Características y Tipos de Altas en la Seguridad Social
En este vídeo vamos a hablar de las características y tipos de altas en la Seguridad Social.
Dentro del Régimen de la Seguridad Social nos podemos encontrar con las siguientes cuatro tipos de altas, la primera que tenemos y evidentemente la común, que es la que se suele llevar y dar siempre es el Alta Real, como vemos es alta común, se produce cuando se va a iniciar o ya se ha iniciado una actividad laboral, en estos casos se cumple por parte del empresario con la obligación de tramitar el alta, es decir, tú comienzas a trabajar, al comienzo del trabajo.
Si tú comienzas a trabajar un quince de julio, evidentemente ya te han dado de alta el catorce o el trece, es decir, vas a trabajar el primer día de trabajo, tu ya estarías cotizando porque ya estarías dada de alta.
Luego tendríamos, por otro lado, el alta asimilada, que también es más común de lo que se piensa.
El alta asimilada es una, ocurre
cuando hay una serie de supuestos excepcionales donde, a pesar de que hay un cese de la actividad laboral, el trabajador sigue dado de alta en la Seguridad Social.
Hay un cese, lo vamos a poner entre comillas porque no es un cese definitivo, el alta asimilada no es total, sino que va a establecerse en base a las contingencias previstas en la ley y analizandose caso por caso.
En estas situaciones de alta asimilada podemos encontrar que va a surgir en los siguientes casos: La podemos encontrar o bien como una excedencia forzosa, cuidado de los hijos, por ejemplo, en una baja por maternidad, por periodos de inactividad de los trabajadores, como por ejemplo pueden ser una huelga, un cierre patronal, desempleo voluntario, esto ya iría ajeno al trabajador y luego otra circunstancia que también es muy debatida, pero también se encuentra, es en los casos de incapacidad temporal, en estos casos también se va a tener en cuenta como una baja asimilada, perdón como una alta asimilada.
Luego tendríamos el alta presunta o de pleno derecho que nos dice lo siguiente: Y es que tiene lugar cuando el trabajador está desarrollando una actividad laboral y debería estar en una situación de alta real pero ésta es inexistente, es decir, tu estás trabajando y evidentemente como estás trabajando, deberías estar protegido por el alta, pero a pesar de ello, no es así, nadie está protegiendo y no tienes ningún respaldo.
En estos casos, la ley establece la presunción de la alta hacia el trabajador a efectos de determinadas contingencias que pueden suceder durante la actividad laboral, estas contingencias, evidentemente, ¿Cuáles pueden ser?
Pues bien, pueden ser las siguientes: Puede ser que ocurra un accidente de trabajo, una enfermedad profesional, que te despidan, es decir, el desempleo o la asistencia sanitaria por enfermedad común.
Bien, luego tendríamos por último lo que serían las altas especiales y se producen evidentemente en situaciones especiales, como pueden ser las huelgas o el cierre patronal, como hemos dicho antes, esta también podría estar englobada dentro de lo que viene siendo las altas asimiladas.