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Orientación Universidad
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T1 TEORIA GENERAL DEL PROCESO, Exámenes de Derecho Procesal

T1 DEL CURSO TEORIA GENERAL DEL PROCESO

Tipo: Exámenes

2022/2023

Subido el 05/05/2023

rosario-huarcaya-ortiz
rosario-huarcaya-ortiz 🇵🇪

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¡Descarga T1 TEORIA GENERAL DEL PROCESO y más Exámenes en PDF de Derecho Procesal solo en Docsity! CURSO: TEORÍA GENERAL DEL PROCESO Evaluación T1: TRABAJO APLICATIVO • El 14 de febrero del año 2004, se expide un cuerpo normativo procesal laboral el cual regula los el trámite de los procesos laborales. El 23 de octubre del año 2011, se expide un nuevo Código Procesal Laboral, en cuya disposición única final se indica expresamente que. “aquellos procesos laborales iniciados bajo la vigencia de la ley procesal laboral derogada, seguirán tramitándose bajo los alcances de ésta última”. El juez del juzgado laboral de Rosales, tiene entre los casos a su cargo, un proceso laboral iniciado el 15 de marzo del año 2011. El día 22 de noviembre de 2011 revisa el expediente y verifica que corresponde señalar fecha de audiencia única en dicho expediente. Como ya se encuentra en vigencia el nuevo Código Procesal Laboral, decide citar a audiencia bajo los alcances de dicho Código, que implica que el trámite de la mencionada audiencia única se lleve a cabo conforme lo estipula el nuevo Código Procesal Laboral. Desarrolle usted si considera que es correcta o no la actuación del magistrado a la luz de la aplicación de la Ley Procesal en el Tiempo, defina el principio de su elección y sustente la razón por la cual estima que debe aplicarse y si en este caso opera el Principio de Seguridad Jurídica. • Desarrolle usted si los siguientes casos constituyen una forma de solución de conflictos y sustente el por qué. • María es atacada por un asaltante dentro de su hogar y ella logra despojarle de la pistola con la que la amedrentaba y se defiende, disparando contra el invasor y privándole de la vida. • Pablo se apersona formalmente al juzgado correspondiente y reconoce deber la suma de S/ 50,000 a Miguel. • El dueño de un hotel de la ciudad de Cusco, decide retener el equipaje completo de un grupo de turistas limeños que se rehúsan sin motivo a pagar por los cuartos. • En un proceso laboral, se realiza la primera audiencia, en la cual el juzgador propone una fórmula conciliatoria, la cual es aceptada por el trabajador José Ponce y su empleador Industrias Castro. • Pedro Suarez, en representación de su empresa Discos latinos S.A. domiciliada en la ciudad de • Arequipa celebró un contrato de compra venta con Carlos Torres, represente de Casa Musical S.A • domiciliada en Ica. Por medio de este contrato Carlos debe entregarle un moderno equipo de música • que fabricó el mismo y que fue ofrecido con determinadas características. Es decir, era un diseño • exclusivo, motivo por el cual el valor del equipo ascendía a 100 000 dólares. • • Ambas partes pactan que el equipo será entregado el lunes 30 de enero de 2021, ya que aún está • pendiente que se instalen unos aplicativos en el equipo, por lo que Carlos deberá culminar con el • trabajo y conservar el bien hasta la fecha de su entrega. La entrega del bien se realizaría en el • estudio de música de Pedro Suárez que se ubica en la ciudad de Lima. • • Respecto al pago se acordó que se realizarían en dos cuotas de 50 000 dólares, la primera el día • del acuerdo y la segunda al momento de la entrega. Se cumplió el primer pago, pero estando a • pocos días de la entrega pactada, Carlos sufre un desmayo y golpea accidentalmente la mesa • donde se encontraba el equipo este cae al suelo dañándose de tal forma que no es posible su • reparación. • • Carlos le comenta lo sucedido a Pedro y le dice que no se preocupe, porque cuando se vuelva a • inspirar podrá hacer un mejor equipo que aquel que se perdió. Que lo espere un año. • Identifique usted las condiciones de la acción a partir del presente caso: Johana Cabrera es la gerente general de la empresa “Centella Servicios Especiales”, una empresa que se dedica al catering de eventos sociales VIP (matrimonios, bautizos, entre otros), ubicada en la ciudad de Lima. A efectos de llevar a cabo un matrimonio el próximo 21 de abril de 2023, suscribe un contrato de compra venta con la empresa Dulce Miel, representada por Karina Posada a efectos de la adquisición de un horno industrial para poder hornear las tortas de matrimonio, horno que distribuye de manera exclusiva Dulce Miel, siendo que el valor de dicho horno industrial es de $ 30,000, cancelados a la firma del contrato. La fecha de entrega acordada del bien descrito se fija para el día 15 de abril de 2023, en tanto Dulce Miel no cuenta con stock actualmente, el lote de nuevos hornos se encuentra en trámite de importación hacia el país y se considera para la fecha de entrega, también los plazos de desaduanaje.