El Despido Objetivo
En este vídeo vamos a hablar del Despido Objetivo.
Lo primero que tenemos que saber son unos pequeños conceptos generales y es que este es el tipo de despido que por regla general, se suele utilizar para finalizar un contrato laboral.
Este despido ocurre por las circunstancias ajenas al trabajador, ya que es el empresario quien decide rescindir la prestación del trabajo por el trabajador recogida en el artículo cincuenta y uno del Estatuto de los Trabajadores, es decir, es el jefe quien decide que ese trabajador ya no va a seguir trabajando para él, como hemos dicho,está recogido en el artículo cincuenta y uno del Estatuto de los Trabajadores y es el contrato de trabajo, en primer lugar, puede extinguirse por una inaptitud del trabajador, lo cual se puede entender que es reconocida o que vienen sobrevenida por los actos que hace el trabajador o por algún tipo de incapacidad a la hora de realizar el trabajo, es decir, normalmente el artículo cincuenta y uno nos dice que la ausencia de la capacidad a la hora de cumplir lo acordado en el contrato va a permitir al empresario al jefe o empleador que unilateralmente puedan rescindir la relación laboral, es decir, el contrato en primer lugar se va a extinguir porque el trabajador no está cumpliendo con las actitudes que se habían acordado en un principio y esto nos lleva a decir lo siguiente y es que existe también un periodo de prueba vale, que está recogido en el artículo cincuenta y uno punto B del Estatuto de los Trabajadores, donde nos dice que se tiene que, para poder rescindir el contrato del trabajador se tiene que haber superado este periodo de prueba, que
normalmente suele estar entre los catorce, quince días o un mes desde que se empieza a trabajar o que también puede haber una serie de cambios tecnológicos que la empresa debe incorporar y el trabajador ha demostrado una falta de esta capacidad que hacen justificadas las causas del despido.
También el empresario tiene que otorgar al trabajador unos cursos de adaptación para que pueda seguir el ritmo o pueda entender cómo está funcionando toda la organización y el funcionamiento de la empresa, sí a pesar de haberle otorgado este tipo de adaptación, este tipo de cursos y habiendo pasado el periodo de quince días aún así el trabajador es incapaz de poder hacerse con las obligaciones que se le son impuestas, pues entonces el empresario puede perfectamente despedir al trabajador.
Ahora, también existen las faltas de asistencia al trabajo y este sería otro de los motivos por los que puede ocurrir un despido objetivo, siempre que el cómputo de las faltas sean de más de un veinte por ciento de las horas en un mes o de cuarenta y cinco por ciento de las horas en un años, es decir, que vaya acumulando faltas de asistencia, pero sobre todo, hay que tener en cuenta que estas faltas tienen que ser injustificadas, porque sí hay algún motivo por el que el trabajador falte algún día trabajo está justificado como sea algún tipo de problema familiar, fallecimiento de algún familiar, los problemas de salud, que tenga citas médicas, etcétera, esas faltas de asistencia al trabajo no se considerarían computables a la hora de tener en cuenta en los porcentajes que hemos dicho, bien.
Y ahora vamos a hablar de las formas del despido.
Para que el despido sea legal, el despido objetivo tiene que cumplir con ciertos requisitos, vale y es que el empresario debe llevar a cabo el despido de las siguientes maneras: La primera de ellas es que el despido tiene que realizarse de forma escrita y tiene que explicar en todo momento la causa por la que se está despidiendo al trabajador, es decir, por regla general los empresarios, las empresas mandan una carta o le dan una carta en mano al trabajador donde les notifican su despido, aunque ha tenido que haber antes un previo aviso, como ahora veremos y ahí le explican el motivo del despido.
Además tienen que poner a disposición del trabajador y la indemnización correspondiente al momento está en veinte días por año trabajado, luego también cuando exista una causa, cuando el despido sea por una causa económica en estos casos se permite que la puesta a disposición del trabajador se posponga a la tramitación del procedimiento que se tiene que llevar a cabo, es decir, en estos casos, cuando te despiden porque la empresa está alegando alguna causa económica porque están recibiendo menos beneficios, existe una averiguación patrimonial por parte de la jurisdicción social para ver sí es cierto que esos motivos son válidos para despedir al trabajador, porque si no, en el caso de que mienta el empresario a la hora de despedir al trabajador de esa manera estaríamos ante un despido que sería improcedente, pero no objetivo.
Además el despido no se te puede avisar de un día para otro, sino que tiene que haber una constancia de quince días de antelación, es decir, tiene que existir un preaviso.
Además, tenemos que saber que la demanda se tiene que plantear ante la jurisdicción social en un plazo de veinte días, es decir, sí el trabajador no está conforme, desde que le notifican el despido, tiene veinte días para presentar una demanda ante la jurisdicción social y en el caso de que el despido se considere nulo dado que haya en juego alguna maternidad, enfermedad o atenta contra algún tipo de derecho del trabajador, en este caso tendríamos la opción de que el trabajador sea readmitido de manera inmediata a su trabajo.