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Este módulo de estudio aborda los fundamentos de la seguridad y salud en el trabajo, explorando su historia, normativa, conceptos básicos y la importancia de la prevención de riesgos laborales. Se incluyen ejemplos de normas y resoluciones colombianas, así como definiciones clave como higiene y riesgos laborales. El módulo también destaca la importancia de la medicina preventiva del trabajo y el papel del empleador en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
Typology: Summaries
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Una de las principales preocupaciones de una compañía debe ser el control de riesgos que atentan contra la salud de sus trabajadores y contra sus recursos materiales y financieros.
Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores que interfieren en el desarrollo normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en el ámbito laboral, familiar y social.
En consideración a lo anterior, la administración y la gerencia de toda compañía deben asumir su responsabilidad en buscar y poner en práctica las medidas necesarias que contribuyen a mantener y mejorar los niveles de eficiencia en las operaciones de la empresa y brindar a sus trabajadores un medio laboral seguro.
Para ello de acuerdo a las disposiciones de la Organización Internacional el Trabajo OIT y las leyes establecidas en el país conforme al Sistema de Riesgos Profesionales, ha de elaborar un Sistema de Gestión, Seguridad y Salud en el Trabajo pendiente a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus correspondientes ocupaciones y que deben ser desarrolladas en forma multidisciplinaria.
Identificar los diferentes componentes legales que definen el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y su interacción con otras disciplinas, conocer los conceptos fundamentales que conforman el campo de la seguridad Industrial, Conocer los factores de riesgo presentes en los ambientes de trabajo de las diversas actividades económicas, los cuales sirven como fundamento para la organización, planeación, aplicación, evaluación y auditorias de las actividades para la prevención de riesgos que pueda generar Accidentes de Trabajo y Enfermedades Laborales en las empresas de diferentes actividades económicas.
Utilizar la metodología adecuada, para conocer cuáles son las causas de los accidentes.
Identificar los factores claves para la clasificación de accidentes.
Interpretar correctamente los índices estadísticos de accidentabilidad, para la prevención de accidentes.
Identificar los diferentes factores de riesgo presentes en la actividad laboral y los daños que pueden ocasionar a la salud de los trabajadores.
Aplicar la técnica de la inspección de seguridad en la identificación de los factores de riesgo laborales.
Utilizar las señalizaciones de seguridad industrial, de acuerdo al riesgo presente en el entorno laboral.
El presente curso busca crear una cultura de prevención en materia de Seguridad Industrial, en todos los participantes de la Carrera profesional Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo. En cuanto a la formación del Técnico en Seguridad y Salud en el Trabajo, se requiere contextualizar al estudiante sobre la ubicación de la Seguridad y Salud en el Trabajo, permitiendo que centre la adquisición de conocimientos en áreas que le permitan desempeñarse conforme a las exigencias del mercado laboral. Para ello, es necesario identificar las características mínimas de las áreas de higiene y seguridad industrial y su incidencia en la prevención de riesgos que produzcan Accidentes de Trabajo y Enfermedad Laboral, aprovechando los recursos disponibles y la creatividad para sugerir soluciones.
De acuerdo a lo contemplado en el Reglamento Estudiantil se realizara la siguiente metodología de calificación:
De acuerdo a lo contemplado en el Reglamento Estudiantil se realizara la siguiente metodología de calificación:
Primer Parcial 150 Puntos
Trabajo unidad 1. Taller Foro black Board Examen primer seguimiento
Segundo Parcial 150 Puntos
Trabajo unidad 2. Taller Exposición Foro Black Board Examen segundo seguimiento
Tercer Parcial 200 Puntos
Trabajo unidad 3. Taller Examen final
Total 500 Puntos
Introducir al estudiante en los conceptos, la aplicación y la importancia de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para los trabajadores, las empresas y el sector económico de una sociedad.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Conocer los antecedentes y la historia de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el mundo. Estudiar los conceptos básicos y definiciones del área más importantes. Ver la pertinencia de la aplicación de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el mundo moderno
ACTO INSEGURO: Es la violación de una norma o procedimiento establecido que permite se produzca un accidente.
CONDICIÓN INSEGURA: Es una condición o circunstancia física peligrosa que puede permitir directamente que se produzca un accidente.
SEGURIDAD INDUSTRIAL: Conjunto de conocimientos (técnicos, científicos, etc.) encaminados a la prevención de accidentes relacionados con el trabajo.
SALUD: Es un estado de bienestar físico, mental y social. No solo en la ausencia de enfermedad.
TRABAJO: Es toda actividad que el hombre realiza de transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad de vida.
AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de condiciones que rodean a la persona y que directa o indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida laboral.
FACTOR DE RIESGO: Es un elemento, fenómeno o acción humana que puede provocar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo físico, ruido, monotonía.
PELIGRO: Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de muerte, lesión o enfermedad, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de éstos.
RIESGO: Combinación de la(s) probabilidad(es) con la(s) consecuencia(s) de que ocurra un evento peligroso específico.
RIESGO TOLERABLE: Riesgo que se ha reducido a un nivel que la organización puede soportar respecto a sus obligaciones legales y su propia política en Seguridad y Salud Ocupacional y al costo beneficio de su operación.
SEGURIDAD: Condición de estar libre de un riesgo inaceptable.
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO : Condiciones y factores que inciden en el bienestar de los empleados, trabajadores temporales, personal contratista, visitantes y cualquier otra persona en el sitio de trabajo.
ACCIDENTE: Evento no deseado que da lugar a muerte, enfermedad, lesión, daño a la propiedad, ambiente de trabajo o la combinación de éstos.
INCIDENTE: Evento que generó un accidente o que tuvo el potencial para llegar a ser accidente. Un incidente donde no ocurre muerte, enfermedad, lesión, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o la combinación de éstos se llama CASI-ACCIDENTE.
IDENTIFICACIÓN DEL PELIGRO : Proceso de reconocer que existe un peligro y definir sus características.
NO CONFORMIDAD: Cualquier desviación respecto a las normas, prácticas, procedimientos, reglamentos de trabajo, desempeño esperado del Sistema de Gestión entre otros, que puedan ser causa directa o indirecta de muerte, enfermedad, lesión, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o a una combinación de éstos.
EVALUACIÓN DE RIESGOS: Proceso general que permite estimar la magnitud de un riesgo y decir si éste es tolerable o no.
Parte del Sistema de Gestión Total, que facilita la administración de los riesgos de Seguridad y Salud en el Trabajo asociados con el negocio de la organización. Incluye la estructura organizacional, actividades de planificación, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para establece, implementar, cumplir, revisar y mantener la política y objetivos de Seguridad y Salud Ocupacional.
La Seguridad y Salud en el Trabajo es una actividad multidisciplinaria dirigida a promover y proteger la salud de los trabajadores mediante la prevención y el
control de enfermedades y accidentes y la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad en el trabajo. Además procura generar y promover el trabajo seguro y sano, así como buenos ambientes y organizaciones de trabajo realzando el bienestar físico mental y social de los trabajadores y respaldar el perfeccionamiento y el mantenimiento de su capacidad de trabajo. A la vez que busca habilitar a los trabajadores para que lleven vidas social y económicamente productivas y contribuyan efectivamente al desarrollo sostenible, la SST permite su enriquecimiento humano y profesional en el trabajo. Desde tiempos inmemorables el hombre ha realizado actividades en pro de sus sustento y bienestar, como es evidente en la comunidad primitiva del Paleolítico, al Neolítico que representa el inicio del hombre en la naturaleza ocurriendo importantes acontecimientos, como el uso y construcción de los primeros instrumento de trabajo, inicialmente a base de piedra y palo, luego se produce el dominio del fuego, y el uso de la cerámica. El hombre pasó de la etapa recolectora a la agricultura y la ganadería, como medio de subsistencia el cual al transcurrir de los años se ha convertido en su medio de sostenimiento es decir en su trabajo.
A continuación se enunciaran algunos de los periodos más importantes en la historia del hombre, en los cuales se contextualizara el concepto de salud y Seguridad en el Trabajo hasta la imagen de este el día de hoy.
En Egipto y Grecia existieron importantes yacimientos de oro, plata y plomo; sin embargo no se implementaron medidas de seguridad y/o higiene, fundamentalmente porque los que desempeñaban esas faenas eran esclavos o Presidiarios; el trabajo adquirirá entonces una connotación punitiva. Existía además abundante mano de obra para reemplazar a los trabajadores que fallecían o quedaban incapacitados producto de accidentes o enfermedades laborales.
La observación de que las condiciones de trabajo determinan procesos de salud enfermedad data desde la antigüedad. Aristóteles y Platón en Grecia, Lucrecio, Ovidio, Plutarco y Galeno en Roma recuerdan los sufrimientos de los trabajadores. Los médicos de la época se ocuparon de las lesiones y enfermedades que los artesanos y obreros contraían en el ejercicio de sus funciones tal como se lee en las obras de Hipócrates, Aulo, Cornelio Celso, Galeno y otros.
EN LA EDAD PREHISTÓRICA
TOMADO DE http://www.slideshare.net/AdrianaRodriguez4/historia-de-la- salud-ocupacional
http://www.slideshare.net/CristinaQuintana/historia-de-la-salud-ocupacional- mayra
ACCIDENTE DE TRABAJO: Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud (una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte). Ejemplo herida, fractura, quemadura.
Según lo anterior, se considera accidente de trabajo:
El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la empresa.
El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales o instalaciones de la empresa.
El que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador.
De igual manera no se considera un accidente de trabajo el sufrido durante permisos remunerados o no, así sean sindicales, o en actividades deportivas, recreativas y culturales donde no se actúe por cuenta o en representación del empleador.
ENFERMEDAD LABORAL: Es el daño a la salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo.
Se adoptan 42 enfermedades como profesionales, dentro de las cuales podemos mencionar la intoxicación por plomo, la sordera profesional y el cáncer de origen ocupacional.
También es Enfermedad Profesional si se demuestra la relación de causalidad entre el factor de riesgo y la enfermedad.
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: Se define como la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los empleados en sus sitios de trabajo.
PERFILES DE MORBI-MORTALIDAD
Las condiciones sociales del trabajo, los riesgos y la profundización de inequidades sociales y otros factores similares condicionan a la población trabajadora a una mayor susceptibilidad a enfermedades, accidentes y desgaste laboral.
Los efectos de factores múltiples sobre la salud de los trabajadores resultan en un perfil epidemiológico caracterizado por la coexistencia de enfermedades típicas de las patologías ocupacionales tradicionales (hipoacusia ocupacional, intoxicaciones agudas por plaguicidas y metales pesados, enfermedades dermatológicas y enfermedades respiratorias) y las recientemente asociadas con el trabajo (cáncer, asma ocupacional, estrés ocupacional, enfermedades cardiovasculares y osteomusculares, alteraciones inmunológicas y del sistema nervioso). Hay también las enfermedades emergentes (dengue, leptospirosis, malaria, tuberculosis).
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha estimado que en América Latina y el Caribe ocurren 36 accidentes de trabajo por minuto y que aproximadamente 300 trabajadores mueren cada día como resultado de los accidentes ocupacionales. Igualmente indica que cerca de cinco millones de
accidentes suceden anualmente, y que de éstos, 90.000 accidentes ocupacionales son mortales
En América Latina y el Caribe, las enfermedades crónicas asociadas al trabajo (como el cáncer, y enfermedades cardiovasculares, osteomusculares, y neurocomportamentales) no aparecen registradas como tales.
El doctor Jukka Tàkala, de la Organización Internacional del trabajo, ha realizado una estimación de los accidentes mortales que se producen en el mundo. En América Latina con un promedio de 13,5 y un total de 26. accidentes mortales.
En el consolidado de todas las regiones del mundo se obtiene una tasa media mundial de 14,0 accidentes mortales en el trabajo por cada 100. trabajadores.
La OIT estima que el costo de los accidentes ocupacionales alcanza hasta 10% del PIB de los países en desarrollo y se ha estimado que si los países los redujeran en un 50%, podrían cancelar su deuda externa
En el campo de la Salud Ocupacional, se encuentra enmarcado en riesgos catalogados generalmente de la siguiente manera:
Identificar la matriz de normas, políticas y objetivos del sistema de seguridad y salud en el trabajo en Colombia.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Conocer los requisitos legales de la Seguridad y Salud en el Trabajo y sus principales leyes
Identificar si las empresas en Colombia cumplen con cada uno de lo requisitos legales establecidos.
Verificar la matriz de requisitos legales en riesgos laborales
Política de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es el compromiso de la alta dirección de una organización con la seguridad y la salud en el trabajo, expresadas formalmente, que definen su alcance y comprometen a toda la organización.
Matriz Legal: es la complicación de los requisitos normativos exigibles a la empresa acorde con las actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los cuales dan los lineamientos normativos y técnicos para desarrollar el Sistema de Gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST) y que deberá actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables.
¿Para qué sirve? Sirve para analizar el nivel de riesgos presentes en los trabajadores, para comparar por nivel de riesgo diferentes tareas, para proponer acciones concretas para disminuir los riesgos y para estimar el impacto que estas acciones tendrán sobre el nivel
¿Cuándo se usa? Se debe utilizar cada vez que se implementa una tarea nueva cada vez que se cambie un procedimiento y por lo menos una vez al año como parte de la gestión de seguridad para asegurar que no ha habido cambios en el nivel de protección de los trabajadores.
La indiferencia por la salud y seguridad de los trabajadores ha sido una característica de las sociedades antiguas y modernas hasta tiempos relativamente recientes. Fue solo a comienzos dela década de los 40 de este siglo, con el comienzo de la segunda guerra mundial, cuando se comprendió la real importancia de la salud ocupacional. El conflicto Bélico puso en evidencia la relevancia que adquirir el estado de salud de la población laboral para poder cumplir adecuadamente con las importantes exigencias que género es conflagración. Se inició entonces un periodo de rápido desarrollo en esta disciplina, con un Acelerado progreso en sus respectivas áreas, proceso que continua sin interrupciones hasta nuestros días.
¿Cómo funcionan las normas? La normatividad de la Seguridad y Salud en el Trabajo en colombia tiene como sustento los convenios internacionales del Trabajo, que son tratados internacionales adoptados por la mayoría de los países a las conferencias internacionales de la OIT.
Las normas existen desde la creación de las sociedades, son de diferentes campos: naturales, sociales, religiosas y legales entre otras, esta última condición es lo que hace una norma obligatoria para un determinado grupo de personas. Existe un ordenamiento de las normas que hace primar una sobre la otra, es así como en el caso de encontrar un concepto con diferente trato entre dos normas, primará siempre la de mayor categoría. En el orden nacional, ninguna norma podrá contradecir lo que está escrito en la Constitución Nacional por ser ésta la de mayor categoría, y ser conocida como 'la norma de normas', El siguiente esquema nos muestra como están categorizadas las normas o en otras palabras, como están organizadas:
Otro aspecto importante que tenemos que tener en cuenta, es la fecha de expedición, ya que una norma con fecha posterior se impondrá sobre la anterior, si la modifica o reemplaza. Un ejemplo de este aspecto, es como la legislación correspondiente al Comité Paritario de Salud Ocupacional se rige por lo dicho en la Resolución 2013-86 y las modificaciones que a esta Resolución hace el Decreto 1295 de 1994 (articulo 63).
Normatividad vigente en SST y Riesgos Laborales
1979: Ley 9 es el Código Sanitario Nacional. 1979: Resolución 2400 Estatuto de la Seguridad industrial 1979: Resolución 2413 SST en el sector de la construcción. 1984: Decreto 614, Plan Nacional de SST 1986: Resolución 2013 Comité Paritario de SST 1987: Decreto 1335, Seguridad minera subterránea 1989: Resolución 1016, reglamenta los programas de SST en las empresas. 1990: Resolución 1792, valores límites contra ruido 1990: Resolución 9030, Seguridad en emisiones ionizantes 1991: Decreto 1843, Uso y manejo de plaguicidas 1992: Resolución 1075, Prevención de la fármaco dependencia, alcoholismo y tabaquismo en el trabajo. 1992: Resolución 10834, Clasificación toxica plaguicidas. 1993: Decreto 2222, Reglamento de higiene y seguridad en labores mineras a cielo abierto. 1994: Decreto Ley 1295 Reglamenta al Sistema General de Riesgos Laborales 1994: Decreto 1772 Reglamenta la afiliación y cotización al Sistema de Riesgos Laborales 1996: Decreto 1530 afiliación empresas, accidente de trabajo con muerte, empresas temporales. 1997: Ley 361, integración laboral a personas discapacitadas 1998: Ley 436, Seguridad en el manejo de asbesto.
1999: Decreto 917 Manual único de calificación invalidez 2001: Decreto 875, Ratifica el convenio de ginebra sobre la seguridad en el uso de asbesto. 2002: Resolución 058, normas en emisiones ambientales para incineradores y hornos crematorios. 2002: Decreto 1609 Transporte de sustancias peligrosas 2002: Decreto 1607 modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para el SGRP. 2002: Ley 776 modifica el decreto 1295 de 1994 en el tema de prestaciones económicas y de prescripción de derechos. 2003: ley 797 reforma el sistema general de pensiones. 2003: Ley 828, control a la evasión del sistema de seguridad Social 2003: Decreto 2090 define las actividades de alto riesgo y modifica su régimen de pensiones 2003: Decreto 2800 reglamenta la afiliación de los independientes al Sistema de Riesgos Laborales 2003: Ley 860 requisitos para obtener la pensión de invalidez 2004 Decisión 584 instrumento andino de seguridad y salud en el trabajo de la comunidad andina de naciones. 2004 Circular Unificada del Ministerio de Protección Social, Instrucciones al empleador y a las Administradoras de Riesgos Laborales. 2005: Decreto 3615 afiliación colectiva de independientes modificado por el decreto 2313 de 2006 2005: Resolución 1570, sistema de información único para registro de ATEP en las empresas, ARLs, EPSs, y juntas. 2005: Resolución 0156, Se adoptan los formatos de informe de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional. 2005: Decreto 195, limites exposición campos electromagnéticos 2006: Ley 1010 definición, constitución y sanciones Acoso Laboral 2006: Resolución 627 Norma Nacional de emisión de ruido y ruido ambiental 2007: Resolución 1401, procedimientos legales para investigación y reporte de los accidentes de trabajo 2007: Resolución 2346, Practica de evaluaciones medicas e Historia Clínica Ocupacional. 2007: Resolución 1855, Sistema de garantía de la calidad en el SGRP. Estándares mínimos. 2007: Resolución 2844, Guías de Atención Integral en SST 2007: Resolución 2646, programa empresarial riesgo psicosocial. 2008: Proyecto de ley 103 Comisión séptima del Senado definición ATEP 2008: Resolución 1013 Guías de Atención Integral en SST. 2008: Resolución 3673 Reglamento Técnico de Trabajo Seguros en alturas derogada 2009: Circular_070_de_2009_trabajo_en_alturas 2012: Resolución 1409 Reglamento Técnico para protección contra caídas en Trabajo en alturas 2009: Resolución 736 Complementa la anterior resolución sobre la certificación de competencia para trabajo en alturas – SENA
2009: Resolución 1486 Lineamientos técnicos certificación trabajo en alturas 2009: Resolución 1918, practica de las evaluaciones médicas ocupacionales y la guarda, archivo y custodia de las mismas 2009: Resolución 736 Modifica Certificación competencias para trabajo en Alturas aplaza su implementación a Julio de 2010. 2009: Decreto 2566 Adopta tabla Enfermedades Ocupacionales 2009: Circular 070 Procedimiento e instrucciones trabajo en altura Resolución 1441 de 2013 MSPS – HABILITACION Resolución 2087 de 2013 afiliación independientes Resolucion_2415_de_2013 afiliaciones ante ARL reglamenta parcialmente la Ley 1562 de 2012, resoluciones 1747 de 2008, 2377 de 2008, 990 y 2249 de 2009, 1004 de 2010, 445 y 476 de 2011 y 3214 de 2012 2013: Resolución 378 medidas para garantizar la seguridad en el transporte público terrestre 2013: Resolución 1903 modifica el numeral 5° del articulo 10 y el parágrafo 4° del artículo 11 de la resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones 2014: Resolución 1565 Plan estratégico de seguridad Vial para empresa con un número de vehículos directos o contratados superior a 10 diez. 2012: Ley 1562/ 2014: Decreto 1443 2015: Decreto 1072 de 2015
Antecedentes
La primera ley que se consagró como base de la Seguridad y Salud en el Trabajo en Colombia fue la ley 9ª de 1979. Luego se creó el Estatuto Nacional de Seguridad Industrial con la resolución 2400/79, dando parámetros de las condiciones adecuadas de los lugares de trabajo. En el decreto 614/84, se dan bases para la implementación de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el país. Posteriormente con la resolución 2013/86 se crean los comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) en las empresas. Luego, en la resolución 1016/89, se obliga a los empresarios a instalar los programas de Salud Ocupacional en sus empresas.
Después
Artículo 63 del Decreto 1295/ Normas sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo:
. Reglamento para el sector de la construcción: Resolución 2413 de 1979. . Reglamento de seguridad en labores subterráneas:
Decreto 1335 de 1987.
. Reglamento de seguridad en labores mineras a cielo abierto: Decreto 2222 de 1993. . Control a la seguridad en el sitio de trabajo: Artículo 57 y 58 del Decreto 1295/ . Responsabilidad por parte de las ARL: Artículo 59 del Decreto 1295/94. . Prevención de Riesgos Laborales en empresa de alto riesgo: Artículos 64, 65, 66 Y 67 del Decreto 1295/94. . Las funciones de los Administradores de Riesgos:
HSE: Higiene, Seguridad industrial y Medio Ambiente. HSEQ: Higiene, Seguridad , Medio Ambiente y Calidad. SISO: Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente. SISOMA: Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente. SIO: Seguridad Industrial Ocupacional. SST: Seguridad y Salud en el Trabajo.
ROLES DE LA CARRERA SST EN TRABAJO DE CAMPO (OBRAS Y PROYECTOS)
Técnico Laboral y Profesional en SST: Puede desempeñar cargo de analista, inspector, es la persona que va a estar permanentemente en campo, sus funciones son operativas, hace turno dia y noche según establezca empresa, se encarga de realizar la charla diaria de seguridad, distribuir documentación a trabajadores (AST, PERMISOS DE TRABAJO, FORMATOS) para su diligenciamiento, luego recogerlos y entregarlos a su superior. Debe tener Licencia de SST.
Tecnólogo en SST: Puede desempeñar cargo de supervisor, es la persona que apoya al inspector en campo y al jefe en oficina, sus funciones son administrativas y operativas. A veces hace turno noches. Debe tener Licencia en SST.
Profesional y Especialistas con Posgrados y Maestría en SST: Puede desempeñar cargo de jefe, coordinador, asesor, consultor externo u interno, sus funciones son administrativas se encarga de manejar toda la documentación que le entregan supervisores y analistas para entregar informes y responder correos que le soliciten sus clientes externos e internos, asistir a reuniones y capacitaciones, trabaja de lunes a viernes, no hace turno noche, Debe tener Licencia en SST. De acuerdo a la resolución 4502 del 2012 En Colombia para poder ejercer estos roles de SST, la persona debe estudiar en centros educativos que tengan reconocimiento del ICFES y no por las secretarias de educación departamentales. Una vez el estudiante haya culminado sus estudios,
puede tramitar ante la secretaria de salud distrital o departamental en cualquier ciudad de Colombia diligenciando la documentación requerida por estas instituciones su licencia en SST, esta se tramita totalmente gratis, no tiene ningún costo, Tiene una vigencia de 10 años y es válida en toda Colombia.
¿Qué es el reglamento de higiene y seguridad industrial?
El reglamento de Higiene y seguridad industrial, tiene como objeto la identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores.
¿Quién es el responsable en la empresa del cumplimiento de lo reglamentado en el manual de higiene y seguridad industrial?
Cada jefe es responsable, y tiene la obligación de hacer cumplir el reglamento en su empresa, para no afectar la salud de sus trabajadores
¿Cuáles son las normas básicas de higiene y seguridad industrial?
El orden y la vigilancia dan seguridad al trabajo. Colabora en conseguirlo. Corrige o da aviso de las condiciones peligrosas e inseguras. No uses máquinas o vehículos sin estar autorizado para ello. Usa las herramientas apropiadas y cuida de su conservación. Al terminar el trabajo déjalas en el sitio adecuado. Utiliza, en cada paso, las prendas de protección establecidas. Mantenlas en buen estado. No quites sin autorización ninguna protección de seguridad o señal de peligro. Piensa siempre en los demás. Todas las heridas requieren atención. Acude al servicio médico o botiquín No gastes bromas en el trabajo. Si quieres que te respeten respeta a los demás No improvises, sigue las instrucciones y cumple las normas. Si no las conoces, pregunta.
Presta atención al trabajo que estás realizando. Atención a los minutos finales. La prisa es el mejor aliado del accidente.
¿Cada cuánto tiempo se debe reestructurar el reglamento de higiene y seguridad industrial?
El Articulo 8 del formato de elaboración de un Reglamento indica que: "entra en vigencia a partir de la aprobación impartida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y durante que la empresa conserve, sin cambios
substanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.
¿Todas las empresas deben realizar un reglamento de higiene y seguridad industrial?
No, el artículo 349 del Código Sustantivo de Trabajo dice: "Los patronos que tengan a su servicio 10 o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento especial de higiene y seguridad, y someterlo a la revisión y aprobación de la Sección de Medicina, Seguridad e Higiene en el Trabajo de la División de Inspección del Trabajo, a más tardar dentro de los tres meses siguientes de la vigencia de este código o dentro de los tres meses siguientes a la iniciación de labores, si se trata de un nuevo establecimiento."
¿Quién debe aprobar el reglamento de higiene y seguridad industrial?
Se debe elaborar y mantener actualizado el reglamento, éste no necesita revisión y aprobación por parte del MPS, toda vez que este requisito fue suprimido mediante el Artículo 55 de la Ley 962 de 2005.
Nit o Cédula de Ciudadanía LA EMPRESA: _____________________________________________
______________________________ Ciudad Departamento Dirección Teléfono
Administradora de Riesgos Profesionales Número Patronal No. De Contrato
SUCURSALES O AGENCIAS: SI NO Número:
Clase o tipo de riesgo:
Código de la actividad económica de acuerdo con el Decreto 2100/95 No.:
Prescribe el presente reglamento contenido en los siguientes términos:
ARTICULO 1 La empresa se compromete a dar cumplimento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguran una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional de conformidad con los artículos 34,57,58,108,205,206,217,220,221,282,283,348,349,350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo. La ley 9a.de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986 Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994 y demás normas que con tal fin se establezcan.
ARTICULO 2 La empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional, de conformidad con lo establecido en el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986. Decreto 1295 de 1994 y Resolución 1016 de 1989.
ARTICULO 3 La empresa se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes de conformidad con el programa de salud ocupacional, elaborado de acuerdo al Decreto 614 de 1984 y Resolución 1016 de 1989.
a) Subprograma de medicina preventiva y del trabajo, orientado a promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todos los oficios prevenir cualquier daño a su salud ocasionado por las condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la presencia de agentes y procedimientos nocivos; colocar y mantener al trabajador en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.
b) Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgo que originen los lugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad, disconfort o accidente.
ARTICULO 4 Los riesgos existentes en la empresa. están constituidos principalmente por :
FISICOS: Ruido, Vibración, Iluminación, Radiaciones no ionizantes
PSICOSOCIALES: Ritmos de trabajo acelerados.
QUÍMICOS: Polvos, humos, vapores, gases.
ERGONÓMICOS. Planos de trabajo inadecuados, Fatiga, sobre esfuerzos, posturas Prolongadas.
LOCATIVOS: Pisos, almacenamiento.
MECANICOS: Manejo de herramientas, Equipos y elementos a presión, mecanismos en movimiento
ELECTRICOS: exposición a corriente estática y dinámica
RIESGOS DE TRANSITO: Colisiones, Volcamientos
RIESGOS NATURALES: Deslizamientos
OTROS RIESGOS: incendio y explosión, humanos.
PARAGRAFO. A efecto de que los riesgos contemplados en el presente Artículo, no se traduzcan en accidente de trabajo o enfermedad profesional la empresa ejerce su control en la fuente. En el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el Programa de Salud Ocupacional de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.
ARTICULO 5 La empresa y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva del trabajo, higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el Programa de Salud Ocupacional de la empresa.
ARTICULO 6 La empresa ha implantado un proceso de inducción del trabajador a las actividades que debe desempeñar , capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar.
ARTICULO 7 Este reglamento permanecerá exhibido, en por lo menos dos lugares visibles de los locales de trabajo, junto con la Resolución aprobatoria, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso.
ARTICULO 8 El presente reglamento entra en vigencia a partir de aprobación impartida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y durante el tiempo que la empresa conserve sin cambios substanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación. tales como actividad económica métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.
Representante Legal
Identificar, reconocer evaluar y controlar los factores ambientales, riesgos laborales y peligros que se originen en los lugares de trabajo y que puedan ocasionar accidentes laborales y afectar la salud de los trabajadores ocasionándoles Enfermedades Laborales.
OBJETIVOS ESPECIFICOS Mantener un ambiente laboral seguro mediante el control de las causas básicas que potencialmente pueden causar daño a la integridad física del trabajador o a los recursos de las empresas Identificar, valorar y controlar las causas básicas de accidentes e incidentes. Implementar mecanismos periódicos de monitoreo y control permanente de los factores que tengan un alto potencial de pérdida para las empresas Relacionar actividades con los otros Subprogramas para asegurar la adecuada protección de los empleados. Elaborar y capacitar en Procedimientos Seguros de Trabajo con criterios de seguridad, calidad y producción
Higiene: Ciencia de la anticipación, la identificación, la evaluación y el control de los riesgos que se originan en el lugar de trabajo o en relación con él y que pueden poner en peligro la salud y el bienestar de los trabajadores, teniendo también en cuenta su posible repercusión en las comunidades vecinas y en el medio ambiente en general. Seguridad: Es el conjunto de actividades destinadas a la prevención, identificación, evaluación y control de los factores de riesgo que generen accidentes de trabajo, evitando posibles lesiones, accidentes, enfermedades o la muerte al trabajador.
Mediciones Ambientales: Realización de evaluaciones ambientales sobre los factores de riesgo identificados en el ambiente laboral para los riesgos físicos de mayor peligrosidad como: ruido, iluminación, radiación ionizante (x) no ionizante (electromagnéticas), temperaturas extremas, humedad, de acuerdo con los métodos de control recomendados en el Panorama General de Factores de
Riesgo vigente. Fichas Técnicas: Cada unidad académica – administrativa elaborará las fichas técnicas de todas las sustancias químicas que se manipulen, con la asesoría de la ARL y la coordinación de Salud Ocupacional. Esta ficha contendrá información relacionada con: Nombre del producto y sinónimos, propiedades fisicoquímicas, control de emergencias, atención de urgencias, rotulación, efectos sobre el organismo, almacenamiento y medidas de seguridad en la manipulación, acorde con lo establecido en la Norma Técnica Colombiana NTC 4435, Página 4-9. (ICONTEC).
Normatividad: Resolución 1016/1989 art. 11 Resolución 2400 de 1979, en sus artículos 38 al 45. Decretos1831 y 1832 de 1.994. Decreto 614/1.984
Generalidades: Estudios preliminares de cada uno de los agentes contaminantes ambientales a los que están expuestos los trabajadores, de acuerdo la Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos. O sea los riesgos higiénicos como: Riesgo Físico (iluminación, vibraciones, ruidos, temperaturas extremas). Riesgos Químicos (polvos, humos, gases, vapores). Riesgos Biológicos (virus, hongos, bacterias, parásitos, mordeduras y picaduras de animales)
Identificar, evaluar y controlar los riesgos. Cumplimiento de los requisitos legales (Se deben constituir procedimientos para recibirla, analizarla, para identificar lo que aplica, comunicarlo al sistema y aplicarlo). La empresa debe tener un procedimiento establecido para definir los objetivos. Estos se deben definir de arriba hacia abajo y deben ser medibles.
El programa debe tener: Responsables Inventario de los medios con que cuenta y cuando los va ha ejecutar Tener claro los resultados que se esperan.