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RESUMEN DEL 4 PLENO CASATORIO, Apuntes de Derecho Civil Patrimonial

a Sala Suprema Civil puede convocar al pleno de los magistrados supremos civiles a efectos de emitir sentencia que constituya o varíe un precedente judicial. La decisión que se tome en mayoría absoluta de los asistentes al pleno casatorio constituye precedente judicial y vincula a los órganos jurisdiccionales de la República, hasta que sea modificada por otro precedente.

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 01/10/2023

ana-alejandra-vivanco-fernandez
ana-alejandra-vivanco-fernandez 🇵🇪

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¡Descarga RESUMEN DEL 4 PLENO CASATORIO y más Apuntes en PDF de Derecho Civil Patrimonial solo en Docsity! RESUMEN IV PLENO CASATORIO CASO: Esta sentencia corresponde al proceso iniciado por Jorge Enriqe Correa Pandro! C"sar Artro Correa Pandro # Lis Migel Correa Pandro ! contra Mirna Li$%et& Pandro A%arca # Eclides Vara Trco! so%re desalo'o por  ocpaci(n precaria) se ad*ierte de la +encionada sentencia qe los de+andantes acreditan s derec&o de propiedad con los doc+entos qe e*idencian la inscripci(n de s derec&o en los Registros P,%licos de la cidad de Pcallpa) se-alan qe los de+andados tienen la condici(n de precarios # qe poseen n %ien qe en s oportnidad .e casa de .a+ilia) los de+andados alegan &a%er adqirido la propiedad del in+e%le +ateria del desalo'o por prescripci(n! pes poseen el re.erido %ien en .or+a contina! pac/.ica! p,%lica # co+o propietario por +0s de 12 a-os! se-ala qe los de+andantes no &an pose/do nnca el in+e%le! el qe perteneci( a los padres de la code+andada # de s &er+ana! qien .e +adre de los de+andantes3 El '$gado de origen desesti+( los arg+entos de los de+andados # declar( .ndada la de+anda! ordenando el lan$a+iento de los de+andados del in+e%le) apelada la sentencia esta .e con.ir+ada por la Sala Ci*il Sperior  de Uca#ali) interpesto el recrso de casaci(n! la de+andada se-al( qe se &a%/a prodcido in.racci(n nor+ati*a de natrale$a procesal! pes alega qe no se c+plio con n de%ido proceso) re.ieren qe la sentencia i+pgnada no se encentra de%ida+ente +oti*ada! pes se &a%r/a sstentado en nor+as so%re arrenda+iento! pese a qe el proceso *ersa so%re desalo'o por  ocpaci(n precaria) cando se de%i( aplicar los art/clos 456 7de.inici(n de posesi(n8! 59 7de.inici(n de propiedad8 # 5;2 7reqisitos de la scapi(n83 La corte se pronncio respecto a esta casaci(n diciendo qe la de+anda se encontra%a %ien +oti*ada # qe no &a%/a ido en contra del de%ido proceso! al +o+ento de 'sti.icar so%re el so inde%ido de los art/clos so%re arrenda+iento dice qe ningno de los 'eces &an aplicado estos art/clos3 So%re la ac+lacion del desalo'o con la scapi(n dice qe no &a%ilita la declaraci(n de la in*alide$ de la Relaci(n Jr/dica Procesal qe tenga por  e.ecto la nlidad de la sentencia de *ista! pesto qe en a+%as instancias s/ se &a%/a &ec&o alsi(n a la scapi(n pero no se esta%a disctiendo la titlaridad de la propiedad sino qien de las partes pose/a n titlo qe lo legiti+ara para e'ercer la posesi(n3 Para e<plicarlo +e'or! este Tri%nal dice qe no reslta%a *ia%le dic&a ac+laci(n! • En pri+er lgar porqe la nor+ati*a procesal no ad+ite la posi%ilidad de ac+ilar pretensiones qe se tra+itan en distintas */as procedi+entales3 Sin e+%argo! para el Tri%nal nada i+pide qe en sitaciones especiales pedan ac+larse deter+inados casos tra+ita%les en */as de cognici(n di.erentes! sie+pre # cando el '$gado 'sti.iqe los +oti*os de%idos3 La sentencia se declara in.ndada! por los +oti*os antes se-alados3 Pero! posterior+ente se e+pie$a a tratar so%re el ocpante precario por ser  na de las institciones de tan pro%le+0tica +ateria de pronncia+iento3 Cando se e+pie$a a tocar el te+a de posesi(n3 Se reali$a la de.inici(n acorde al art 456: =la posesi(n es el e'ercicio de &ec&o de no o +0s poderes in&erentes a la propiedad> Lego se *en las dos teor/as cl0sicas so%re posesi(n: la de Sa*ign# # la de I&ering! en.ati$ando qe lo qe las di.erencia! seg,n Caperoc&ipi! es el an0lisis del ani+s3 Se reali$a la clasi.icaci(n de la posesi(n: • Mediata?in+ediata • Legiti+a?ilegiti+a • Ilegiti+a: %ena .e?+ala .e • Posesi(n precaria Cando entra+os al te+a del ocpante precario se tiene en centa las dos postras qe se tienen so%re este: la idea ro+ana # la actal El Pleno esta%lece! por +a#or/a! co+o precedente *inclante lo sigiente: