¡Descarga preguntas de examen final, derecho romano. y más Apuntes en PDF de Derecho Romano solo en Docsity! Enumere y dé un concepto de las fuentes del Derecho arcaico (Ius civile). 1. La ley de las XII tablas, una ley que trataba de mejorar la convivencia entre los cives en Roma. 2. Interpretatio Pontificum, se basa en las figuras de los pontífices, los cuales fijaban el calendario judicial y aplicaban el derecho. 3. Mores Maiorum, el conjunto de las reglas que debían seguir-se. Explique las características del Ius civile. - Es austero y rígido. - Tiene un carácter patriarcal. - Su exclusivismo. Explique los criterios de distinción entre ius civile- ius gentium y ius civile-ius honorarium. ius civile e ius gentium son que por su ámbito de aplicación, tras la concesión de la ciudadanía romana a todos los habitantes del imperio, cesa el interés por el ius gentium. ius civile y el ius honorarium son que por su fuente de producción, ésta agota su capacidad creadora en el año 130 d.C. cuando Salvio Juliano, por orden de Adriano, redactó el Edicto Perpetuo. La consecuencia es que el Ius Honorarium se estabiliza con el Edictum Perpetuum. Ius Honorarium o Praetorium: explicar concepto, origen y funciones. su origen durante el periodo de la República, con este se quiso corregir el Ius Civile para que fuera más útil y fue creado por la figura del pretor. Ius Gentium: explicar origen, desarrollo y caracteres. se crea para suplir la necesidad de establecer relaciones con otras provincias y pueblos romanos. En este Ius se tiene en cuenta las propuestas y peticiones de los cives, y los jueces dictarán sentencias resolutivas a dichas peticiones. Sus características son la patriarcalidad, la agilidad y flexibilidad y la aplicabilidad a todos los cives ya que se trata de un Ius universal. Explique el dualismo que caracteriza al Principado. El Principado es un periodo dividido en una República y el mandato del Príncipe Fuentes del Derecho clásico: 1. Leges comitiales, experimentan un efímero florecimiento durante la época de Augusto y acaban al morir éste. 2. La Edicta, la Edicta solo es una fuente de Derecho clásico hasta que se redactó el Edicto Perpetuo en el 130 d.C. 3. El senado consulto, lo que el senado manda y que alcanza fuerza de ley. 4. Las constitutiones imperiales: fuentes del ius novum que descansan sobre la voluntad del príncipe. 5. La jurisprudencia clásica. Caracteres de la jurisprudencia clásico-alta. - La tendencia a la oficialidad, por la vinculación que se le otorga al jurista respecto al príncipe, que se inicia al conceder Augusto el derecho de responder públicamente, el ius publice respondendi, avalado por la propia autoridad. - La formación de escuelas Sabinianas y Proculeyanas que representan la oposición. Concepto de edicto del pretor y explique las clases de edictos. Era la manera en que se pronunciaban los magistrados en Roma cuando se trataba de una cuestión relativa a ellos. - Edictum Traslaticium: las normas programáticas y de carácter jurídico conservadas del edicto del pretor anterior. - Edictum Perpetuum: el edicto definitivo que estaba formado por dos partes anteriores, era el que debía acogerse el pretor durante su cargo. - Edictum Repentina: el edicto perpetuo era completado más adelante por decisiones de carácter secundario que se encargaban de detalles imprevistos. - Edictum Novum: la parte nueva que añadía como nuevas el pretor que confeccionaba el edicto. Enumere y explique los diversos tipos de constituciones imperiales. 1. Edictos: es el modo más usual en que el príncipe suele manifestar su actividad normativa. Se basan en su ius edicendi. 2. Decretos: son sentencias o resoluciones judiciales dictadas por el príncipe en única instancia, de conformidad con sus atribuciones jurisdiccionales. 3. Rescriptos: son respuestas por escrito dadas por el príncipe, a petición de particulares en procesos controvertidos. 4. Mandatos: son órdenes o instrucciones del príncipe a sus funcionarios. Estructura del Dominado: órganos y funciones. - El emperador. - Los officia palatina, es decir, los órganos de la administración central. - El quaestor sacri palatii, el ministro de justicia. - El magister officiorum, el encargado de los funcionarios provinciales. - El comes sacrarum largitionum y el comes rerum privatorum, que eran los encargados de las finanzas públicas y del patrimonio imperial. - Los magistri militum, es decir, los mandos militares. Explique las características del Derecho romano postclásico, el denominado Derecho romano vulgar. - Hay una tendencia a la fusión de los estratos jurídicos. - Hay una separación entre el Derecho oficial y el popular. - Existe un vulgarismo y una degradación de los conceptos jurídicos y las instituciones clásicas. - La característica principal de dicho Derecho es la vuelta del primitivismo jurídico. Fuentes del postclásico: ¿qué problemas plantean? ¿Cómo se solucionan? - Ius vetus e Ius novum: las fuentes del antiguo derecho están petrificadas, pero el derecho creado por ellas, el ius vetus, sigue en vigor. A él se impone el ius novum, cuya fuente de producción es el emperador. Dar un concepto de los diversos derechos o poderes del paterfamilias (PF). - Derecho de vida y muerte del hijo. - Derecho de poder vender al hijo. - Derecho de exponer o abandonar al hijo. - Derecho de dar el cuerpo del hijo, al perjudicado, en reparación de un delito cometido por éste. Hijos ilegítimos: ¿quedan sometidos a la patria potestad? ¿por qué? Los hijos ilegítimos no quedan sometidos a patria potestad, ya que no estan procreado en justas nupcias según el ius civile. Explique las presunciones (iuris tantum) de paternidad en Dº Romano. Concepto de legitimación. Concepto y efectos de la adopción plena y menos plena en Dº justinianeo. ¿La mujer, en época clásica, podía adoptar a un alieni iuris? Justifique la respuesta. ¿y en Dº justinianeo? Razone la respuesta. Concepto y carácter de la emancipación en Dº Romano. TEMA 5 Concepto de matrimonio de Modestino y caracteres que derivan del mismo. La unión de hombre y mujer, de manera monogámica y heterosexual. Los carácteres que derivan de dicha unión es el consorcio de toda la vida, es decir, que el matrimonio sea en lo bueno y en lo malo, y la comunicación de derecho divino y humano, es decir, la plena comunidad de vida. Enumere y explique los elementos que comporta el matrimonio romano. 1. Affectio maritales: subjetivo e interno, es la intención recíproca de los cónyuges de tenerse por marido y mujer. 2. Honor matrimonii: la apariencia cónyuge honorable, la convivencia conyugal entendida en sentido ético. Explique los requisitos que deben concurrir para que el matrimonio entre dos personas sea “justo o legítimo”. 1. Tienen capacidad natural. 2. Tienen capacidad jurídica. 3. Hay consentimiento de los contrayentes porque estos son sui iuris. 4. Si son alieni uis, tienen consentimiento de los paterfamilias. Explique las acepciones del matrimonio, hoy, y en Dº romano. - Como acto, matrimonio in fieri, es decir, el contrato matrimonial. - Como estado, matrimonio in facto esse, es decir, la situación estable que deriva de dicho contrato. En derecho romano solo cuenta con una acepción, el matrimonio como estado, como hecho, NO como contrato, por eso es una situación de hecho socialmente reconocida. Explique cuál es el fundamento del divorcio hasta el Derecho romano clásico. El fundamento del divorcio es que el matrimonio se basa, hasta el derecho romano clásico, en la affectio maritales continuada y duradera de los cónyuges, por eso, al faltar esta se cesa el matrimonio. Concubinato: concepto, naturaleza jurídica (diferencia con el matrimonio legítimo y la simple relación sexual) y principal efecto que deriva del mismo. El concubinato es la unión estable entre un hombre y una mujer sin tener affectio maritalis, o careciendo de connubium. Su naturaleza jurídica es la diferencia con el matrimonio, es decir, la falta de affectio maritalis o conubium, y la simple relación sexual de carácter estable. Los efectos principales del concubinato son los hijos ilegítimos que dicha relación sexual puede causar. Explique cuáles fueron las razones o motivos de la amplia difusión del concubinato en Roma. El concubinato obedecía la legislación matrimonial que Augusto impuso. Dote: concepto, fundamento y naturaleza. La dote es el conjunto de bienes que la mujer entrega al marido para ayudar a sostener el matrimonio. Tiene naturaleza condicional y su fundamento es la compensación de la pérdida que sufre la mujer de sus derechos. ¿Qué estableció la presunción Muciana? Cuando no se podía probar otra procedencia de los bienes que la mujer había adquirido durante el matrimonio, se entendía que se los había dado su marido.