Cláusulas del Convenio Colectivo
En este vídeo vamos a hablar de las Cláusulas de los Convenios Colectivos.
Tenemos que decir que existen dos tipos de cláusulas dentro de los convenios colectivos, por un lado tenemos aquellas cláusulas que cumplen con la función normativa del convenio colectivo y por otro lado, tenemos las que cumplen con una función obligacional, bien, vamos a dividirlas y a explicar una por una.
Primero vamos a hablar de la función normativa.
¿A qué se refiere la función normativa?
Pues bien, se refiere a que hace referencia al sistema para que sea suficiente para organizar la aplicación individual del convenio colectivo.
Estas cláusulas son configuradas como normas, vale, que van a configurar el convenio y todo su contenido mínimo y también va a tratar los pactos reguladores de las condiciones de trabajo.
Estas cláusulas se dirigen siempre hacia los empresarios y los trabajadores que están incluidos en el ámbito de este convenio.
Bien, vamos a fraccionar lo que acabamos de decir.
La función normativa, como hemos dicho, va a garantizar que se cumplan las normas configuradas dentro del convenio, esas normas son de contenido mínimo que están recogidas en el ochenta y cinco punto tres del Estatuto de los Trabajadores.
Este contenido mínimo lo que nos dice es que son las normas básicas que tiene que tener todo convenio colectivo.
¿A quién afecta estas cláusulas?
Pues bien, estas cláusulas van a afectar y se van a
dirigir de manera exclusiva hacia el empresario y los trabajadores que estén incluidos en el ámbito del convenio, es decir, esto solamente va a afectar a un cierto sector laboral, vale, evidentemente afecta al sector laboral al que va dirigido el convenio que no siempre va a ser el mismo, es decir, no todos los convenios están estructurados y van a tener el mismo contenido mínimo según el sector laboral.
Algunas cláusulas van a coincidir completamente, pero otras cláusulas no van a coincidir tanto, como es obvio, todas las cláusulas van a tener, todo el contenido mínimo se va a basar en un salario en un régimen de horas pero, aunque tengan la misma estructura, el salario no va a ser el mismo para todas las personas, las horas no van a ser las mismas para todas las personas, es decir, estructuralmente va a ser igual para todo tipo de sector laboral, pero su contenido como tal no va a ser lo mismo.
Bien.
Luego tenemos la función obligacional como hemos visto, que está recogida en el artículo ochenta y seis punto tres del Estatuto de los Trabajadores, ¿A qué hace referencia?
Pues bien, esta función obligacional hace referencia a la relación que existe entre los firmantes, que quedan obligados a observar y a cumplir lo pactado en el convenio y que deben realizar todo aquello que permita que el convenio se cumpla en su totalidad, vale.
Esta función obligacional, evidentemente, ¿Va a perjudicar?
No, sino que va a repercutir en las personas que lo han firmado y ya no solamente los trabajadores sino también los empresarios, ¿Por qué?
Porque al fin y al cabo, esto va a ser un compromiso, como vamos a ver, son compromisos con el objetivo de lograr una eficacia que ha sido ya pactada, es decir, en el convenio han pactado unas obligaciones, unas obligaciones que van a llevar consigo el objetivo de tener una eficacia, han puesto unas normas y al cumplir esas normas van a tener mayor productividad, por ejemplo, entonces estas normas han sido pactadas y van a tener unas condiciones establecidas dentro del convenio.
Básicamente lo que esto nos dice es que la obligación va a llevar consigo un objetivo, normalmente el objetivo que se va a llevar a cabo, pues es el de mayor productividad, mayor eficacia, mejor rendimiento, etcétera.
¿Hacia quién se remite este tipo de cláusulas?
Pues se dirige a los representantes de los trabajadores y a los agentes negociadores, es decir, no va a afectar directamente al empresario y al trabajador, no, sino que afecta, como vemos a las personas que han negociado las cláusulas, porque evidentemente son ellas las que van a querer un mayor rendimiento, evidentemente, muchas veces las personas que han negociado las cláusulas van a coincidir con que sean trabajadores de la empresa o el propio empresario, pero no siempre tiene por qué ser así, puede ser personas que son, que sean ajenas, como puede ser un sindicato o una asociación empresarial que no esté liderada por el empresario o por los trabajadores.
Bien, estos, los representantes y los agentes negociadores tienen un claro objetivo que es el de evitar y de resolver los conflictos que se puede hablar entre las partes, es decir, cuando existen desacuerdos o quieren implantar mejorías, el objetivo que van a tener estas personas es el de resolver esas situaciones o el de llegar a evitar conflictos mucho mayores.