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INICIACIÓN DEL

PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO Y

SIMPLIFICACIÓN

ADMINISTRATIVA

1. FASES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

2. ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

3. EL ESCRITO ADMINISTRATIVO.

4. PLAZO ADMINISTRATIVO.

5. LA QUEJA

6. SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA.

AGENDA
1. Formas de iniciación.- Desde un punto de vista
conceptual, existen dos formas de dar inicio a un
procedimiento: de oficio o a pedido de parte. En este
contexto, el artículo 114 del T.U.O. de Ley 27444,
establece:

“El procedimiento administrativo es promovido de oficio por

el órgano competente o instancia del administrado, salvo que

por disposición legal o por su finalidad corresponda ser

iniciado exclusivamente de oficio o a instancia del

interesado”.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO

3. Procedimiento a pedido de parte.- En aplicación

del derecho constitucional de petición, el administrado

puede dar inicio al procedimiento administrativo. Se trata

de un derecho que de acuerdo al T.U.O. de la LPAG, tiene

diversas manifestaciones.

a) Solicitud de interés particular.

b) Solicitud de interés general.

c) Facultad de contradicción administrativa.

d) Solicitar Información.

e) Formular consultas.

f) Peticiones de gracia.

FASES DEL PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO

  • (^) Impulso del Procedimiento: la autoridad debe promover toda actuación que fuese necesaria para la tramitación del procedimiento. Se trata de superar los obstáculos en la tramitación, determinar la norma aplicable, evitar entorpecimiento y demora. No implica sustituir obligaciones formales de cargo del administrado.
  • (^) Cuestiones distintas al asunto principal: las cuestiones que planteen los administrados durante la tramitación del procedimiento sobre extremos distintos al asunto principal no suspenden su avance, debiendo ser resueltas en la resolución final de la instancia, salvo disposición expresa en contrario.
  • (^) Expediente administrativo: Regla de expediente único: sólo puede organizarse un expediente para la solución de un mismo caso, para mantener reunidas todas las actuaciones a resolver. Cuando se trate de una solicitud referida a una sola pretensión, se tramita un único expediente. .

Ordenación de Procedimiento

Administrativo

EJEMPLOS DE ESCRITO ADMINISTRATIVO:
  • (^) Se presenta un original y copia.
  • (^) De ser necesario carta poder simple.
  • (^) Pueden acumularse las peticiones administrativas.
  • (^) La entidad cuenta con una unidad general de

recepción documental.

  • (^) Se establece reglas para la celeridad en la recepción, e

incluso presentándose documentos en oficinas

desconcentradas.

  • (^) Orientación a los administrados en la presentación de

solicitudes, y anotación de observaciones de ser el

caso.

REGLAS DEL PROCEDIMIENTO
  • (^) Transcurso:
  • (^) i. Cuando el plazo es señalado por días, se entenderá por hábiles consecutivos, excluyendo del cómputo aquellos no laborables del servicio, y los feriados no laborables de orden nacional o regional;
  • (^) ii. Cuando el último día del plazo o la fecha determinada es inhábil o por cualquier otra circunstancia la atención al público ese día no funcione durante el horario normal, son entendidos prorrogados al primer día hábil siguiente; y,
  • (^) iii. Cuando el plazo es fijado en meses o años, es contado de fecha a fecha, concluyendo el día igual al del mes o año que inició, completando el número de meses o años fijados para el lapso. Si en el mes de vencimiento no hubiere día igual a aquel en que comenzó el cómputo, es entendido que el plazo expira el primer día hábil del siguiente mes calendario. PLAZO ADMINISTRATIVO
  • (^) Plazos improrrogables: Los plazos fijados por norma expresa son improrrogables, salvo disposición habilitante en contrario. Pueden prorrogarse los plazos para la actuación de pruebas o para la emisión de informes o dictámenes. La prórroga es concedida por única vez mediante decisión expresa, siempre que el plazo no haya sido perjudicado por causa imputable a quien la solicita y siempre que aquella no afecte derechos de terceros.
  • (^) Tratándose de procedimientos iniciados a pedido de parte con aplicación del silencio administrativo positivo, en caso el administrado deba realizar una gestión de trámite a su cargo necesaria para adoptar una decisión de fondo, puede solicitar la suspensión del cómputo del plazo del procedimiento hasta por un plazo de treinta (30) días hábiles.
  • (^) Efectos del vencimiento del plazo : El plazo vence el último momento del día hábil fijado, o anticipadamente, si antes de esa fecha son cumplidas las actuaciones para las que fuera establecido. Al vencimiento la entidad declara decaído el derecho al correspondiente acto, notificando la decisión. El vencimiento del plazo para cumplir un acto a cargo de la Administración, no exime de sus obligaciones. La actuación administrativa fuera de término no queda afecta de nulidad, salvo que la ley expresamente así lo disponga. La preclusión por el vencimiento de plazos administrativos opera en procedimientos trilaterales, concurrenciales, y en aquellos que por existir dos o más administrados con intereses divergentes, deba asegurárselas tratamiento paritario. PLAZO ADMINISTRATIVO

SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA-

ANTECEDENTES