¡Descarga trabajo práctico N°1 y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity! CASO 1. Los habitantes de la ciudad de Pehuajó se movilizan en protesta por el aumento de las tasas municipales, y lo que comienza como una protesta pacífica se trasforma en actos de violencia, dando situaciones de incendio de automotores y casas particulares, además de las oficinas públicas provinciales y municipales.- Este estado de agitación y convulsión social no cesa con el transcurso de los días, sino que por el contrario se incremente, situación que no resulta pacificada por las fuerzas policiales.- DEBE RESPONDER LO SIGUIENTE: a) Puede el Estado Federal intervenir solamente el Municipio de Pehuajó?, + -No puede intervenirlo, ya que solo le es aplicable a la ciudad de buenos aires y a las provincias. Solo hay casos excepcionales como la acefalia. b) Por qué? + Porque en el Art. 123 se consagra el principio de autonomía municipal. C) Qué causal de intervención nos encontramos? + La causal de intervención que encuentro la requisición de sus autoridades constituidas para sostenerlas. Ya que la situación no ceso. CASO 2 En La Rioja un grupo de ciudadanos del Partido Político X ocupan la policía y la cárcel obligando al Gobernador a refugiarse en un Cuartel Militar y una Junta revolucionaria asume el gobierno y comunica la situación al PEN al tiempo que la Gobernador desplazado requiere la intervención federal. + Redacte el proyecto de ley de Intervención Federal.? Ud. El Interventor: qué medidas jurídicas tomaría. PROYECTO DE LEY El senado y la cámara de Diputados de la Nación Argentina, etc.; INTERVENCION FEDERAL PROTECTORA DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA ARTÍCULO 1*- Declarase la intervención federal a la provincia del rioja con el objeto de garantizar le sistema representativo y republicano mediante la actuación del gobierno nacional para establecer y sostener a esta autoridad provincial invadida por sedición interna conforme a lo establecido en el Art 5,6 Y 75 INC 31. ARTÍCULO 2? Declárese el gobierno federal mediante la potestad del congreso asumido como interventor del poder ejecutivo nacional. ARTÍCULO 32 El poder ejecutivo designara al interventor federal para el cumplimiento de su misión tiene la facultad de: A) intimación previa para disuadir a los ciudadanos de desistir. B) Remover, detener, solicitar al poder ejecutivo nacional el empleo de las fuerzas armadas mediante el uso de las fuerzas armadas. Y restituir a las autoridades depuestas, que el Gobernador vuelva a asumir su cargo. ARTÍCULO 4% — El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, impartirá las instrucciones a las que deberá ajustar su cometido el interventor federal, a fin de asegurar la normalización y reorganización de la administración de justicia en la provincia de la rioja , debiendo adoptar las medidas necesarias con el objeto de garantizar la observancia de los Derechos y Garantías establecidos por la Constitución Nacional y Tratados Internacionales de Derechos Humanos suscriptos y ratificados por el Estado Argentino. ARTÍCULO 5? El Ministerio de Seguridad instruirá a la Policía Federal Argentina y la Gendarmería Nacional para que presten todo el apoyo que requiera el Interventor Federal para el efectivo cumplimiento de la tarea encomendada. ARTICULO 6* La intervención tendrá un plazo de ciento ochenta (100) días, prorrogables por igual un lapso de cien (100) días mediante Decreto del Poder Ejecutivo Nacional. CASO 3: En Corrientes se realizan elecciones para Gobernador y Vice. La fórmula que responde políticamente al Vicepresidente de la Nación, oriundo de Corrientes, pierde. Ante la urgencia política, al aparecer como derrotado el Vicepresidente insiste al Presidente la necesidad de la Intervención Federal. Finalmente ambas Cámaras votan por la Intervención de corrientes. Qué tiene Ud. para opinar sobre el asunto.