Incapacidad Laboral Temporal
En este vídeo vamos a hablar de la Incapacidad Laboral Temporal.
Lo primero que tenemos que saber es su concepto, y es que esta incapacidad laboral temporal se produce cuando un trabajador tiene que recibir asistencia sanitaria de manera puntual por una enfermedad o un accidente y a consecuencia de esta enfermedad o de este accidente, el trabajador no va a poder desempeñar su trabajo de manera habitual y de manera normal, como seguía haciendo, como estaba haciendo hasta el momento de haber sufrido, pues esta enfermedad o este accidente.
Bien, la incapacidad conocida también como baja médica, puede tener una duración de seis meses, de doce meses, es decir, de un año y puede ser prorrogable hasta seis meses más.
Excepcionalmente tenemos que decir que se puede prorrogar hasta ciento ochenta días más, pudiendo llegar en total hasta los veinticuatro meses de baja que son los dos años, es decir, cuando tú te vas de baja te van a dar de baja doce meses, sí después de esos doce meses todavía no te has recuperado, sigues teniendo secuelas, sigas teniendo que hacer algún tipo de rehabilitación, pues se pueden prorrogar seis meses más, sí a pesar de esos seis meses más todavía no estás curado del todo, tienes secuelas, te pueden llegar a prorrogar otros seis meses más, que son los ciento ochenta
días.
Sí después de esos dos años no te has recuperado completamente, ya no estaríamos hablando de una incapacidad temporal, sino que tendríamos que hablar de una incapacidad permanente.
Bien, ¿Quién puede ser el beneficiario de esta incapacidad temporal?
Pues bien, como vamos a ver, puede ser solicitada por cualquier trabajador que cumplan los siguientes requisitos, puede ser para trabajadores que estén en situación de alta o de alta asimilada, es decir, tienen que estar dado de alta en la Seguridad Social, tienen que ser trabajadores que estén trabajando en ese momento y que tienen que haber cotizado mínimo ciento ochenta días en los casos de accidentes, vale, sí es por una enfermedad, es todo, el mínimo de los ciento ochenta días, no haría falta cumplirlo, solamente sería necesario que estén dados de alta.
Bien, ¿Cuánto se cobra con una incapacidad temporal?
Es decir, ¿Cuál es el subsidio económico que se te queda?
Pues bien, durante el tiempo de baja médica, el contrato queda suspendido y en estos casos el trabajador puede recibir, como hemos dicho, un subsidio económico para que no tenga un perjuicio tan elevado, el hecho de estar de baja.
Como vamos a ver, puede ser de un setenta y cinco por ciento de la base reguladora por una enfermedad profesional o accidente laboral.
Puede ser de un sesenta por ciento desde el cuarto día hasta el día veinte de incapacidad por una enfermedad común, es decir, pues por ejemplo, como el cáncer, una depresión, cualquier enfermedad, una gripe que se haya convertido una neumonía, en los casos de covid, por ejemplo, pues en estos casos, se puede recibir un sesenta por ciento desde el día cuatro hasta el día veinte de incapacidad y de un setenta y cinco por ciento de la base reguladora, cuando se supere el veintiun por ciento de incapacidad de los días que se lleva incapacitado.
Bien, Extinción de la Incapacidad Temporal, se pierde con ello evidentemente, el derecho al subsidio económico en los siguientes casos, evidentemente, porque ya han transcurrido los plazos máximos, porque evidentemente, tú no puedes estar de baja toda la vida y puedes estar recibiendo un subsidio, solamente vas a estar recibiendo el subsidio mientras que estés dado de, mientras éstes por una baja médica, sí la baja médica se termina, se termina el subsidio económico y de ahí deriva el alta médica.
Comenzar a recibir una pensión de jubilación en el momento en el que estás de baja por una incapacidad temporal, te puedes dar de baja y justo en ese margen de tiempo, llegar a cumplir la edad para poder jubilarte, entonces, en el momento en el que te jubilas te van a dar tu pensión de jubilación y en ese momento se va el subsidio económico por la incapacidad o por una incapacidad laboral permanente, que en estos casos al recibir una incapacidad laboral permanente, te van a poner una pensión fija en base a los porcentajes de las incapacidades laborales permanentes, que son distintos a los de la temporal, evidentemente, por una incapacidad permanente el subsidio será mayor.