Representatividad de las Asociaciones Empresariales
En este vídeo vamos a hablar de la Representatividad de las Asociaciones Empresariales.
En concreto vamos a empezar hablando de la mayor representatividad de estas asociaciones.
Tenemos que decir que encontramos recogida este tipo de representatividad en el artículo ochenta y siete punto tres de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que expresa lo siguiente y es que se le otorga legitimación a estas empresas, a estas empresas con mayor representatividad para negociar los convenios colectivos a las asociaciones empresariales que cuenten con un diez por ciento de los empresarios y que además, tengan el mismo porcentaje de trabajadores.
Bien, ese diez por ciento siempre es que estén en una ocupación al igual al porcentaje de trabajadores afectados, es decir, es un diez por ciento de los empresarios, pero siempre en esa empresa tiene que haber también un diez por ciento de trabajadores que se vean afectados y que también tengan un sindicato.
Bien, continuemos, para que las asociaciones puedan tener un nivel de mayor representación a nivel de comunidad autónoma en vez de un diez por ciento que, el diez por ciento va a ser para un nivel estatal, vale, es decir, esto siempre es más importante que a nivel de comunidad autónoma,
a ver es importante las dos cosas, pero tiene mayor relevancia a nivel de a nivel de estatuto, bien, a nivel de Estado perdón.
Se requerirá un quince por ciento en los casos en los que se quiera tener la mayor representatividad a nivel de comunidad autónoma, tanto de los empresarios como de los trabajadores y no deben estar previamente integrada en federaciones de un ámbito estatal, es decir, para que una asociación empresarial tenga una mayoría de representatividad a nivel de comunidad autónoma, lo primero es que tiene que conseguir el quince por ciento y lo segundo es que no puede estar integrada ya en una asociación empresarial que sea de ámbito estatal, es decir, que tiene que ser, tiene que ser libre por su cuenta, vaya, por lo tanto, las asociaciones empresariales más representativas van a tener lo siguiente.
Ostentarán una representación institucional en la defensa de los intereses generales de los empresarios ¿Ante quién?
Pues evidentemente, ante las administraciones públicas y otros organismos, vale, es decir, estas asociaciones van a tener un poder especial donde se van a juntar ciertos empresarios para poder defender sus derechos ante las administraciones públicas.
Bien, vamos a hablar de las capacidades que tienen estas asociaciones empresariales con mayor representatividad que, como ya hemos dicho anteriormente, son las siguientes: Gozan de capacidad para obtener cesiones temporales del uso de inmuebles patrimoniales públicos para el uso de la empresa, vale, es decir, estas asociaciones pueden terminar o gestionar a su libre albedrío por decirlo de alguna manera, el uso de inmuebles patrimoniales que son de carácter público para el uso de este tipo de asociaciones, es decir, para reunirse pueden disponer de bienes patrimoniales públicos para un poder tener un lugar donde crear esta asociación empresarial, vale.
Y luego, aunque no existe un listado de funciones, como por ejemplo en los sindicatos de trabajadores aquí al igual que en ellos de la ley podemos sacar lo siguiente y es que, base al artículo que ya hemos mencionado el ochenta y siete punto tres de la Ley del Estatuto de los Trabajadores estas asociaciones están legitimadas para negociar los convenios de ámbito superior a la empresa cuando cuenten con el diez por ciento de la representación, como sabemos a nivel estatal o un quince por ciento a nivel de comunidad autónoma, en ese caso podrán negociar los convenios de carácter superior y también van a poder interferir en los asuntos de las administraciones públicas pero contando con que tienen que tener siempre un mínimo del quince por ciento, es decir, cuando se tiene el diez por ciento no se puede intervenir, tienes que tener siempre un mínimo del quince por ciento de la representación total para poder intervenir en los asuntos en los que se esté llevando a cabo a raíz de una administración pública.