IVA: Características, Funcionamiento y Tipo de Gravamen
El impuesto sobre el valor añadido es un impuesto indirecto introducido en mil novecientos ochenta y seis, cuando España entró en la Comunidad Económica Europea, que recae sobre el consumo y que graba las entregas de bienes y prestaciones de servicios, como una de las cosas más típicas.
Prácticamente todas las operaciones están sujetas a IVA, las adquisiciones intracomunitarias de bienes, las importaciones de bienes.
Es un impuesto instantáneo de objetivo de igual a persona o empresa a la que se le aplique, se aplica en península y en Baleares y sin
embargo, en Canarias y en Melilla no se aplica.
En Canarias tienen el Impuesto General Indirecto Canario que es este el “IGIC”.
Este IVA se aplica, se calcula aplicando un porcentaje que se llama tipo de gravamen o tipo impositivo a una base imponible, que normalmente coincide con el precio de adquisición.
Los tipos de gravamen en España son tres, el general, el reducido y el superreducido.
El superreducido se aplica a los bienes de primera necesidad, como pueden ser los, el agua, el pan.
El reducido a la alimentación en general, salvo bebidas, al transporte y el veintiuno es el más común, es al resto, lo que no estén incluidos ni aquí ni aquí.
El IVA graba el valor incorporado en las distintas fases de producción y distribución y lo graba, pues a cada uno de los empresarios y después esos empresarios tienen que liquidar cuentas con Hacienda.
Cuando se abonan IVA de productos y de compras, de ventas, de prestación de servicios, es decir, recibe IVA en las compras, estamos hablando de que el empresario soporta IVA, este soporte de IVA se recoge en una cuenta que se llama Hacienda Pública; IVA soportado.
Sin embargo, cuando el empresario transmite IVA o servicios, está repercutiendo un IVA y este IVA se recoge en la cuenta cuatro siete siete, Hacienda Pública, IVA repercutido.