foro de derecho......, Summaries of Law

foro de derecho ...sfmgemdgergkns

Typology: Summaries

2025/2026

Uploaded on 06/15/2026

vrf8fhny48
vrf8fhny48 🇺🇸

1 document

1 / 1

Toggle sidebar

This page cannot be seen from the preview

Don't miss anything!

bg1
Buenas noches Abogado y compañeros,
Considero que la irrevocabilidad de la donación entre vivos es justa, primero porque la ley
lo establece, y segundo porque protege la confianza y la estabilidad de las relaciones
jurídicas. El art. 1296 del Código Civil nos dice que la donación entre vivos es un acto
mediante el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte o la totalidad
de sus bienes a otra persona que la acepta. Es decir que la ley interpreta la donación como
un acto serio y consciente, no como una decisión que cambie por arrepentimiento. A mi
parecer esta regla es justa porque obliga al donante a actuar con responsabilidad antes de
desprenderse de su patrimonio además, protege al donatario, porque puede tomar
decisiones económicas o personales confiando en que ese bien ya está bajo su control. El
art. 1317 permite que la donación pueda revocarse mientras no haya sido aceptada y
notificada esa aceptación, dando así un espacio razonable para que el donante reconsidere
antes de que el acto produzca efectos definitivos.
Por ejemplo, si un abuelo dona en escritura pública una casa a su nieta, y ella acepta
formalmente la donación, no sería jurídicamente correcto que años después el abuelo quiera
recuperarla únicamente porque cambió de opinión o porque tuvo conflictos familiares. Eso
generaría inseguridad jurídica y afectaría la buena fe en los actos civiles.
Saludos.
Buenas noches compañero,
Buen punto en mencionar como la irrevocabilidad protege la seguridad jurídica. Pero si
agregaría que este principio también tiene un efecto preventivo porque obliga al donante a
analizar con seriedad las consecuencias patrimoniales de su decisión antes de realizarla. A
mi criterio, esto evita que la donación sea utilizada de manera impulsiva o como una
herramienta de presión familiar.
Saludos.

Partial preview of the text

Download foro de derecho...... and more Summaries Law in PDF only on Docsity!

Buenas noches Abogado y compañeros, Considero que la irrevocabilidad de la donación entre vivos es justa, primero porque la ley lo establece, y segundo porque protege la confianza y la estabilidad de las relaciones jurídicas. El art. 1296 del Código Civil nos dice que la donación entre vivos es un acto mediante el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte o la totalidad de sus bienes a otra persona que la acepta. Es decir que la ley interpreta la donación como un acto serio y consciente, no como una decisión que cambie por arrepentimiento. A mi parecer esta regla es justa porque obliga al donante a actuar con responsabilidad antes de desprenderse de su patrimonio además, protege al donatario, porque puede tomar decisiones económicas o personales confiando en que ese bien ya está bajo su control. El art. 1317 permite que la donación pueda revocarse mientras no haya sido aceptada y notificada esa aceptación, dando así un espacio razonable para que el donante reconsidere antes de que el acto produzca efectos definitivos. Por ejemplo, si un abuelo dona en escritura pública una casa a su nieta, y ella acepta formalmente la donación, no sería jurídicamente correcto que años después el abuelo quiera recuperarla únicamente porque cambió de opinión o porque tuvo conflictos familiares. Eso generaría inseguridad jurídica y afectaría la buena fe en los actos civiles. Saludos. Buenas noches compañero, Buen punto en mencionar como la irrevocabilidad protege la seguridad jurídica. Pero si agregaría que este principio también tiene un efecto preventivo porque obliga al donante a analizar con seriedad las consecuencias patrimoniales de su decisión antes de realizarla. A mi criterio, esto evita que la donación sea utilizada de manera impulsiva o como una herramienta de presión familiar. Saludos.