SOCIEDAD CAPITAL VARIABLE, Study notes of Law

SOCIEDAD CAPITAL VARIABLE ANONIMA

Typology: Study notes

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SOCIEDAD DE CAPITAL
SOCIEDADES DE PERSONAS
CARACTERISTICAS
1. Son empresas con autonomía
patrimonial.
2. Constituyen una persona
jurídica, lo que significa que
tienen personalidad propia al
margen de sus socios.
3. La responsabilidad de los
socios se limita al capital
aportado.
4. Están formadas por uno o
más miembros que se
convierten en socios de
capital y tienen los mismos
derechos y obligaciones que
los miembros de una
sociedad general.
5. Persiguen la obtención de
beneficios.
6. Tienen órganos de
representación.
7. Se constituyen mediante un
contrato.
8. Los socios aportan
determinados bienes a la
sociedad, que constituirán el
capital social.
9. Tienen derecho a participar
en las ganancias sociales.
10. Están sujetas a contabilidad y
reglamentación tributaria.
1. calidad personal de los
socios es condición esencial de
la voluntad de asociarse;
Excepción: Sociedad de
Responsabilidad Limitada
pueden concurrir a su
constitución personas jurídicas
2. El capital se integra por
cuotas o participaciones
sociales de $1.00 o múltiplo de
$1.00, las cuales pueden ser
desiguales entre los socios; 3.
Al constituir la sociedad, cada
socio debe declarar las
participaciones sociales que
tengan en otras sociedades,
puntualizando la naturaleza de
las mismas, el valor de su
participación, los derechos de
administración y vigilancia que
tengan y la clase de
responsabilidad contraída.
4. Las responsabilidades de los
socios son: a) Sociedad en
nombre colectivo: Ilimitada y
solidariamente entre ellos y la
sociedad; b) Sociedad de
responsabilidad limitada; por el
monto de sus aportes; y c)
Sociedad en comandita simple:
los socios comanditados
Ilimitada y solidariamente entre
ellos y la sociedad; socios
comanditarios por el monto de
sus aportes; 5. Con excepción
de la sociedad de
responsabilidad limitada, los
Pactos sociales no pueden
modificarse si no poseen el
consentimiento unánime de sus
socios; 6. Los socios no pueden
ceder sus derechos sin el
consentimiento de todos los
demás socios, y tampoco
pueden admitirse nuevos socios
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SOCIEDAD DE CAPITAL SOCIEDADES DE PERSONAS

CARACTERISTICAS

  1. Son empresas con autonomía patrimonial.
  2. Constituyen una persona jurídica, lo que significa que tienen personalidad propia al margen de sus socios.
  3. La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.
  4. Están formadas por uno o más miembros que se convierten en socios de capital y tienen los mismos derechos y obligaciones que los miembros de una sociedad general.
  5. Persiguen la obtención de beneficios.
  6. Tienen órganos de representación.
  7. Se constituyen mediante un contrato.
  8. Los socios aportan determinados bienes a la sociedad, que constituirán el capital social.
  9. Tienen derecho a participar en las ganancias sociales.
  10. Están sujetas a contabilidad y reglamentación tributaria.
    1. calidad personal de los socios es condición esencial de la voluntad de asociarse; Excepción: Sociedad de Responsabilidad Limitada pueden concurrir a su constitución personas jurídicas
  11. El capital se integra por cuotas o participaciones sociales de $1.00 o múltiplo de $1.00, las cuales pueden ser desiguales entre los socios; 3. Al constituir la sociedad, cada socio debe declarar las participaciones sociales que tengan en otras sociedades, puntualizando la naturaleza de las mismas, el valor de su participación, los derechos de administración y vigilancia que tengan y la clase de responsabilidad contraída.
  12. Las responsabilidades de los socios son: a) Sociedad en nombre colectivo: Ilimitada y solidariamente entre ellos y la sociedad; b) Sociedad de responsabilidad limitada; por el monto de sus aportes; y c) Sociedad en comandita simple: los socios comanditados Ilimitada y solidariamente entre ellos y la sociedad; socios comanditarios por el monto de sus aportes; 5. Con excepción de la sociedad de responsabilidad limitada, los Pactos sociales no pueden modificarse si no poseen el consentimiento unánime de sus socios; 6. Los socios no pueden ceder sus derechos sin el consentimiento de todos los demás socios, y tampoco pueden admitirse nuevos socios

sin él, salvo se establezca lo contrario en la constitución social SIMILITUDES

  • Personalidad jurídica propia
  • Finalidad lucrativa
  • Necesidad de un control social
  • Inscripción en el registro mercantil.
  • Obligación de llevar contabilidad, obligada a llevar libros contables y presentar cuentas.
  • Órganos sociales de decisión
  • Puede contratar y ser demandadas, pueden firmar contratos, comprar bienes, ser demandadas o demandar a terceros. - Personalidad jurídica propia - Finalidad lucrativa - Necesidad de un control social - Inscripción en el registro mercantil. - Obligación de llevar contabilidad, obligada a llevar libros contables y presentar cuentas. - Órganos sociales de decisión Puede contratar y ser demandadas, pueden firmar contratos, comprar bienes, ser demandadas o demandar a terceros. VENTAJAS
  1. Responsabilidad limitada : Los socios solo pierden el capital que aportaron. No arriesgan su patrimonio personal frente a deudas de la sociedad.
  2. Facilidad para atraer inversores : Al no implicar responsabilidad personal, resulta más atractivo invertir en ellas (sobre todo en sociedades anónimas).
  3. Transmisión sencilla de participaciones o acciones : Es fácil vender o transferir las acciones o participaciones sin necesidad de reformar toda la sociedad.
  4. Continuidad de la empresa : La sociedad sigue existiendo
  5. Relación de confianza : Al basarse en vínculos personales, suele haber un ambiente de mayor colaboración y compromiso.
  6. Mayor flexibilidad interna : Las decisiones se toman más rápido porque suele haber menos trámites y formalidades.
  7. Costes de constitución y funcionamiento bajos : Son más fáciles y baratas de crear y mantener en comparación con las sociedades de capital.
  1. Menor flexibilidad interna : Tomar decisiones importantes puede ser más lento, porque muchas requieren votaciones en juntas de socios o accionistas.
  2. Capital mínimo exigido : (Especialmente en sociedades anónimas) se necesita aportar un capital social mínimo, lo que puede ser una barrera inicial.
  3. Menor privacidad : Muchos datos (como las cuentas anuales y los nombres de los administradores) deben ser públicos.
  4. Riesgo de dispersión de control : Si se emiten muchas acciones o participaciones, los fundadores pueden perder el control de la empresa. 4. Limitaciones para crecer : Es difícil atraer nuevos inversores, porque implica entrar en una relación de confianza y asumir responsabilidad. 5. Conflictos personales : Al depender tanto de la relación entre socios, los problemas personales pueden afectar gravemente al negocio.