos singulares a consignar en los partes de ejecución correspondientes. Para la valoración de las mismas, en. el caso de que no correspondan a materiales, unidades de obra u operaciones que figuran en los Cuadros de Precios del contrato, se establecerá asimismo por el Director del Contrato la propuesta prevista en la Cláusula 45 de la Orden de 8/3/1972 (Pliego de Condiciones Administrativas Generales para contratación de estudios y servicios técnicos del M.O.P.). Esta propuesta tomará como base los precios elementales de Mano de Obra, maquinaria y materiales que figuran en los Cuadros de Precios, y con las observaciones que en el trámite de audiencia formule el Adjudicatario, será elevada para su resolución. A.6.”- ABONO DE LAS OPERACIONES EN TRAMOS DE CARRETERA NO PRINCIPALES Las operaciones de vigilancia especifica que ordene el Director en los tramos no principales del contrato se abonarán con cargo al Grupo 111 cuando se efectúen por equipos distintos de los de dedicación exclusiva al Grupo 1. Cuando excepcionalmente se efectúen por el equipo de dedicación exclusiva se considerarán abonadas dentro del pago del subgrupo del Grupo I correspondiente, Las operaciones ejecutadas excepcionalmente o en casos de emergencia o urgencia, por orden del Director del Contrato, en tramos de carretera no principales que se lleven a cabo en horario -laboral por los equipos de dedicación exclusiva a las Operaciones del Grupo 1, se considerarán abonadas dentro del pago de las partes alícuotas de los Presupuestos parciales del Subgrupo del Grupo I a que correspondan. Cuando tales operaciones se lleven a cabo con otros equipos, o se lleven a cabo fuera del horario laboral ordinario, se abonarán con cargo al Presupuesto de Operaciones del Grupo 111, a los precios que resulten aplicando la normativa de valoración de las operaciones de este Grupo 1I1. El uso del servicio de comunicaciones para atender necesidades en los tramos no principales no será de abono aparte en ningún caso. A.7.- MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA EJECUCIÓN DE TODAS LAS OPERACIONES Todas las operaciones y actividades de conservación y explotación incluidas en el contrato se llevarán a cabo tomando las debidas medidas de seguridad, tanto para el personal como para los usuarios de la carretera, y con estricto cumplimiento de la normativa vigente en materia de carreteras y, especialmente, para ejecución de intervenciones en la misma y señalización de trabajos y obras. El Adjudicatario será responsable de la seguridad vial en donde realice trabajos. El personal que trabaja en la carretera y sus instalaciones vestirá prendas de color amarillo, con franjas de material reflexivo, de acuerdo a las instrucciones que ordene el Director y cumpliendo siempre las disposiciones vigentes. Todos los vehiculos y máquinas utilizados por el Adjudicatario para la ejecución de los trabajos objeto del contrato estarán dotados de luces destellantes (que deberán funcionar en los periodos de trabajo) y de los indicativos establecidos en la Red de Carreteras del Estado. Asimismo, dispondrán de la matriculación y seguros necesarios para su circulación en carretera. Cuando en una carretera de dos carriles la señalización de obras reglamentaria obligue a cortar un carril, con paso alternativo del tráfico por el otro, sólo se mantendrá la señalización cuando se está llevando a cabo los trabajos y esté presente el personal que tiene a su cargo la regulación del paso alternativo. En las Paradas nocturnas del trabajo y siempre que no esté presente el personal que regule el paso alternativo se retirará la señalización y dejará el tramo en condiciones normales de servicio. Los trabajos y horarios de trabajo deberán programarse y ejecutarse de tal forma que, cuando se retire la señalización, el estado de los elementos de la carretera situados en el tramo permita la normal circulación o, en el peor de los casos, la circulación con limitaciones de velocidad convenientemente señalizadas., llevarán a cabo en su totalidad por personal con dedicación exclusiva a las operaciones del Grupo I, especialmente entrenados para las tareas que tengan encomendadas y conocedores de los respectivos Protocolos e Instrucciones para realizarlas. El precio mensual conjunto de la ejecución de estos Servicios será la doceava parte del Presupuesto parcial I-1 anual contratado. Se abonará mensualmente, siempre que se cumplan las condiciones prescritas para llevar a cabo los expresados servicios. Subgrupo 1.2 - Servicios de vigilancia. Atención a accide incidentes. Señalización ocasional y mantenimien- to_de los elementos de la carretera en condicio- to de los elementos de Ja carretera en condicio- nes que no puedan causar problemas a las condi- ciones normales de circulación, ni afecten nega-= tivamente a las condiciones normales de seguridad de la misma, pi al normal decoro público . Se entiende por Servicio de Vigilancia la atención que determina- do personal de la Organización del Adjudicatario pone en conocer, lo nejor y lo antes posible, las anomalías en el estado y funcionamiento de la carretera, tomando directamente disposiciones para corregirlas, comunicándolas a quien pueda tomarlas u ordenarlas en los casos más urgentes, y dejando constancia de las demás para su corrección posterior en plazos más o menos cortos. El servicio de vigilancia se llevará a cabo, por una parte, por el Jefe de operaciones o persona en quien delegue, al tiempo que se desplazan por las carreteras en sus funciones de impulsión, coordinación y control de los trabajos que se llevan a cabo Y. por otra parte, por equipos a quienes se encargan recorridos cuyo objeto (o uno de cuyos objetos) sea especificamente dicho conocimiento. A estos últimos los denominamos de vigilancia específica. En sus funciones de vigilancia, el Jefe de Operaciones o sus Girectos colaboradores en las mismas, deberán observar el estado y funcionamiento de las carreteras en toda la extensión que tienen a su cargo, por lo menos una vez a la semana. Las anomalías observadas cada día, aunque sean atendidas y corregidas el mismo día o incluidas en las órdenes de trabajo del día 12 siguiente, se anotarán en la Agenda de información del estado y funcionamiento de la carretera. El Jefe de operaciones dispondrá los recorridos de vigilancia específica que, por parte de equipos debidamente instruidos para observar y, en su caso, atender directamente las anomalías, deben realizarse cada día incluso festivos, En circunstancias de meteorología y tráfico normales, se realizará al menos un recorrido diario en los dos sentidos de circulación, En los recorridos que se lleven.a cabo en horas laborables podrán efectuarse, al propio tiempo, operaciones propias del GRUPO TI ou que se hayan incluido en el mismo por ser compatibles con la realización de vigilancia. Cuando se prevean circunstancias meteorológicas adversas o altas intensidades de tráfico, se mantendrá una vigilancia especifica permanente. Y, en periodo invernal, en zonas con riesgo de hielo o nieve se mantendrá también una vigilancia especifica durante las horas nocturnas, que atenderá además de las anomalias, el conocimiento de las necesidades de actuaciones preventivas y curativas de vialidad invernal y la transmisión de información sobre la misma. Cuando se produzca una incidencia en la carretera, el Adjudicatario organizará un equipo que, además de señalizar y balizar debidamente el posible peligro, sea capaz de reparar la incidencia si esta no es muy grave. - La organización para atender estas incidencias -será tal que permitirá que el equipo acuda al lugar en que se ha producido la incidencia en el plazo máximo de UNA HORA desde el momento en que sea conocida la incidencia. Cuando por la naturaleza o gravedad de la incidencia resulte conveniente, el Adjudicatario dará cuenta de la misma al Director del Contrato, servicios de tráfico o demás autoridades que para el caso corresponda. El Adjudicatario preparará, de acuerdo con el Director del Contrato, instrucciones que determinen la forma en que se ha de actuar en cada caso. Cuando se trate de un accidente grave, (cualquier accidente que ocasione una víctima mortal) o de una incidencia que suponga el corte total de la circulación por más de treinta minutos, deberá personarse en el lugar de los hechos el Jefe de Conservación y 13 Explotación o el Jefe de Operaciones, sea cual sea la hora de los mismos. En cualquier caso, aparte de la señalización reglamentaria para facilitar la atención al accidente o incidente y para mantener, en el mejor nivel posible compatible con tal atención, la circulación por la carretera, se actuará para solventar la incidencia en lo que estuviera dentro de las posibilidades del equipo. Si fueran necesarias ayudas complementarias para conseguir solventarla, se procurará obtenerlas con la mayor prontitud. La responsabilidad del encargo de estas ayudas corresponderá, en cada caso, a las personas que se determine en las instrucciones antes citadas. También se concretarán en dichas instrucciones las actuaciones en los casos con corte de la circulación. Una vez solventada la incidencia o accidente se dejará la calzada limpia y en las debidas condiciones para la circulación. Si así lo ordenase el Director del Contrato el Adjudicatario deberá atender accidentes e incidentes en los tramos no principales del contrato, estando para el abono de estos trabajos a lo que se dispone en este pliego. El adjudicatario procederá, en todos los casos en que resulte necesario para ejecutar las operaciones que se lleven a cabo de cualquiera de los Grupos 1, II oO 111, al establecimiento, mantenimiento y retirada de la señalización necesaria para su realización. Esta señalización deberá colocarse con la urgencia que corresponda a la ejecución de las operaciones para que se establezca. También procederá a la señalización, mantenimiento Y retirada, donde sea necesaria para prevenir o encauzar el tráfico, por razón de cualquier tipo de problema que se presente en la carretera o en el propio tráfico que soporta. Esta señalización deberá colocarse lo antes posible desde el momento en que se conozcan los problemas que determinen la necesidad de su colocación y siempre antes de transcurrida una hora desde su conocimiento. . La realización de estas operaciones Y la señalización necesaria para las mismas se llevará a cabo en tiempo y forma que cause la menor perturbación posible a la circulación, Y manteniendo como 14 El precio mensual conjunto de la ejecución de todas estas eperaciones incluidas en el Grupo I-2 será la doceava parte del presupuesto parcial I-2 anual contratado, precio que se abonará mensualmente al Adjudicatario siempre que se hayan cumplido las prescripciones establecidas, tanto en lo que se refiere a las condiciones de ejecución como a los plazos para dicha ejecución señalados para cada caso. Además de dicho precio serán de abono al Adjudicatario los materiales aportados por el mismo y utilizados para la ejecución de estas operaciones, a los precios establecidos en el Presupuesto parcial de Materiales para operaciones del Grupo I del Contrato. Cuando las tierras que, en una sola Operación, hubiera que retirar, excedan de 10 mi, también se abonará separadamente el exceso, a los precios de unidad de obra que figuran en el contrato para "Carga y transporte a vertedero de tierras y materiales de desprendimientos, demoliciones y similares". Subgrupo I.3.- Servicios de vialidad invernal. El Adjudicatario actuará de forma inmediata y siempre que sea necesario para mantener las carreteras objeto del contrato en condiciones de vialidad invernal adecuadas a la categoría del tramo de que se trate, » A tal efecto el contratista mantendrá en disposición de actuar inmediatamente los vehículos y maquinaria comprometidos a tal objeto, así como el personal necesario para su manejo y mantenimiento. Aparte de esta obligada disponibilidad el contratista, para las actuaciones prescritas, arbitrará en todo momento los medios que sean necesarios. Asimismo dispondrá de fundentes para un mes de consumo en condiciones meteorológicas adversas en acopios debidamente acondicionados que permitan utilizarlos con desplazamientos no superiores a los kms. que determine el Director del Contrato y se repondrán con presteza las cantidades consumidas. En el siguiente apartado (B.2) del presente Anejo N2 1 se relacionan las operaciones tipificadas de este subgrupo 1-3 que, complementadas con las que, en su caso, se prescriban en el Anejo n23 , deberán utilizarse para programación Y seguimiento del mantenimiento, en tiempos de helada o nieve, de las carreteras en condiciones de vialidad. La realización de estas operaciones deberá llevarse a cabo cumpliendo las condiciones de ejecución correspondientes a cada una de ellas, consignadas en el dicho apartado B.2, y deberán reseñarse y cuantificarse en el seguimiento de los trabajos. Aparte de ellas y de la vigilancia y demás medios de información para detectar cuando y en qué lugares hay que acometer las actuaciones, (sea preventivas o curativas), a que ya se ha hecho referencia al tratar de los servicios de vigilancia y de comunicaciones, los servicios de vialidad invernal comprenden todas cuantas operaciones complementarias hay que llevar a cabo para facilitar la circulación con limitaciones, reduciéndolas al menor tiempo posible, y dejar finalmente las carreteras en condiciones normales de uso. Sin que la relación sea limitativa: ayudas para retirar la nieve con maquinaria complementaria, señalización de avisos y limitaciones, colocación y mantenimiento de postes guía, limpieza de balizamiento y marcas viales después de retirada la nieve, información del estado de las carréteras Y limitaciones, retirada de la señalización de avisos y limitaciones, etc. > El precio mensual conjunto de los trabajos objeto del Grupo 1-3 será la partida mensual alícuota del presupuesto parcial anual 1-3 contratado. Este precio se abonará mensualmente o, si el Director del Contrato lo considera oportuno, sólo los meses en que se trabaja para vialidad invernal, abonando cada mes de abono la correspondiente parte alícuota del presupuesto anual, siempre que se hayan cumplido las prescripciones establecidas para la ejecución. El precio anual cubre los servicios que pudiera ser necesario realizar en meses distintos a los de abono, y la totalidad de las operaciones que hayan sido necesarias además de las especificamente consignadas para seguimiento. No están incluidos en este precio los fundentes consumidos, que serán abonados a los precios que, para cada uno de ellos, figuran en la relación de precios de materiales contratados. Se abonarán las cantidades aportadas por el adjudicatario y realmente 18 consumidas, medidas por diferencia entre el peso de los materiales acopiados desde la iniciación de la temporada invernal (incluidos restantes de la temporada anterior) y el de los restantes en acopio a final de la misma. Se abonarán también los consumos de otros materiales que se utilicen y estén previstos a este objeto en el cuadro de precios y presupuesto parcial de materiales. Subgrupo 1,4.- Mantenimiento sistemático de las instalaciones de suministro de energía eléctrica, alumbrado, ventilación y control de túneles, señalización variable y semaforización, comunicaciones, bombeo Y similares. El Adjudicatario establecerá, cumplimentando las reglamentaciones legalmente establecidas en nuestro país y siguiendo las recomendaciones de las instituciones inspectoras yfo de las empresas que hayan construido y puesto en servicio las instalaciones que, de los tipos indicados, existan en las Carreteras objeto del contrato o se instalen en ellas durante su período de vigencia, manuales de las revisiones y operaciones de mantenimiento sistemático a llevar a cabo en cada una de ellas, así como de los docunentos de constancia de sus resultados que sean de obligada presentación a las Inspecciones reglamentarias. El Adjudicatario dará cuenta de estos manuales al Director del Contrato que, si lo estima oportuno, puede recomendar u ordenar modificaciones en su contenido. La realización de tales revisiones, del mantenimiento sistemático definido y la presentación de documentación reglamentaria a las Inspecciones deberán llevarse a cabo puntualmente por el Adjudicatario. Este deberá asimismo proceder a la simultánea reparación de las anomalías y defectos que se pongan de manifiesto al realizar el mantenimiento y revisiones periódicas sistemáticas, reponiendo los elementos constitutivos que resulte necesario. Y deberá proceder a las labores de limpieza que sean necesarias Y a la reposición de componentes perecederos de las instalaciones como lámparas, cebadores, condensadores, baterías, etc. El precio mensual de todos los trabajos y operaciones necesarios para cumplir las prescripciones reseñadas será la doceava parte 19 periódicos se utilizará para la asignación y cuantificación de las operaciones que deben incluirse en los programas anuales. También se utilizará para el seguimiento de la evolución de los deterioros observados y para la apreciación de la eficacia de la programación y ejecución de las operaciones programadas en la consecución de los niveles de calidad deseables en cada uno de los tramos de carretera objeto del contrato. La información recogida en los reconocimientos ocasionales o circunstanciales, se utilizará para establecer la frecuencia conveniente de determinadas operaciones sistemáticas o los deterioros ocasionales producidos por tormentas, aludes, incendios o hechos circunstanciales que puedan afectar desfavorablemente al estado de elementos de la carretera. El precio mensual de la realización de todos los trabajos para establecimiento y actualización de inventario y de los reconocimientos de estado, recogida, archivo y proceso de la información, y análisis de esta información para mejora de las programaciones subsiguientes, será la doceava parte del presupuesto parcial anual 1-5 contratado. Se abonará mensualmente siempre que los trabajos y operaciones a que se refiere se hayan ejecutado en tiempo y condiciones, de acuerdo con lo establecido en el Anejo N2 Z. Se ¡incluyen en este precio todos los ensayos qué sean convenientes para comprobar el estado de las marcas viales, así como los de medición con SCRIM del CRT de los firmes una vez cada dos años. Las demás auscultaciones y ensayos complementarios de los reconocimientos de estado que estime conveniente llevar a cabo el director del Contrato, se abonarán por el procedimiento previsto para las Operaciones del Grupo III y con cargo al Presupuesto de las mismas. Subgrupo 1.6.- Agenda de información de estado y funcionamiento de las carreteras, Programación, Coordinación, Seguimiento e información de la ejecución de los trabajos. El Adjudicatario establecerá, con medios informáticos, una Agenda de la información de estado y funcionamiento de la carretera que cumpla las Prescripciones señaladas en el Anejo n2 2. 22 Además de anotar en la Agenda la información procedente del Servicio de Comunicaciones y de los Servicios de Vigilancia, el Jefe de Operaciones examinará la documentación producida en las revisiones de estado y la procedente de inspecciones, ausculta- ciones e informes, e incorporará a la citada agenda las actuaciones que del contenido de todo ello deduzca que es necesario llevar a cabo y la fecha límite para su realización. Esta Agenda, conjuntamente con los programas anuales Y mensuales de trabajo, deberá ser utilizada sistemáticamente por el Jefe de Operaciones para establecer las órdenes de trabajo diarias y, asimismo, para preparar los sucesivos programas de trabajo, Corresponderá al Adjudicatario la programación de los trabajos en la forma más oportuna para la consecución de los objetivos prescritos. Por lo que se refiere a las operaciones del Grupo 1 disponiendo los medios necesarios para que no dejen de atenderse todas las necesidades de las naturalezas incluidas en dicho Grupo con la urgencia que para cada una se requiere. Por lo que se refiere a las del Grupo 11, mediante la programación adecuada. Y, por lo que se refiere a los del Grupo III, proponiendo al Director del Contrato en cada momento las medidas oportunas para atender aquellas necesidades. En cualquier caso la programación ha de realizarla de acuerdo con la sistemática que se prescribe en el Anejo n2 2 y ser aprobada por el Director del Contrato, que tiene facultades para modificar dicha programación si lo estima conveniente. > Misión básica del Adjudicatario son la impulsión y coordinación de los trabajos para atender todas las necesidades incluidas en las operaciones de los Grupos 1 y III, ejecución de las del Grupo 11 programadas, así como los suninistros Y acopios de materiales Y la construcción de las instalaciones que le hayan sido encomendadas en el contrato. El seguimiento de los trabajos, así como la información mensual al Director del Contrato de los datos Y resultados del mismo deberán ser realizados por el Adjudicatario de acuerdo con lo que se prescribe en las Instrucciones para Programación, seguimiento e información objeto del Anejo n2 2. El precio mensual de todas las operaciones necesarias para cumplir las prescripciones reseñadas será la doceava parte del presupuesto parcial anual I-6 contratado. Este precio incluye 23 todos los trabajos que sean necesarios para recogida, archivo y proceso de la información, análisis de esta información para mejora de las programaciones subsiguientes, elaboración Y presentación de la información mensual y anual y cuanto fuera necesario. Se abonará mensualmente siempre que los trabajos y operaciones a que se refiere se hayan ejecutado en tiempo y condiciones, de acuerdo con lo establecido en el Anejo n? 2, Subgrupo 1-7.- Actuaciones de apoyo a la explotación y Estudios de accidentabilidad e informes de seguridad vial. Será obligación del Adjudicatario prestar asistencia al Director del Contrato para llevar:a cabo las actividades técnicas, jurídicas y administrativas de explotación. Sin que la relación sea limitativa, corresponden a estas actividades: - Vigilancia de las zonas de dominio, servidumbre y afección para detectar obras, usos o publicidad no autorizados. - Toma de datos para informes de solicitud de autorizaciones, gestión de su tramitación y verificación de que se cumplen las condiciones de las autorizaciones concedidas. - Coordinación y gestiones con las entidades y'particulares en relación con sus actividades cuando afecten a la carretera. al Preparación de boletines de denuncia, información sobre denuncias de terceros y propuestas de contestación de alegaciones de los expedientados. - Toma de datos para los informes «solicitados a la Administración por las distintas Autoridades políticas, administrativas o judiciales. - Delimitación de tramos urbanos y toma de datos y gestiones con los Ayuntamientos, entidades y vecinos en relación con las obras que se soliciten o se realicen en los mismos. 24 B.2.- OPERACIONES TIPIFICADAS DEL GRUPO 1 A1011 - Mes de Servicio de comunicaciones El servicio de comunicaciones se llevará a cabo con la conti- nuidad y medios que se especifican en las prescripciones que al respecto figuran en los apartados A y B.1 del presente Anejo n2 1. El personal encargado del Servicio de comunicaciones, establecerá un parte diario, (o por turno de trabajo), en el que consten las llamadas realizadas y recibidas, así como sus emisores y destina- tarios. Cuando por encargo o petición de un comunicador, el responsable de las comunicaciones realice alguna llamada, anotará en el parte el contenido dela misma. El Adjudicatario establecerá asímismo, formalmente, instrucciones para concretar las facultades y responsabi lidades Y regular las actuaciones del personal de servicio, que incluirán muy especialmente las personas a quienes tienen que informar, pedir ayuda o recibir instrucciones en razón de los acontecimientos de que reciban información. También se regulará la forma en que este Servicio obtiene, anota y comunica la información meteorológica y la del estado de las carreteras. A1021 -— Mes de Servicio de control de túneles El Servicio de control de túneles se llevará a cabo con la continuidad y medios que se especifican en las prescripciones que al respecto figuran en los apartados A Y B.1 del presente Anejo ne 1. En las Instrucciones de servicio que allí se prescriben deberá concretarse el parte diario, por turno de trabajo, que emitirá la persona responsable del control en cada turno. En él deberán recogerse, además de la identificación de las personas afectas al servicio en dicho turno y horas trabajadas por cada uno: - Trabajos distintos de la atención al funcionamiento del o los túneles y sus instalaciones, realizados simultáneamente con ellos durante la permanencia y la no permanencia en la sala de control. Recursos utilizados. 27 - Incidencias y ancmalías detectadas y actuaciones para resolverlas. - Principales datos de tráfico si las instalaciones incluyen medida de intensidades. - Principales datos de niveles de contaminación si las instalaciones incluyen su medida. - Consumos de energía en iluminación, ventilación y resto de servicios. - Etc. Las instrucciones de servicio que establezca el Adjudicatario deberán prescribir o recomendar las actuaciones del personal de control en razón de los diversos acontecimientos que puedan presentárseles, tales como: - Alarma de control de gálibo. -= ' Parada de vehículos dentro del túnel. - Uso de extintores de mano por los usuarios. - Llamadas de auxilio mecánico o sanitario. - Accidentes o incidentes. - Fallos de energía eléctrica. - Fallos de los equipos de iluminación, ventilación o control. . - Incendios de vehículos, - Paso de vehículos con carga peligrosa. - Etc. Aparte de las actuaciones directas por el personal de control deberá concretarse en las instrucciones, para cada caso, si hay que notificar los hechos a otras personas para su conocimiento, petición de ayudas o recepción de instrucciones haciendo constar en el parte estas modificaciones. A1031 - Em de Servicio de vigilancia específica Los servicios de vigilancia específica se llevarán a cabo con la frecuencia y demás condiciones que se especifican en las prescripciones que al respecto figuran en los apartados A y B.l del presente Anejo n2 1. 28 Los equipos que realicen servicios de vigilancia especifica esta- blecerán un parte diario en el que anoten la totalidad de las anomalías observadas, con indicación de las que han corregido directamente, de las que han sido objeto de comunicación de incidencia para corrección urgente por otros equipos, y de las que han de ser anotadas para su corrección con mayor o menor urgencia. Se anotarán también en el parte las operaciones realizadas compatibles con la realización de la vigilancia y los datos relativos a las mismas, Estos partes contendrán además toda la información que se especifica para los partes de Vigilancia en la Instrucción Provisional de Conservación Integral (IPCI), estructurada en forma como la allí indicada para permitir, en su caso, su archivo y procesamiento informático con S.A.T.C.I. A1041 - Mes de Servicios auxiliares Comprende los trabajos que se indican en la descripción del subgrupo 8 de las operaciones del Grupo 1 en el apartado B.1 del presente Anejo n2 1, El parte detallará los recursos dedicados a la operación, identificando la actuación a que correspondan los trabajos a que se refiere. 11111 - Ud de atención a accidentes o incidentes La atención a accidentes o incidentes se llevará a cabo en la forma condiciones que se especifican en las prescripciones que al respecto figuran en los apartados A y B.1 del presente Anejo ne 1. De cada incidente o accidente se establecerá un parte en el que se hagan constar la identificación del mismo y del lugar, hora, horas de conocimiento y de atención, los medios utilizados para atenderlo y, en el caso de ayudas complementarias, separadamente los correspondientes a estas ayudas. Se incluirá también toda la información que pueda recogerse sobre las circunstancias del accidente o incidente, vehículos y personas implicadas en los mismos, daños producidos a los elementos de la carretera, autori- dades que han participado en la solución, y demás que se precisen 29 totalizando las horas empleadas y los km. de carril tratados en cada zona. 11152 - Km_de retirada de nieve con maquinaria de empuje Consiste en llevar a cabo las tareas necesarias para conseguir la libre circulación de vehículos en las carreteras afectadas por la nieve, mediante el paso de un camión pesado con cuña quita- nieves y extendedora de fundentes que desplaza y retira la nieve hacia los márgenes y realiza una extensión de fundentes sobre la zona que va quedando despejada. La operación se realizará en las zonas de la carretera afectadas en su superficie por una capa de cierto espesor de nieve en las que los solos tratamientos «con fundentes no tienen suficiente eficacia. La maquinaria utilizada será vehículos pesados, con tracción en los dos ejes, con cuñas quitanieves acopladas en la parte delantera que efectúan la retirada de nieve por empuje. Si los espesores existentes son importantes, más de 50 cm , este tipo de máquinas tiene una eficacia relativa y debe ser sustituida por maquinaria rotativa, Desde la caja del camión quitanieves el esparcidor realizará una extensión de Fundentes para evitar que los restos que queden en la calzada puedan llegar a constituir una capa de hielo. Si la cantidad de nieve desplazada hacia los márgenes es importante, deberá procederse a su limpieza, con la prontitud adecuada a los niveles de servicio. En el parte de cada operación se referenciarán las zonas limpiadas, los espesores de nieve representativos de cada una, las horas empleadas y los km. de carril acondicionados, así como las dosificaciones de fundentes utilizados. 11153 - Km de retirada de nieve con maguinaria rotativa Idéntica operación que la anterior en la que el espesor de la nieve depositada hace necesario la utilización de este otro tipo de maquinaría para dejar libre el paso de vehículos por la 32 calzada. Esta operación se ejecutará cuando el grosor de la capa de nieve existente en la calzada sea importante, aproximadamente a partir de 0,5 m, o cuando la limpieza mediante maquinaria de empuje no tenga suficiente eficacia, Para su realización además del desplazamiento de la máquina rotativa (fresadora, turbina) que va recogiendo la nieve de la calzada y expulsándola hacia los laterales, se utilizará un camión con esparcidor que realizará una extensión de fundentes inmediatamente después de retirar la nieve. En el parte de cada operación se incluirán los mismos datos indicados para la operación anterior. 11154 - Ud de reposición de hitos de nieve Consiste en reponer los hitos de nieve a palos guía que han desaparecido o han quedado inservibles debido fundamentalmente a las operaciones de retirada de nieve. 11155 -— Yd de repintado de hitos de nieve Consiste en pintar de nuevo un hito de nieve existente cuya capa protectora presenta síntomas de deterioro (cuarteo, desmenuzamiento, etc.) que pudieran afectar al elemento metálico oa la visibilidad del mismo. B1011 - Mes de actuaciones de apoyo a la explotación Estas operaciones comprenden la preparación de los trabajos que se prescriben en los apartados A y B.1 del presente Anejo n2 1. Para la ejecución de estos trabajos se tendrán en cuenta las prescripciones que determine el Director del Contrato. El parte detallará los recursos dedicados a la operación, identificando a qué corresponde cada trabajo de acuerdo con una clasificación que fije, asimismo, el Director del Contrato. 33 B1021 - Xes de Programación, seguimiento de la ejecución y archivo y proceso de la información Comprende esta operación el conjunto de trabajos que se realicen a los efectos indicados. Tanto la programación, como el archivo y proceso de datos deberán establecerse en la forma y tiempo que se indican en el Anejo n2 2 al Pliego. Los partes detallarán los recursos dedicados a esta operación, así como a las distintas partes de la misma. B1031 - Mes de Ordenación y coordinación de los trabajos. Estos trabajos están comprendidos en el subgrupo 6 de las operaciones del Grupo I descritos en el apartado B.1 del presente Anejo n2 1. El parte detallará los recursos dedicados a la operación, identificando a la actuación que correspondan los trabajos a que se refiere, B1041 - Mes de Informes de tos resultados Comprende esta operación el conjunto de trabajos que se realicen para establecer los informes periódicos de datos y resultados que se prescriben en el Apartado X del Anejo n2 2. Los partes detallarán los recursos dedicados a esta operación, así como a las diferentes partes de la misma. B1051 - Em de toma de datos de Inventario de elementos por tramo Consiste esta operación en los trabajos de toma y archivo infor- mático de los datos necesarios para establecer este inventario, que debe quedar completado dentro del primer año del contrato de conservación. 34 11212 - M2 de bacheo, provisional con aglomerado en frío Consiste en la reparación urgente de baches mediante la extensión manual de aglomerado en frío y compactación superficial. Después de situar los dispositivos de señalización y seguridad se procederá a limpiar con cepillo de púas las degradaciones Y bordes del bache. Aplicar un riego de adherencia y posteriormente rellenar el bache con aglomerado en Frío hasta sobrepasar ligeramente la superficie. Compactar con placa o cilindro vibrante portátil hasta conseguir una superfície notablemente uniforme. Cepillar la superfície antes de retirar la señalización. Las degradaciones del firme tratadas de esta manera tendrán siempre un carácter de actuación de urgencia y serán incluidas posteriormente en campañas de parcheo localizado en las que se ejecutará la capa de rodadura definitiva. En el parte de ejecución de cada operación que se lleve a cabo se consignará el número de baches tratados y superficie de los mismos en mW. También se consignará la medición del aglomerado en frío empleado. 11555 - M2 de borrado urgente de pintadas Consiste en la eliminación urgente de las pintadas y de los carteles sujetos a paramentos de muros, estribos, pilas o tableros de puentes, señales o carteles, o cualquier otro elemento de la carretera o su entorno, que puedan ser causa de distracción de los conductores o afecten al decoro público, En el parte de ejecución de cada operación se referenciarán los elementos tratados y la superficie limpiada en m, 11611 - M de reparación urgente de junta de dilatación Consiste en los trabajos urgentes para evitar que una junta deteriorada implique peligro o molestia sensible para la 37 circulación, bien sea reponiéndola en condiciones análogas a las de su primer establecimiento, bien sea para evitarlo de forma provisional hasta proceder a su reparación definitiva. En el caso de no reponerlas directamente en sus condiciones iniciales, no se considerará de abono materíal alguno para la reparación de urgencia, y la reparación definitiva se llevará a cabo de forma programada con la operación de Reparación o reposición de juntas de puente incluidas en el Grupo II, antes de transcurridos treinta días de la detección del deterioro. En el parte se referenciarán las zonas reparadas de urgencia y, si lo han sido definitivamente, se especificarán los materiales empleados. 11612 - Mode reparación urgente de barandillas Consiste en los trabajos urgentes para evitar que una barandilla de puente deteriorada pueda afectar a la seguridad de los peatones o causarles molestias, bien sea reponiéndola en condiciones análogas a las de su primer establecimiento, bien sea para evitarlo de forma provisional hasta proceder a su reparación definitiva, En el caso de no reponerlas directamente en sus condiciones iniciales, no se considerará de abono material.alguno para la reparación de urgencia, y la reparación definitiva se llevará a cabo de forma programada con la operación de Reparación programada de barandillas metálicas incluida en el Grupo II, antes de transcurridos treinta días de la detección del deterioro. En el parte se referenciarán las zonas reparadas de urgencia Y, si lo han sido definitivamente, se especificarán los materiales empleados. 11711 - Vd de limpieza de señal o cartel Consiste en eliminar la suciedad, pintadas o cualquier otro mate- rial extraño que pueda limitar la visibilidad o legibilidad del elemento, procediendo a su reabrillantado si fuera necesario. 38 En el parte se referenciarán las señales o carteles limpiados cuantificando por unidades las señales y por unidades Y m2 los carteles. 11712 - Ud de recolocación de señal o cartel Consiste en volver a colocar en su posición original un elemento que ha sido desplazado o arrancado, o bien cambiarlo de lugar para mejorar su funcionalidad. En el parte se referenciarán las señales o carteles recolocados y se especificarán los materiales que haya sido preciso reponer al hacer la recolocación. 11713 - Ud de reposición de señal o cartel Consiste en realizar la sustitución, de la señal únicamente o incluyendo también el soporte, de un elemento cuyo deterioro así lo requiere. Retirar la señal antigua, desmontándola del soporte existente y trasladándola posteriormente, según su estado, al almacén para repararla o a vertedero autorizado. Reparar o instalar de nuevo el soporte de la señal en su corres- pondiente cimentación, en el caso que hubiera sufrido algún daño, Fijar la nueva señal o cartel al soporte. En el parte se referenciarán las señales o carteles repuestos y se especificarán los materiales que haya sido preciso reponer. 11714 - Ud de limpieza de cartel de pértico o banderola Consiste en eliminar la suciedad, pintadas o cualquier otro material extraño en los carteles de pórticos Y banderolas, procediendo a su reabrillantado si fuera necesario. En el parte se referenciarán los carteles limpiados y su superficie. 39 en los equipos de ventilación en los túneles. Incluye las reparaciones o reposiciones, que sean necesarias para subsanar las anomalías observadas, que puedan ser realizadas juntamente con la revisión. El parte de cada operación identificará los equipos revisados, medios empleados, reparaciones y elementos repuestos y anomalías pendientes de atender. 11813 - Ud de revisión de ventilador Corresponde a análogas atenciones a las referidas en la operación de revisión anterior, pero referidas a los ventiladores de túneles, con análogos datos de constancia de los partes. 11814 - Ud de reparación de equipos del sistema de ventilación Corresponde a las reparaciones que se realicen para subsanar las anomalías observadas y no reparadas en la revisión, o cualquier otra anomalía O avería que se haya presentado durante el servicio. El parte identificará los equipos reparados, medios empleados y elementos repuestos, 11815 -— Ud de reparación de ventilador Corresponde a análogas atenciones a las referidas en la operación de reparación anterior, pero referidas a los ventiladores de túneles, con análogos datos de constancia en los partes. 11816 - Vd de revisión-reparación equipos de instalación de alumbrado Corresponde a la revisión y reparación de equipos de alumbrado, ordinariamente en túneles o iluminación de calzadas. El parte de cada, operación identificará los equipos revisados Y reparados, medios empleados y materiales utilizados. 42 11817 - Ud de revisión equipos de control de túnel Corresponde a la revisión de los equipos de control de túneles que haya que llevar a cabo de acuerdo con las instrucciones de mantenimiento. Incluye las reparaciones o reposiciones, que sean necesarias para subsanar las anomalías observadas, que puedan ser realizadas juntamente con la revisión. El parte de cada operación identificará los equipos revisados, medios empleados, reparaciones y elementos repuestos al tiempo de la revisión y anomalias observadas. 11818 - Va de reparación equipos de control de túneles Corresponde a las reparaciones que se realicen para atender las anomalías observadas y no reparadas en la operación anterior, o cualquier otra que se haya presentado durante el servicio. El parte identificará los equipos reparados, medios empleados y elementos repuestos. 11819 - Ud de reposición de extintores Consiste en la reposición periódica reglamentaria de los extintores, y en la reposición de aquellos que hayan sido utilizados, seguidamente de su utilización. El parte identificará los extintores repuestos y los recursos utilizados para hacerlo. 11831 - Ud de revisión centro distribución energía eléctrica Corresponde a la revisión reglamentaria que haya que llevar a cabo de acuerdo con las instrucciones de mantenimiento de los equipos de suministro de energía eléctrica. Ordinariamente se referirá a equipos de túneles o de iluminación de calzada. Incluye la preparación de los informes y comunicados prescritos por las inspecciones oficiales, 43 El parte de cada operación identificará los equipos revisados, medios empleados, reparaciones y elementos repuestos al tiempo de la revisión y anomalías observadas que hay que atender. 11332 - Ud de reparación centro distribución energía eléctrica Corresponde a las reparaciones que se realicen para atender las anomalías observadas y no reparadas en la operación anterior, o cualquier otra anomalía que se haya presentado durante el servicio. El parte identificará los equipos reparados, medios empleados y elementos repuestos. 11833 - Ud de revisión líneas distribución energía eléctrica Corresponde a la revisión periódica de líneas de distribución, principalmente para comprobación de que las caídas de tensión corresponden a las de un funcionamiento correcto. Ordinariamente se referirán a líneas en túneles y para iluminación de calzada. Incluye la preparación, en su caso, de los informes y comunicados prescritos por las inspecciones oficiales. El parte de cada operación identificará las líneas revisadas, medios empleados, reparaciones y reposiciones fechas al tiempo de la revisión, y anomalías que hay que atender, 11834 - Vd de reparación líneas distribución energía eléctrica Corresponde a las reparaciones que se realicen para atender las anomalías observadas y no corregidas en la operación anterior, o cualquier otra que se haya presentado durante el servicio. El parte identificará las líneas reparadas, medios empleados y materiales utilizados. 113836 - Ud de reposición lámparas y elementos complementarios Consiste en reponer las lámparas y/o elementos complementarios 344 OTRAS OPERACIONES TIPIFICADAS DEL GRUPO 1, Se considerarán, además, como operaciones tipificadas del Gru- po Il, a explicitar necesariamente a efectos de seguimiento, las que se prescriben en el Anejo n23. 47 DEL GRUPO II 12211- *M_ de reparación de blandón Consiste en reconstruir, en una zona muy localizada, el firme, resto de pavimento e incluso el cimiento, en todo el espesor en que se hallen averiados o presenten condiciones que den lugar a deformaciones y hundimientos. Una vez establecidos los dispositivos de señalización y seguridad reglamentarios, se marcará la zona o zonas a sanear, con formas rectangulares de lados paralelos y perpendiculares al eje de la carretera, que incluya toda la zona averíiada con un margen de no menos de 20 cm. en cualquier punto de su contorno. Se excavarán el firme, capas granulares de subbase y, si fuera el caso, explanada y cimiento, hasta una profundidad que permita establecer un material granular de subbase adecuado al CBR del cimiento, materiales y espesor del firme sobre la subbase, y tráfico a soportar. Los laterales de la excavación deberán quedar debidamente saneados. Los materiales extraídos serán retirados a vertedero autorizado. Si el fondo de la excavación pudiera acumular agua, se estable- cerá un dispositivo que asegure un buen drenaje del mismo antes de proceder al relleno. Sobre el fondo de la excavación se colo- cará un, geotextil. Puede también contemplarse el relleno de la parte inferior de la excavación con hormigón pobre de espesor suficiente. También puede contemplarse la estabilización de materiales granulares. Tanto de la profundidad de la excavación como de los dispositivos y materiales adoptados para la reconstrucción, se establecerá una justificación que formará parte de la documentación de seguimiento del trabajo ejecutado. El relleno se llevará a cabo con materiales granulares no plásticos, en capas de espesor no superior a 20 cm. compactando hasta la base del firme a un 100% PN , con placa vibrante. El firme se contemplará con la misma estructura y condiciones que correspondan, según la normativa de firmes vigente, al firme 48 inicial. Se construirán las capas qgranulares con carácter definitivo, continuando la capa superior hasta 12 cm de la superficie y rellenando estos 12 cm de aglomerado asfáltico en frío compactado con placa o rodillo vibrantes. La operación se llevará a cabo con una duración de los trabajos máxima de una jornada, debiendo quedar completamente terminada al final de la misma. Esta operación se completará posteriormente con otras de trata- miento superficial en las carreteras con firme granular y tratamiento superficial, o de parcheo definitivo con mezcla asfáltica (previa retirada de los 12 cm. de aglomerado en frío y el material granular superior en exceso provisionales) en las carreteras con rodadura de mezcla asfáltica. El precio de esta operación comprende la señalización y todos los trabajos realizados y materiales, unidades y medios empleados, menos los que mas adelante se indican. Comprende también los trabajos y ensayos necesarios para determinar, reseñar Y justificar la profundidad y estructura del relleno, comprobar las condiciones de los materiales y ejecución, referenciar el blandón reparado reseñando sus medidas, calcular las mediciones de las unidades de obra que se abonen complementariamente, y reseñar toda esta información. Las únicas unidades de obra que, con las mediciones justificadas y reseñadas, se abonarán complementariamente, serán: - mM de carga y transporte a vertedero de tierras y mate- riales de desprendimientos, demoliciones y similares. - mm de zahorra natural compactada en capas de firme y cimiento. 12213 - MÍ de bacheo con riego asfáltico Consiste en rellenar con sucesivas capas de grava y gravilla, regadas con emulsión asfáltica y compactadas con cilindro vibrante portátil o placa, los baches y/o zonas agrietadas y hundidas de los firmes con el fin de restítuir las condiciones de regularidad superficial del pavimento antes que las degradaciones existentes puedan afectar a la seguridad de la circulación. 49 regularidad superficial, para borrar marcas viales o para pegueñas actuaciones puntuales que resulten convenientes. La superficie fresada se limpiará mediante barredora y aire comprimido y los productos procedentes del fresado se evacuarán á vertedero autorizado. La medición se hará multiplicando la superficie de pavimento fresada, en m, por el espesor medio en cm. de la zona fresada. El precio comprende la totalidad de los trabajos, realizados, señalización, transportes, vertederos, materiales y unidades de obra empleados, así como la referenciación y reseña de información. 12216 - M_de reparación de mordientes Consiste en sanear y reconstruir los bordes degradados de los pavimentos en carreteras cuyas calzadas carecen de arcén. Una vez establecidos los dispositivos de señalización y seguridad reglamentarios, sanear la parte degradada del borde de la calzada mediante cajeo hasta obtener un borde de firme sano y en profundidad hasta alcanzar terreno compacto. El espesor mínimo será de 5 cm. Se aplicará un riego de adherencia, tanto en las paredes laterales como en el fondo de la caja, y se rellenará hasta enrasar con la calzada ya sea con aglomerado en frío o con grava, gravilla y emulsión, compactando seguidamente con cilindro vibrante portátil. La superficie final se nivelará de tal manera que la pendiente transversal sea la adecuada, y en el caso que se haya utilizado aglomerado en frio, se ejecutará una capa de sellado con emulsión Y arena y su correspondiente compactado. Antes de retirar la señalización, se barrerá la superficie, dejándola libre de partículas sueltas que pudieran afectar al paso posterior de vehículos. La medición se hará por m. de borde saneado y reconstruido. 52 El precio comprende la totalidad de los trabajos ejecutados y materiales y unidades de obra empleados, incluso señalización, así como los trabajos de todo tipo necesarios para referenciar los trabajos comprobar las condiciones de ejecución y reseñar toda la información. 12217 - M_de sellado de grietas Reparación de las grietas de abertura superior a 2 mm. aparecidas en la superficie del pavimento mediante el sellado en frío o en caliente -con un mástic asfáltico adecuado. Se podrán utilizar dos técnicas distintas para llevar a cabo el sellado: bien consiguiendo que el mástic penetre en la grieta algunos centimetros y cierre totalmente los labios en la superficie, o bien consiguiendo que, penetrando más o menos en la grieta, se forme sobre la superficie una banda de mástic de unos dos o tres milímetros de espesor, adherida al pavimento a ambos lados de la grieta y que cierre totalmente ésta (puenteo). Con la primera técnica cabe emplear mástics en frío o en caliente. Con la segunda habrán de utilizarse en caliente. Siempre que se utilicen en caliente se calentarán previamente los bordes y parte más superficial de la grieta. Y, en todos los casos, se limpiaran la grieta y los bordes con aire a presión y se extenderá sobre el mástic colocado, árido s5iliceo seco de granuloretria comprendida entre 1 y 3 mm. El producto de sellado habrá de ser de tales características que el mástic permanezca adherido al material del firme, tanto en la superficie como en los bordes de la grieta y que, al menos durante el plazo del contrato, no se marquen nuevas grietas por fallo de la adherencia del mástic al material del firme ni, en su caso, por rotura de la banda de mástic establecida sobre la grieta. La medición se hará por los m. de longitud de grieta sellada. 53 Se recomienda efectuar algunos sellados en el primer año del contrato y experimentar en ellos la idoneidad de los materiales y métodos empleados para que se cumpla la condición de durabilidad prescrita, adoptando para trabajos posteriores los materiales y métodos que la cunplan, evitando incumplimientos de condiciones. El precio comprende la totalidad de los trabajos ejecutados Y materiales empleados, incluso señalización, así como los trabajos de todo tipa necesarios para referenciar los trabajos, comprobar las condiciones de ejecución y reseñar toda la información. 12251 - - M de renovación del sellado de juntas Consiste en la sustitución del material existente en las juntas entre las losas de hormigón que componen el pavimento. El producto de sellado colocado debe asegurar tanto que no penetre el agua como que no se introduzcan en la junta piedras u otros objetos que puedan alterar el movimiento libre y producir desconchados en las losas, El producto de sellado tendrá que ser de tales características que, al menos durante el plazo del contrato, el mástic permanezca adherido al material de las dos losas contiglias, rellenando la junta con continuidad y uniformidad. La medición se hará por los m. de longitud de grieta sellada. Se recomienda efectuar algunos sellados en el primer año del contrato y experimentar en ellos la idoneidad de los materiales y métodos empleados para que se cumpla la condición de durabilidad prescrita, adoptando para trabajos posteriores los materiales y métodos que la cumplan, evitando incumplimientos de condiciones. El precio comprende la totalidad de los trabajos ejecutados Y materiales y unidades de obra empleados, incluso señalización, así como los trabajos de todo tipo necesarios para referenciar los trabajos, comprobar las condiciones de ejecución Y reseñar toda la información. : 54 Comprenderá también las comprobaciones de condiciones de materiales y obra ejecutada, así como la referenciación, reseña de ejecución y medición de las unidades de obra realizadas. 12412 - M_de limpieza-reparación de cunetas separadas de la Consiste en eliminar los obstáculos, tierras y maleza que difi- culten la correcta circulación del agua por su interior, en las cunetas situadas en zonas alejadas de los bordes de la calzada (coronación de desmonte, pie de terraplén o bermas en el talud). Y, en el caso de que se trate de cunetas sin revestir, reconformar su sección y trayectoria en las zonas en que haya sufrido daños, así como reparar el revestimiento si está deteriorado en las zonas en que se halle revestida. Los productos extraidos con la limpieza se depositarán en verte- dera autorizado para la naturaleza de los misnos. El hormigón para reconstrucción de soleras tendrá una resistencia caracteristica mínima de 150 kg/cm? y el espesor mínimo del revestimiento será de 10 cm. La medición de esta operación se hará por m de cuneta en los que, de acuerdo con la revisión de estado inmediatamente anterior a la operación, sea necesario desbrozar o mover tierras. Se medirán también los mw de productos llevados a vertedero y los mi de hormigón de revestimiento demolidos y repuestos, El precio de la operación comprende la totalidad de los trabajos necesarios, incluso señalización si hubiera lugar, a excepción de la ejecución de las unidades de obra siguientes: - mó de carga y transporte a vertedero de tierras y mate- riales de desprendimientos, demoliciones' y similares - m de demolición de solera de hormigón en masa - de hormigón en masa colocado en soleras Comprenderá también las comprobaciones de condiciones de materiales y obra ejecutada, así como la referenciación, reseña de ejecución y medición de las unidades de obra realizadas. 12413 - M_de limpieza-reparación de bajantes Consiste en eliminar los obstáculos, tierras y maleza que difi- culten la correcta circulación del agua por los bajantes situados en los taludes. Y en reparar los deterioros que presenten estos bajantes, tanto por socavación de las tierras sobre que se asien- tan y empotran, como por roturas de las piezas que los componen, e incluso mejorando los emboquillamientos en el caso de que no acompañen suficientemente la entrada de agua en el bajante. Los productos extraídos con la limpieza se depositarán en vertedero autorizado para la naturaleza de los mismos. El hormigón para reconstrucción de soleras tendrá una resistencia característica mínima de 150 kg/cnó y el espesor mínimo del revestimiento será de 10 cm. La medición de esta operación se hará por m de bajante en los que, de acuerdo con la revisión de estado inmediatamente anterior a la operación, sea necesario desbrozar o mover tierras o recons- truir. Se medirán también los m de productos llevados a verte- dero y los m de hormigón en solera demolidos, los m de hormigón en masa colocados, y los m de piezas prefabricadas repuestas. El precio de la operación comprende la totalidad de los trabajos necesarios, incluso señalización si hubiera lugar, a excepción de la ejecución de las unidades de obra siguientes: Ed de carga y transporte a vertedero de tierras y mate- riales de desprendimientos, demoliciones y similares - a de demolición de solera de hormigón en masa - mó de, hormigón en masa colocado en soleras - nm de piezas prefabricadas de hormigón para bajantes colocadas Comprenderá también las comprobaciones de condiciones de mate- riales y obra ejecutada, asi como la referenciación, reseña de ejecución y medición de las unidades de obra realizadas. 12414 - Ud de limpieza-reparación de arquetas-pozos Consiste en retirar de las arquetas Y pozos de registro los residuos que puedan acumular, procedentes tanto de los tubos que a ellos desaguan como de la superficie de la plataforma. Además se ejecutaran las pequeñas reparaciones de la propia fábrica de 58 la arqueta y se inspeccionará el funcionamiento del tramo de drenaje al cual afectan. En aquellas arquetas en las que se acceda al tubo de drenaje subterráneo de la carretera, se procederá a inspeccionar el funcionamiento del sistema de drenaje. Para ello se introducirá desde el registro superior (aguas arriba) un cierto volumen de agua más o menos conocido (no a presión) y se observará el tiempo que tarda y en qué volumen aparece en la arqueta. Con ello se tendrá una apreciación de la necesidad o no de ejecutar operaciones de limpieza del dren. Si la fábrica de la arqueta presenta algún deterioro, se realizarán las tareas de "albañilería" necesarias para subsanarlo, incluyendo averías o reposición de las tapas. Si el tipo de arqueta en cuestión, posee tapa de hormigón o similar sellada, antes de comenzar la operación se habrá desellado y se volverá a fijar de manera semejante. La: medición de esta operación se hará por unidades de arqueta o pozo revisados y reparados. Se medirán asimismo las tapas que sea necesario reponer. El precio de la operación comprende la totalidad de los trabajos necesarios, incluso señalización si hubiera lugar, a excepción de la ejecución de las unidades de obra siguientes: > Ud. tapa de hormigón armado para arqueta o pozo de registro colocada Comprenderá también las comprobaciones de condiciones de materiales y obra ejecutada, así como la referenciación, reseña de ejecución y medición de las unidades de obra realizadas. En el parte de la operación se reseñarán y referenciarán todas las arquetas y pozos atendidos, indicando para cada uno de ellos el estado observado y, en su caso, el funcionamiento observado del drenaje, 12415 - M_de reposición de bordillos 59
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