Ejercicio Resuelto Violencia Habitual contra Personas Vinculadas al Agresor
El pasado 27 de Julio, Mercedes acudió a la consulta de su médico de cabecera acompañada de su marido Rodolfo. Durante la consulta Rodolfo insultó y humilló a Mercerdes en diversas ocasiones. A la salidad de la consulta, la cogió muy fuerte por la nuca, ocasionándole un hematoma. Al día siguiente, Mercerdes fue a denunciarlo alegando que desde que comenzarón su vida en común la sometió a diversas humillaciones y vejaciones, así como a un control estricto donde no podía salir a ver ni a su familia ni a sus amigos.
Contesta a las siguientes preguntas:
A) ¿Ante que delito nos encontramos? ¿Cúal es su conducta típica?
B) ¿Puede existir una agravación de este delito?
A) ¿Ante que delito nos encontramos? ¿Cúal es su conducta típica?
Nos encontramos ante un delito del art. 173.2 del CP, que castiga la violencia habitual contras personas vinculadas al agresor, dentro de los delitos contra la integridad moral. Por lo tanto, el bien jurídico que se protege en esta situación no es la salud o la integridad corporal, sino la integridad moral, de no ser tratado de manera denigrante. La conducta típica del delito se basa en la habitualidad de ejercer esta violencia física o psíquica sobre alguna persona del entorno familiar.
B) ¿Puede existir una agravación de este delito?
Sí, pueden existir agravantes. En el segundo párrafo del artículo 172.3 del CP, se dice que se impondrá una pena en su mitad superior cuando: 1. El delito se cometa delante de menores; 2. Se utilicen armas; 3. Los actos se lleven a cabo en el domicilio común o en el de la víctima y 4. Cuando haya un quebrantamiento de la condena.
Respuesta correcta: Explicación de arriba.