Tratamiento Contable de las Prestaciones de Servicios con IVA
En el caso de los servicios igualmente, igual que las ventas, se contabiliza el ingreso y el IVA con independencia del cobro.
El asiento tipo cuando el ingreso es la actividad principal, como hemos comentado anteriormente, es, utilizamos la cuenta, prestación de servicios y la contrapartida siempre va a ser un cliente, porque es mi actividad principal.
Si es un servicio accesorio o adicional, la contrapartida será un
deudor.
Estas cuentas de ingresos devengan IVA repercutido.
Cuando cobramos del cliente, hacemos bancos a clientes, esta cuenta, si tenían, por ejemplo, un apunte de diez, al apuntarla al “haber” de diez, se queda con saldo nulo.
Operaciones de compra con cobro anticipado serían estas de aquí, anticipo de clientes, Hacienda Pública, IVA repercutido y esto también es aplicable a las ventas, pero también a la prestación de servicios contra el banco, repercutido.
Imaginamos una empresa, que se dedica a prestar servicios de lavandería, pero que ha decidido alquilar un local que tiene a un tercero como por un mes, pues aparecerá en la cuenta ingresos por arrendamiento, son ingresos extras por arrendamientos, vamos a poner mil euros, Hacienda Pública, IVA repercutido dos cientos diez, mil doscientos diez, clientes, en este caso, clientes no sería como hemos comentado antes, serían deudores, porque no es mi actividad principal y la cuenta es la cuatro cuarenta.