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Ejercicio Resuelto Sujetos y Actores Internacionales

Marca la opción correcta en lo referente a las siguientes afirmaciones acerca de sujeto internacional y actor internacional:


A) El actor internacional tiene capacidad para actuar en el ámbito de las relaciones internaciones en referencia a todas las decisiones.

B) El sujeto internacional no es poseedor de derechos y obligaciones derivadas del ordenamiento jurídico internacional.

C) El sujeto internacional es poseedor de derechos y obligaciones derivadas del ordenamiento jurídico internacional y por ende puede participar en la creación de normas, así como en la relación de sujetos y reclamaciones de carácter internacional.

D) A y C son correctas.




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A) El actor internacional tiene capacidad para actuar en el ámbito de las relaciones internaciones en referencia a todas las decisiones.


El actor internacional tiene capacidad para actuar en el ámbito de las relaciones internacionales pero no en referencia a todas las decisiones que afecten a éstas, sino a decisiones concretas, ya que para ello deberán darse distintos criterios para delimitar su actuación, tales como la naturaleza territorial (estado) o naturaleza funcional (organizaciones o empresas multinacionales), así como la importancia internacional que podrán ser primarios o principales y secundarios o menores. Por lo tanto, esta no es la opción correcta.


B) El sujeto internacional no es poseedor de derechos y obligaciones derivadas del ordenamiento jurídico internacional.


La teoría pura del derecho internacional, elaborada por Hans Kelsen, vincula la noción de sujeto internacional con el ámbito de validez personal de la norma jurídica internacional, lo cual implica que se obtendrá esta condición si es que se poseen derechos y obligaciones jurídicas internacionales directos, es decir, es suficiente que una norma jurídica prevea una conducta suya como contenido de un derecho o de una obligación. Por lo tanto, esta no es la opción correcta.


C) El sujeto internacional es poseedor de derechos y obligaciones derivadas del ordenamiento jurídico internacional y por ende puede participar en la creación de normas, así como en la relación de sujetos y reclamaciones de carácter internacional.


Como hemos señalado en la respuesta anterior, el sujeto internacional tendrá esta condición si es capaz de de poseer derechos y obligaciones jurídicos internacionales directos y, debido a ello, como sujeto internacional tiene capacidad de participar en la organización, creación y cambio de normas internacionales, así como en las relaciones internacionales con otros sujetos internacionales, además de hacer valer sus derechos mediante una reclamación internacional, sólo tienen reconocida esta condición de sujeto internacional los estados, con la única excepción de la Santa Sede. Por lo tanto, esta respuesta es correcta


D) A y C son correctas.


La opción A, por lo señalado en la explicación, contradice la propuesta, por lo tanto, no es una opción correcta, aunque por el contrario, la alternativa C sí concuerda con la explicación, así que esta opción sería correcta, pero en lo relativo a si esta alternativa es la correcta no lo sería debido a que estamos ante una opción incorrecta y otra correcta.


Respuesta Correcta: Opción C.

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