Contratos y Mercados Financieros
Estamos la asignatura de derecho mercantil, concretamente en el área de contratación mercantil, en esta video clase vamos a estudiar los mercados financieros y los contratos relacionados con ellos, hablaremos sobre los diferentes mercados financieros, el de crédito y de valores sobre su regulación y los tipos de contratos, empezamos, comenzaremos diciendo que los mercados financieros pueden dirigirse fundamentalmente en el mercado de crédito y el mercado de valores, el mercado de crédito es aquel al que concurren las diferentes entidades financieras, bien bancos, cajas de ahorro, otro tipo de entidades de crédito, presentándose dinero de forma receptiva y de forma recíproca, de tal suerte que tengan disponible fondos que posteriormente llegarán al cliente final, sea este una persona física o consumidor o sea un profesional o una sociedad, este tipo de mercado está regulado y supervisado fundamentalmente por el banco de españa y por el banco central europeo, por otro lado nos encontramos con el mercado de valores, que es un mercado en el que no se presta o se entrega dinero a crédito, sino que lo que se hace es comerciar con valores, que pueden ser de renta fija o de renta variable, en relación con los de renta fija, indicaremos fundamentalmente los más conocidos que serían los bonos, que pueden ser empresariales o pueden ser del tesoro de un país y también nos encontramos con las obligaciones, en el caso español tenemos bonos, obligaciones y letras del tesoro, pero como
decimos la principal diferencia es que los bonos pueden ser emitidos por los tesoros, por los bancos centrales nacionales, pero también por las empresas, cosa que es muy habitual para obtener financiación y acometer sus proyectos, por otro lado, nos encontramos con la renta variable que a diferencia de la renta fija, que es mucho más segura en la que conocemos el porcentaje que finalmente será nuestro beneficio, pero como es mucho más segura el porcentaje de ese beneficio será menor, nos encontramos con la renta variable, cuyos ingresos pueden ser netamente muy superiores, pero también podemos encontrarnos con que suceda completamente lo contrario, distinguiremos el mercado primario donde se generan las acciones y el mercado secundario, que será donde se comercia con esas acciones, es importante indicar que el supervisor a nivel nacional será la comisión nacional del mercado de valores y a nivel europeo la ESMA, en relación con el mercado primario, destacar la figura de la oferta pública de venta la OPV, mientras que en el mercado secundario, como ya se ha generado dicho valor nos encontramos con la oferta pública de suscripción de acciones o la oferta pública de adquisición, cuando un tercero el que tiene la intención de adquirir un paquete importante de acciones de otra sociedad ya creadas, integrantes de este mercado secundario, fundamentalmente tenemos la bolsa, que es evidentemente la más conocida, en españa tenemos cuatro barcelona, bilbao, madrid y valencia, mientras que también existen otra serie de mercados regulados igualmente, como los mercados de opciones y futuros que son otro tipo de valores, no acciones de una compañía que nos permiten ser propietario de esa compañía, sino que son valores negociables, así tenemos mercados como el mes de renta fija o renta variable o el mercado de futuros de cítricos de Valencia, proseguimos respecto de la regulación, decir que por un lado tenemos regulación de derecho público en el mercado primario fundamentalmente y ahi será de aplicación la ley del mercado de valores, la ley cuatro dos mil quince del veintitrés de octubre, el texto refundido de la ley del mercado de valores, así como el real decreto que la desarrolla el catorce sesenta y cuatro dos mil dieciocho de veintiuno de diciembre, mientras que en relación con el derecho privado, tendremos principalmente el código de comercio y a su vez, por aplicación del artículo cincuenta precisamente de dicho código de comercio, también Será de aplicación supletoria el código civil en lo que se refiere a la contratación privada a los contratos que se suelen firmar en el ámbito de la renta fija y de la renta variable, los contratos como hemos apuntado fundamentalmente, tendrán un carácter privado y podemos destacar el contrato de comisión bursátil, el contrato de compraventa bursátil o el contrato con crédito al mercado que puede ejercitarse como comprador o como vendedor, incluido la utilización del conocido apalancamiento que nos permite comprar grandes cantidades de activos o incluso ponerlos a la venta con cantidades de las que no disponemos en el momento en el que realizamos dicha operación, el conocido apalancamiento tan utilizado en estos ámbitos, pero para el que desconoce y el que no es de uso habitual, una verdadera mecanismo, una verdadero medio muy arriesgado, bien, hasta aquí el análisis que hemos querido realizar sobre los mercados financieros, de crédito y de valores y la contratación en dicho ambito.