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Análisis del Primer Pleno Casatorio Civil, Apuntes de Derecho Civil

Es uno de los plenos que ha causado muchos debates y cuestiones dentro del ambiente grueso del derecho civil, así como es que se mide la reparación civil, si realmente podemos renunciar a nuestros derechos o si en el tema procesal civil existe las transacciones extrajudiciales.

Tipo: Apuntes

2020/2021

A la venta desde 06/01/2022

leoames24
leoames24 🇵🇪

9 documentos

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¡Descarga Análisis del Primer Pleno Casatorio Civil y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity! UNIVERSIDAD CONTINENTAL FACULTAD DE DERECHO AMES BALTAZAR LEO ABRAHAM PRIMER PLENO CASATORIO CIVIL TEMAS IMPORTANTES Introducción En este trabajo tiene a fin de poder analizar el Primer Pleno Casatorio Civil, ndo temas de suma importancia y contundentes para nuestro órgano jurídico, con sus respectivas doctrinas, jurisprudencia y legislación comparada; temas como la transacción extrajudicial, la reparación civil, la cuantificación del daño y que impacto social tiene estos frente a casos controversiales, claramente el estudiante escritor de este trabajo también dará su punto de vista y la opinión que tiene frente a ello, sin más preámbulo se comenzará con el desarrollo del trabajo a continuación. Comenzamos a explicar y ponernos en contexto con el Primer Pleno y destacando los temas importantes. La cual unos de los temas es la transacción extrajudicial como medio de defensa de forma, es decir que si en un proceso judicial se puede interponer como excepción una transacción extrajudicial con el fin de poder concluirlo. Entonces como antecedente, se convoca este Primer Pleno Casatorio Civil en el Perú porque había dos salas supremas civiles quienes habían emitido distinto pronunciamiento; explicando, una sala suprema civil había concluido que sí procedía la transacción extrajudicial como excepción, mientras que la otra Sala Civil Suprema había concluido que no procedía la transacción extrajudicial como excepción. Entonces con el fin de unificar criterios, se convoca esta Sala Plena, la cual es presente vinculante y es obligatorio cumplimiento a todos los jueces del Perú. Debemos indicar que en este pleno fija dos reglas, la primera es que una transacción extrajudicial si puede ser interpuesta como excepción en un proceso judicial con el fin de iniciar una defensa de forma y la segunda regla es que una persona natural no tiene legitimación para interponer demandas por intereses difusos; es decir, estos intereses difusos quiere decir que son intereses de todos, derechos determinados como el derecho al medio ambiente ya que es un derecho de todos, el derecho del patrimonio nacional con un patrimonio cultural de todos, en este orden de ideas lo que indica el pleno es que una persona natural no tiene legitimación, no puede interponer, quienes pueden interponer son las personas jurídicas sin fines de lucro, como los gobiernos locales, las municipalidades, gobiernos regionales entre otros. Entonces, vamos a analizar el caso para indicar los fundamentos de cada sala suprema civil y después continuando con los fundamentos del mismo Pleno Casatorio. Este caso se trató de la empresa Yanacocha, una empresa minera conocida en el Perú, quien había contratado a la empresa Ransa para que traslade el mercurio al departamento de Cajamarca, estando en Cajamarca el camión que llevaba el mercurio sufrió un accidente y este mercurio se derrama en las pistas de un pueblo en Cajamarca, entonces los pobladores se acercan a ver el accidente y al ver el mercurio en el suelo, de curiosidad comienza a manipular el mercurio, entonces había niños que llenaban el mercurio en balde y se llevan el mercurio. Estas personas que manipularon el mercurio, comenzaron a sufrir daños en su salud, sus manos se le hincharon, pues como sabemos el mercurio es un mineral altamente nocivo para la salud pública y para el medio ambiente, había menores de edad quienes sufrieron el daño. Ante ello Yanacocha toma conocimiento y lleva una transacción extrajudicial con los pobladores perjudicados, y pues como había menores también transigen los derechos de los menores, entonces Yanacocha da una suma de dinero y los pobladores perjudicados se comprometen a abstenerse a no iniciar procesos judiciales en contra de Yanacocha por ese hecho, al parecer todo estaba zanjado; sin embargo, posteriormente al sufrir estos daños reversibli la salud de los pobladores, ellos recurren a un abogado y el abogado levanta una demanda de indemnización de sumas altas contra Yanacocha, resulta que en el proceso judicial, Yanacocha plantea una excepción de transacción extrajudicial adjunatando el acta, habían jueces quienes amparaba la transacción y habían otros jueces que rechazaban la transacción extrajudicial por cuanto decir que el artículo 463 del Código Procesal Civil no regula como excepción de transacción extrajudicial como medio de defensa, solamente regula la transacción judicial. Ante ello apelan y llegan a la Corte Suprema, una sala mencionaba que si procedía y la otra sala mencionaba que no procedía la excepción transacción extrajudicial, y los fundamentos de cada uno era que no estaba regulado en nuestro Código Procesal Civil la transacción extrajudicial solamente la judicial; mientras que la otra sala decía que se tenía que aplicar una interpretación sistemática. En cuanto los fundamentos del Primer Pleno Casatorio Civil, la primera conclusión en la que llegan es que la transacción extrajudicial si puede ser interpuesto como excepción y el fundamento es que si bien el artículo 463 del CPC no regula la transacción extrajudicial; sin embargo, haciendo una relación sistemática refiere con el artículo 1302 del CC donde sí está el concepto de transacción judicial y extrajudicial, juntando estas dos normas y por economía procesal concluyen que si es legítimo interponer una excepción transacción extrajudicial dando a si la primera regla.