El Contrato de Trabajo: Concepto, Características y Ámbito de Aplicación
En este video vamos a hablar del contrato de trabajo.
Lo primero que vamos a explicar es su definición y las características.
¿Qué es un contrato de trabajo?
Pues bien, un contrato de trabajo es el acto de voluntad que constituye la relación de trabajo, que es evidentemente el contrato de trabajo.
Esto lo que va a hacer es generar que haya unos derechos y unas obligaciones que las vamos a denominar la relación laboral que tiene lugar cuando se concierta un tipo de trabajo específico del que el trabajador va a ser dependiente y lo va a hacer por cuenta ajena.
Resumiendo, es un acto de voluntad que constituye una relación de trabajo, generando por lo tanto unos derechos y unas obligaciones, que es lo que vamos a conocer de ahora en adelante como relación laboral y que solamente se dan para un trabajo específico, es decir, los contratos de trabajo se hacen para trabajos que son específicos.
No todos los contratos son iguales porque no todos los trabajos son iguales.
Bien, como vemos, un trabajo específico es igual a
que el trabajo es dependiente y por cuenta ajena.
Existen unos requisitos de validez para poder entender que un contrato es eficaz y evidentemente es válido, estos requisitos son los mismos para cualquier tipo de contrato, es decir, la constitución del contrato tiene que ser con estos requisitos, independientemente de que sea un contrato destinado al mundo de la hostelería, al mundo de las construcción, al mundo de la educación va a dar igual.
Los requisitos son los mismos, el contenido es lo que cambia.
Bien, y los requisitos son, pues que tiene que haber un consentimiento, un objeto y una causa, vale, el consentimiento y el objeto es para que el empresario del que se trata y para el trabajador va a consistir en la remuneración, es decir, el empresario va a dar un trabajo y entonces quiere percibir unos servicios por parte de ese trabajador y el trabajador, por lo tanto lo que quiere recibir de prestar esos servicios ¿Qué es?
Pues evidentemente un salario, una remuneración y por lo tanto tiene que haber una causa, que es el interés económico y social del contrato.
Evidentemente, el empresario lo que quiere es beneficiarse de contratar a una persona que va a trabajar para el, pues esa sería la causa.
Todo esto está regido por el principio de espiritualidad, que lo que hace es que se crean unas relaciones de facto que se rigen por este tipo de principio, es un tipo de principio en el que básicamente es yo te doy, tú me das, básicamente sería eso.
¿Dónde se puede encontrar su regulación, qué lo que regula y dónde se regula?
Pues bien, sería lo siguiente, lo que regula este tipo de contratos en general, son los elementos esenciales de los cuales se va a generar y puede dar lugar a que exista una relación de trabajo.
Sí no existe ninguno de los requisitos que acabamos de mencionar consentimiento, objeto y causa, es decir, en el momento en que falte alguno de los requisitos, va a existir una nulidad relativa, ¿Esto qué quiere decir?
Pues que el contrato va a ser nulo por alguna de las partes.
¿Qué ocurre si un contrato es nulo?
Pues bien, el trabajador en este caso podrá exigir que el tiempo que ya haya trabajado, es decir, el tiempo que haya prestado sus servicios, pueda recibir una remuneración y por lo tanto, automáticamente, hacer que ese contrato sea valió.
Esto lo encontramos recogido en el artículo nueve punto dos del Estatuto de los Trabajadores.