¡Descarga Examen Derecho Tributario y más Apuntes en PDF de Derecho Financiero y Tributario solo en Docsity! SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL Seminario 4: IRPF. Rendimientos del capital inmobiliario 1. Supuesto de hecho: Pedro y Gregorina están casados en régimen económico matrimonial de gananciales. Residen en Madrid y tienen dos hijos, Martina (8 años) y Javier (5 años). El 12 de diciembre del año X-1 han comprado un piso situado en la calle García de Paredes (Madrid), cuya compraventa, realizada inicialmente en contrato privado, se formaliza en escritura pública el 2 de enero del año X, al tiempo de recibir el préstamo hipotecario solicitado. Para financiar parte de su adquisición han obtenido de una entidad financiera un préstamo hipotecario por el 60 % del precio de adquisición del piso que según la escritura pública ha sido de 350.000 €. Tras realizar algunas tareas de conservación, tales como pintarlo, limpiarlo y realizar unas pequeñas obras para cambiar los sanitarios, puertas y ventanas, lo han alquilado a Fernando (42 años), el día 1 de enero del año X. En el año X han percibido en concepto de renta arrendaticia la cantidad de 21.000 €. En el contrato se ha estipulado que el arrendatario pagará la tasa municipal por recogida de basura (100 € en el año X). Los gastos que han soportado los titulares del inmueble en el año X son: a) Intereses del préstamo hipotecario: 6.200 €. b) Gastos de tasación del piso para la constitución del préstamo: 1.000 €. c) Gastos de notaría: 700 €. d) Gastos del pintor: 3.000 €. e) Gastos de fontanería y albañilería para el cambio de sanitarios: 7.000 €. f) Gastos de carpintería y colocación de puertas y ventanas: 4.000 €. g) IBI: 482 €. En el recibo del IBI figura que el valor catastral es de 100.000 € -el suelo se valora en 20.000 € y la construcción en los 80.000 € restantes. En el año X+1, la renta que han percibido por el alquiler del piso de la calle García de Paredes, que ha continuado alquilado a Fernando, ha sido de 24.000 €. Los gastos originados por este piso en el año X+1 que han corrido a cargo de sus propietarios son: a) Intereses del préstamo hipotecario: 5.800 €. b) IBI: 520 € (el valor catastral es el mismo que el del año X). c) Tasa de basura: 100 € (esta cantidad ha sido resarcida por el arrendatario). Además, Gregorina ha decidido alquilar en el año X+1 a unos estudiantes de medicina un piso de la calle Alcalá que heredó de sus padres hace cuatro años y que desde entonces lo ha tenido vacío. El contrato de arrendamiento se celebra con efectos de 1 de enero del año X+1 entre Gregorina, arrendadora, y los tres estudiantes de 23 años, como arrendatarios. La renta arrendaticia percibida en el año X+1 es de 16.800 €. Al ser estudiantes, Gregorina ha estipulado que se hará cargo ella misma de todos los gastos del inmueble que en X+1 son: a) Comunidad de propietarios: 430 € b) Gastos de portería: 378 €. c) Electricidad y agua: 570 €. d) Gas: 378 €. e) Póliza de seguro de incendios: 254 €. f) IBI: 372 €. En el recibo figura un valor catastral de 85.000 € (20.000 € es el valor del suelo y 65.000 € el de la construcción). El valor catastral se revisó en el año 2000. g) Tasa municipal por recogida de basura y alcantarillado: 120 €. Por último, tras haber estado vacío en el año X, durante el año X+1 se arrendó un local comercial destinado a oficina –que compró Pedro antes de contraer matrimonio– a Sidoni, S.L., pactándose una renta mensual de 1000 euros, que había de ser satisfecha antes del día 5 de cada mes. La primeras cinco mensualidades fueron abonadas en su debido momento. Sin embargo, el 25 de mayo de X+1, Sidoni, S.L. fue declarada en situación de concurso de acreedores y, desde entonces, a pesar de continuar ocupando el local, no satisfizo mensualidad alguna. Por otro lado, se han satisfecho los siguientes gastos relativos al inmueble, que no han sido repercutidos al arrendatario: a) IBI: 500 euros. En el recibo del IBI consta que el valor catastral asciende a 200.000 euros, correspondiendo 50.000 al suelo y 150.000 a la construcción. El valor catastral fue revisado en 2004. b) Tasa de basuras: 200 euros. c) Seguro del inmueble: 150 euros. 2. Cuestiones 1. Califique y determine, a efectos del IRPF, las rentas que perciben Pedro y Gregorina en el período impositivo del año X y del año X+1. 2. Señale, de conformidad con lo señalado en el artículo 11 de la LIRPF, a quién se imputan las rentas correspondientes. AÑO X INGRESOS GASTOS DEDUCIBLES 21.000 alquiler piso. Art 22 Interés del préstamo 6200 art 23.1.a 3000 pintor art 23.1 4000 obras 23.1 7000 fontanería 23.1 Hasta aquí a+b ( 21000-20200= 800) Ibi 482 solo si lo paga el arrendatario. Ibi 482 art 23.1.a Amortización se calcula con el 3% de el valor del piso menos el valor del suelo el valor del suelo hay que restárselo en valores proporcionales el suelo es el 20% del total por lo