Ejercicio Resuelto 5 Delito de Aborto
Lorena esta embarazada de 21 semanas, a pesar de ello, monta a caballo de manera frecuente y decide salir a pasear con su caballo por el campo. Durante el paseo, el caballo de Lorena se asusta porque ve una serpierte y Lorena se cae al suelo. A consecuencia de la caída, días después empieza a sangrar y pierde el bebé que esperaba.
En base al caso anterior contesta la siguientes preguntas:
A) ¿Ha cometido Lorena algun tipo de delito? ¿Esta conducta es punible?
B) En el hipotetico caso de que la caída le hubiese ocasionado al bebé problemas muy graves de salud. ¿Estaba Lorena en plazo para abortar?
A) ¿Ha cometido Lorena algun tipo de delito? ¿Esta conducta es punible?
En este caso, nos encontramos con un aborto imprudente, la mujer embarazada, en este caso Lorena, no puede ser castigada por un acto imprudente que ella misma ha cometido y que por ello ha ocasionado la perdida del bebé. El aborto por imprudencia grave, que provoque la muerte del feto, será castigado si es por imprudencia profesional, lo que puede suponer una inhabilitación profesional. Solo se castiga la conducta de terceros y en este caso no los hay. Por lo tanto, no es un acto punible.
B) En el hipotetico caso de que la caida le hubiese ocasionado al bebé problemas muy graves de salud. ¿Estaba Lorena en plazo para abortar?
Según el art. 15 de LO 2/2010, desde la semana 14 hasta la semana 22 se recoge la posibilidad de abortar siempre por causas médicas. Las 22 semanas son marcadas por el umbral de viabilidad fetal, es decir, que el feto fuera del útero tiene probabilidades de vivir. Por lo tanto, si en estas semanas existen riesgos de graves anomolías en el feto, bajo un dictamen médico, se podrá llevar a cabo el aborto, siempre que haya dos especialistas distintos en el proceso. Por lo tanto, en el caso que la caida le provocase al feto graves problemas, Lorena tendría la posibilidad de abortar.
Respuesta correcta: Explicación de arriba.