Quebrantamiento del Secreto Profesional
En este video vamos a hablar del quebrantamiento del secreto profesional.
Lo primero que tenemos que saber es ¿dónde se encuentra recogido?
Pues bien, se encuentra recogido en el artículo ciento noventa y nueve del código penal y este nos dice que pueden existir dos tipos de figuras delictivas y vosotros diréis ¿cuáles son?
Pues bien, son las siguientes, Son aquellas figuras delictivas donde el núcleo radica en el deber de custodia y privacidad, además de la relación de confianza que se tiene con la persona a la que se le deposita o se le cuenta ciertos contenidos como son los decretos, bien, ahora vamos a ver cuáles son las figuras delictivas que nos podemos encontrar en este tipo de delitos, bien, el primero de estas figuras es el conocido como el secreto, qué se entiende por razón de oficio o por relación laboral, bien, ¿que nos dice este tipo de delitos?
Pues lo que nos dice es lo siguiente, y es que el secreto que se ha revelado ha sido en función a una relación que se tiene laboralmente o por el oficio de la persona ¿donde se encuentra este tipo de delitos?
Pues bien, en el apartado primero del artículo mil novecientos noventa y nueve del código penal, como hemos dicho antes, pero en su apartado primero en concreto, bien, entonces, ¿cuál es el objeto de la acción en este en este tipo de casos?
Pues sería el siguiente, y es que los secretos ajenos que son conocidos por el sujeto es debido a
la relación que tienen, como por ejemplo, la relación que se tiene entre un paciente y un médico, o entre un cliente y un abogado, ahí es dónde estaríamos encasillando este tipo de relación, bien, ahora la información obtenida en este tipo de casos siempre, siempre, siempre es de forma lícita, hay que recordar esto porque si no se obtiene de forma lícita, estaríamos entre otro tipo de delitos, que es el descubrimiento de documentos, bien, ahora vamos a pasar a hablar de lo que sería la conducta típica, bien, la conducta típica sería la siguiente y es que se tiene que transmitir el secreto a alguien que no esté autorizado ¿esto qué significa?
Pues bien, implica que el hecho resulte típico ¿por qué?
Pues bien resulta típico, a pesar de que se haya terminado esa relación, como por ejemplo, como he comentado anteriormente cliente que termina una relación porque, por ejemplo, el pleito ya se ha acabado con su abogado bien, en este caso el abogado puede pensar, bueno, pues como ya no le tengo en el despacho, como ya no es mi cliente, como el caso está cerrado, puedo comentar lo que me ha pasado con este cliente de error, nunca, nunca, nunca se puede comentar lo que un cliente te cuente, por eso decimos que el hecho sería típico aunque la relación profesional haya terminado, bien, entonces, ahora que podemos decir acerca de la pena de estos delitos pues decimos lo siguiente, y es que la pena de prisión tiene que ir de uno a tres años, es la posibilidad que nos baraja el código penal o una multa de seis a doce meses, este baremo dependerá de cómo se ha de grave la infracción que se ha cometido, claro, bien, ahora vamos a hablar del secreto profesional ¿dónde encontramos el secreto profesional?
Pues bien, lo encontramos justo seguido de lo que viene siendo el secreto conocido por relación de oficio o laboral, es decir, en el apartado dos del artículo ciento noventa y nueve del código penal bien, ¿qué diferencia podemos encontrar con el anterior supuesto?
Pues la diferencia fundamental sería que es que el sujeto activo en este caso tiene que ser sí o sí un profesional que de alguna manera está incumpliendo la obligación de sigilo, que es lo que hemos comentado anteriormente del cliente con el abogado, la diferencia está en que los abogados son personas autónomas, entonces hay que tener en cuenta que hay que acudir a la normativa de cada profesión, este ejemplo lo podemos ver mucho más claro en las circunstancias como pueden ser un médico paciente, por ejemplo, un médico que sabe que uno de sus pacientes tiene una enfermedad por ejemplo, de transmisión sexual y lo quiere contar a modo de cotilleo, evidentemente, ahí está incumpliendo la obligación de sigilo, por otro lado en este mismo ámbito que viene siendo la salud, podríamos encontrar una causa de justificación y es que el paciente, por ejemplo, tenga un estado de necesidad ¿esto que quiere decir?
Pues bien, quiere decir, por ejemplo, que si esta persona tiene una enfermedad infecciosa, como puede ser, por ejemplo, la hepatitis, que hay casos en los que puedes muy agresiva, el médico tiene el deber de comunicarlo tanto a sus compañeros como a el núcleo cercano de la persona, al igual pasa con las personas que tienen VIH, es necesario que se tenga que saber para poder obtener unas precauciones.