



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Apuntes de Derecho Derecho Romano Modos Derivativos de adquirir la Propiedad MANCIPATIO NATURALEZA JURÍDICA ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
Tipo: Apuntes
1 / 7
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!




NATURALEZA JURÍDICA
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
EFECTOS
CONCEPTO
EVOLUCIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA
ELEMENTOS
EFECTOS
o Téngase en cuenta que: Consagra la insuficiencia del acuerdo de voluntades para transmitir por sí solo la propiedad de una cosa, siendo necesaria su entrega. Con Justiniano se establece la regla de que el dominio de las cosas se transmite por tradiciones y usucapiones, no meros pactos. Se exige una causa explicativa y justificativa del traspaso de la sociedad. Nunca la mera entrega transfiere el dominio si no hubiera precedido una compraventa u otra justa causa por la cual se siguiese la entrega.
ELEMENTOS
EFECTOS
CONCEPTO
ORIGEN
FUNDAMENTO
NATURALEZA JURÍDICA
FUNCIONES
RÉGIMEN
La usucapión – hoy prescripción adquisitiva - arranca de las XII Tablas y se proyecta hasta Justiniano donde aparece como fusión de dos instituciones : una propia del ius civile (la usucapio), y otra del ius honorarium (la longi temporis praescriptio, prescripción de largo tiempo ).
RÉGIMEN DE LA USUCAPIO
o Hay dos excepciones: las cosas robadas (que no podrán usucapirse) y frente al extranjero se hará que dure siempre la garantía, así la obligación de garantizar no tiene límite en el tiempo si el adquirente es extranjero por su imposibilidad de adquirir por usucapión.
tercero. No cabe identificar la buena fe con la ignorancia. La buena fe sólo se exige al principio (la mala fe sobrevenida no perjudica). La buena fe siempre se presume.
o Justo. Significa que es apto para transmitir el dominio. o Verdadero. Que ha de ser real y efectivo, que la relación que encierra exista: producido en la realidad y no se haya simulado. o Válido. Puede ocurri que exista una relación válida en la forma pero con vicio de fondo y resulte ineficaz. Debe entenderse que tiene que existir un título que bastaría para transmitir la propiedad de una cosa si el transmitente fuese su propietario. o Probado. Que nunca se presume y deberá probarlo el que lo alega, es decir, el usucapiente.