Introducción a las Medidas de Autotutela y Procedimientos Institucionalizados
Hoy vamos a hablar sobre los procedimientos para asegurar la aplicación de las normas internacionales, como son las medidas de autotutela y los procedimientos institucionalizados.
Cuando un sujeto jurídico internacional.
es decir, un Estado, una organización internacional pretende la aplicación y la ejecución de una norma internacional o la reparación ante la norma violada, los procedimientos de los que puede valerse al objeto de reclamar la debida aplicación del derecho internacional son de doble naturaleza.
Por un lado, tenemos los procedimientos descentralizados y, por otro, los procedimientos institucionalizados.
En primer lugar, hablamos sobre los procedimientos descentralizados, que son
aquellos procedimientos a través de los cuales son los Estados directamente quienes pretenden reclamar la debida aplicación del derecho internacional, el reconocimiento de un derecho del Estado o la reparación ante un hecho internacionalmente ilícito.
Dentro de estos procedimientos descentralizados cabe diferenciar entre dos, por un lado, la protección diplomática y, por otro, las medidas de autotutela.
La protección diplomática consiste en la representación directa de las reclamaciones por parte de un Estado ante las autoridades del Estado del que se pretende una determinada conducta.
Por Su parte, estas medidas de autotutelas a las que hacemos referencia son medidas a través de las cuales un Estado incrementa su nivel de presión sobre el Estado infractor.
Y ello de dos maneras: En primer lugar, a través de la realización de medidas lícitas pero extremas, vamos a dejarlo aquí indicado, legal, lícito, pero extremo y en el segundo caso, a través de medidas ilícitas pero que resultan controladas por la existencia de un hecho ilícito previo por parte de otro Estado algo parecido como la legítima defensa, por lo tanto y ilícito en segundo lugar, ilícito, pero condonado, dentro de estas medidas de autotutela destacan tres: serían la ruptura de las relaciones diplomáticas, las medidas de retorsión y las represalias o contramedidas.
Aquí las encontramos todas, por su parte, los procedimientos institucionalizados son aquellos adoptados por una organización internacional en el marco de sus competencias de ahí que vengan de una institución y que no sea algo destabilizado, como en los casos anteriores.