El Cierre Patronal: Concepto y Clases
En este vídeo vamos a hablar del Cierre Patronal, Concepto y Clases.
Lo primero que tenemos que saber es la definición del cierre patronal y es que un cierre patronal es una medida de presión laboral ejercida por el empresario frente a los trabajadores, que consiste en el cierre de manera temporal, del centro de trabajo o del establecimiento laboral.
Esta medida de presión exclusivamente puede ser ejercido por el empresario frente a los trabajadores y tiene que ser siempre de manera temporal para que se pueda considerar legal.
Bien, puede darse como medida ante los conflictos que pueda tener un empresario frente a sus trabajadores y existen dos tipos de cierre patronal.
Por un lado, vamos a tener lo que viene siendo el Cierre patronal defensivo, que se usa para defenderse ante una huelga u otro tipo de conflicto con la exclusiva finalidad de preservar tanto a las personas, es decir, a los trabajadores y a los bienes de las consecuencias desproporcionadas que pueden derivar del ejercicio del derecho a la huelga, es decir, el defensivo, como su propio nombre indica, es para defenderse de una huelga que a lo mejor no están haciendo sus trabajadores o de cualquier otro tipo de conflicto que puede dañar y que saben que va a dañar tanto a las personas como a los bienes del centro de trabajo, es decir, estas huelgas que son generales, que se hacen "Huelga de trabajadores a nivel estatal", por ejemplo, pues hay personas, empresarios
que deciden cerrar sus locales, sus establecimientos, sus centros de trabajo porque en esas huelgas, pues muchas veces hay boicot y se va la huelga a unos niveles de una gravedad importante y pueden romper ventanas, agredir a los trabajadores, incluso muchas veces ha salido en las noticias que en estas huelgas, las personas que la llevan a cabo ponen pegamento en las cerraduras para que no puedan abrir los empresarios locales, etcétera.
Entonces, en este caso, este cierre sería defensivo, pero luego tenemos otro tipo de cierre que es un cierre patronal ofensivo, que es aquel que es usado por el empresario para imponer sus condiciones de trabajo a sus propios trabajadores.
Es aquel que también se adopta durante una huelga sin razon o una causa legal que lo justifique, es decir, en este caso sería completamente injustificado, porque en el otro evidentemente hemos dicho que lo que se hace es defender, proteger a la empresa y a los bienes de la empresa, pero en este caso lo único que se hace básicamente es querer molestar, fastidiar a los trabajadores porque no están siguiendo las condiciones que está imponiendo el empresario.
Vamos a hablar del fundamento constitucional de lo que viene siendo el cierre patronal, está recogido en el artículo treinta y siete punto dos de la Constitución Española, donde se reconoce el derecho de los trabajadores y del empresario para adoptar medidas durante un conflicto, pero ¿Este cierre patronal qué diferencia puede tener con la huelga con la que se pueden defender los trabajadores?
Pues bien, la diferencia sería las siguientes.
Por un lado tendríamos la Libertad de Trabajo y es que el cierre patronal afecta a toda la plantilla, cosa que no ocurre en la huelga ¿Por qué?
Porque una huelga la pueden llevar a cabo algunos y no siempre puede ser que se lleven la totalidad, es decir, sí una plantilla tiene quinientos trabajadores, quizás la huelga la hacen solamente cincuenta, por lo tanto, no va a afectar a la libertad del trabajo.
Por otro lado, existe una falta de reivindicación en el cierre sin embargo, en la red, en la huelga se está reivindicando unos objetivos y el cierre patronal no tiene esa reivindicación sino simplemente es una defensa y no sólo, y no siempre, perdón, en todos los de los cierres sino solamente en aquellos que sean defensivos.
Y luego tenemos distintos fundamentos, es decir, la huelga intenta equilibrar las situaciones, pero el cierre es una medida de poder del empresario, es decir, es una medida más bien inquisitiva que tienen que acatar los trabajadores, es decir, la huelga intenta equilibrar, intenta poner en el mismo lugar ambos bandos, pero en el cierre patronal sí el empresario decide cerrar, va a afectar de manera radical a los trabajadores.
Y por lo tanto, también tenemos por último, Distintos Titulares, en el cierre patronal exclusivamente vamos a tener a los empresarios porque evidentemente los trabajadores no pueden cerrar un local y por otro lado, en la huelga solamente vamos a tener lo que viene siendo a los trabajadores, es decir, una huelga no la va a hacer un empresario, que pueden hacerlas, pero no a nivel de un sector en concreto, sino a lo mejor a nivel general hay empresarios que pueden reivindicar y hacer una huelga para defender sus derechos como empresarios, pero por regla general, son los trabajadores de manera exclusiva los que llevan a cabo las huelgas.