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Tipos de contratos bancarios: depósitos, créditos y seguros - Prof. Aguilar, Apuntes de Derecho

Los diferentes tipos de contratos bancarios desde la perspectiva de la concesión de crédito. Se abordan operaciones pasivas y activas, transferencias internas y externas, y se comparan con el giro bancario. Además, se analizan los contratos de depósito, apertura de crédito y seguro, incluyendo su contenido, obligaciones y diferencias.

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 06/03/2016

martamg95
martamg95 🇪🇸

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Mercantil
1.ª Exponga los diferentes tipos de contratos bancarios desde la perspectiva de la concesión de
crédito.
1 Operaciones pasivas: es el banco que recibe fondos de sus clientes o de otras entidades de
crédito para ser aplicados a diversos fines, en propio nombre, con lo que el Banco se
convierte en deudor de tales cantidades frente a los clientes, que podrán exigir su restitución
en la forma, plazos y condiciones pactadas. Es el caso de los contratos de depósito de dinero
y de redescuento.
2 Operaciones activas: es la entidad bancaria la que concede al cliente sumas dinerarias o
disponibilidad para obtener crédito, con cargo a las cantidades recibidas de otras personas o
a sus propios recursos financieros; adquieren los banco el derecho a la restitución de las
sumas concedidas. A este grupo pertenece el préstamo de dinero, la apertura de crédito o el
descuento.
3 Operaciones neutras o de gestión: muy frecuente es que los bancos se dediquen a prestar
servicios remunerados de diversa naturaleza, sin que exista ni obtención ni concesión de
crédito, sino únicamente la actuación del banco conforme a las instrucciones recibidas del
cliente; es el caso de la transferencia o la cuenta corriente bancaria.
2.ª Determine la naturaleza jurídica de la cuenta corriente bancaria y del servicio de caja
inherente a la misma.
La relación comercial que el banco establece con su cliente en el ejercicio de su actividad
profesional es duradera y está basada en la recíproca confianza, teniendo su origen normalmente en
la apertura y mantenimiento de una cuenta corriente en la que se irán anotando las sucesivas
prestaciones dinerarias resultantes de otras tantas operaciones bancarias.
Al celebrarse este contrato de Banco queda obligado a realizar pagos y cobros a terceros en
ejecución de las órdenes recibidas del cliente; actúa el banco como un mandatario de su cliente,
administrando los fondos disponibles a favor de éste; este servicio de caja se viene prestando cada
vez más como un servicio a distancia.
3.ª Clases de transferencia bancaria. Explique las diferencias que aprecie con el giro bancario.
Hay dos clases de transferencias bancarias: por un lado tenemos las transferencias internas en las
cuales, el Banco sólo tiene que cargar o adecuar la suma en la cuenta del ordenador y abonarla en la
del beneficiario, y la orden de transferencia se transmite de Banco a Banco. Y por otro lado tenemos
las transferencias externas en las cuales, a la doble operación anterior ha de añadirse la necesidad de
un nuevo traspaso del importe a transferir de un Banco a otro, distinguiéndose según que los dos
Bancos tengan o no relaciones de cuentas entre sí. En éste caso los Bancos entablarán relación a
través de un tercer Banco.
Las diferencias que se aprecian con el giro bancario es que mientras las transferencias internas y
externas tienen que realizar varios pasos para llevar a cabo dicha transferencia, con el giro bancario,
todo se reduce a una simple operación por la que el Banco recibe o carga en la cuenta del cliente,
una determinada cantidad de dinero que pone a disposición de otra persona en una plaza bancaria
distinta, y puede ser realizada a través de órdenes de pago que las entidades bancarias dirigen a sus
agencias o sucursales.
4.ª Exponga las obligaciones de las partes en el depósito bancario abierto administrado de
valores titulizados y en el de administración de valores anotados en cuenta.
Las obligaciones de las partes en el depósito bancario abierto administrado de valores titulizados
son, a la obligación normal de custodia y restitución de los propios títulos se va a unir la obligación
de gestionarlos o administrarlos.
Y las obligaciones en la administración bancaria de valores anotados en cuenta son análogas a las
surgidas en el depósito administrado. Se trata de un contrato mixto de depósito, custodia de los
derechos inherentes
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Mercantil 1.ª Exponga los diferentes tipos de contratos bancarios desde la perspectiva de la concesión de crédito. 1 Operaciones pasivas: es el banco que recibe fondos de sus clientes o de otras entidades de crédito para ser aplicados a diversos fines, en propio nombre, con lo que el Banco se convierte en deudor de tales cantidades frente a los clientes, que podrán exigir su restitución en la forma, plazos y condiciones pactadas. Es el caso de los contratos de depósito de dinero y de redescuento. 2 Operaciones activas: es la entidad bancaria la que concede al cliente sumas dinerarias o disponibilidad para obtener crédito, con cargo a las cantidades recibidas de otras personas o a sus propios recursos financieros; adquieren los banco el derecho a la restitución de las sumas concedidas. A este grupo pertenece el préstamo de dinero, la apertura de crédito o el descuento. 3 Operaciones neutras o de gestión: muy frecuente es que los bancos se dediquen a prestar servicios remunerados de diversa naturaleza, sin que exista ni obtención ni concesión de crédito, sino únicamente la actuación del banco conforme a las instrucciones recibidas del cliente; es el caso de la transferencia o la cuenta corriente bancaria. 2.ª Determine la naturaleza jurídica de la cuenta corriente bancaria y del servicio de caja inherente a la misma. La relación comercial que el banco establece con su cliente en el ejercicio de su actividad profesional es duradera y está basada en la recíproca confianza, teniendo su origen normalmente en la apertura y mantenimiento de una cuenta corriente en la que se irán anotando las sucesivas prestaciones dinerarias resultantes de otras tantas operaciones bancarias.

Al celebrarse este contrato de Banco queda obligado a realizar pagos y cobros a terceros en ejecución de las órdenes recibidas del cliente; actúa el banco como un mandatario de su cliente, administrando los fondos disponibles a favor de éste; este servicio de caja se viene prestando cada vez más como un servicio a distancia.

3.ª Clases de transferencia bancaria. Explique las diferencias que aprecie con el giro bancario. Hay dos clases de transferencias bancarias: por un lado tenemos las transferencias internas en las cuales, el Banco sólo tiene que cargar o adecuar la suma en la cuenta del ordenador y abonarla en la del beneficiario, y la orden de transferencia se transmite de Banco a Banco. Y por otro lado tenemos las transferencias externas en las cuales, a la doble operación anterior ha de añadirse la necesidad de un nuevo traspaso del importe a transferir de un Banco a otro, distinguiéndose según que los dos Bancos tengan o no relaciones de cuentas entre sí. En éste caso los Bancos entablarán relación a través de un tercer Banco. Las diferencias que se aprecian con el giro bancario es que mientras las transferencias internas y externas tienen que realizar varios pasos para llevar a cabo dicha transferencia, con el giro bancario, todo se reduce a una simple operación por la que el Banco recibe o carga en la cuenta del cliente, una determinada cantidad de dinero que pone a disposición de otra persona en una plaza bancaria distinta, y puede ser realizada a través de órdenes de pago que las entidades bancarias dirigen a sus agencias o sucursales.

4.ª Exponga las obligaciones de las partes en el depósito bancario abierto administrado de valores titulizados y en el de administración de valores anotados en cuenta. Las obligaciones de las partes en el depósito bancario abierto administrado de valores titulizados son, a la obligación normal de custodia y restitución de los propios títulos se va a unir la obligación de gestionarlos o administrarlos. Y las obligaciones en la administración bancaria de valores anotados en cuenta son análogas a las surgidas en el depósito administrado. Se trata de un contrato mixto de depósito, custodia de los derechos inherentes

a los valores, y de comisión mercantil, la gestión conservativa de los valores, cobrando el Banco los

8.ª La naturaleza jurídica del descubierto en los contratos bancarios. Dentro de las clases de apertura de crédito nos encontramos con que puede ser simple o en cuenta corriente. Será en cuenta corriente cuando, junto a la disposición del crédito, puede el acreditado efectuar reintegros o reembolsos, reponiendo la disponibilidad inicial, prestándole al banco un servicio de caja; a su vez, esta segunda apertura puede ser con descubierto unilateral (es el acreditado quien se encuentra en la posición deudora) o recíproco. 9.ª Las obligaciones de las partes en el contrato de descuento bancario. Por un lado tenemos las obligaciones del cliente descontatario: lealtad y buena fe al ceder al Banco los datos de los créditos a descontar; transmitir al banco el crédito contra tercero; pagar el precio del descuento o intereses que le cobra el Banco; devolver el Banco el capital recibido si el deudor no paga al vencimiento.

Por otro lado tenemos las obligaciones del Banco descontante: descontar las letras o demás títulos que le presente el cliente; diligente gestión en la prestación al cobro del crédito a su vencimiento; no reclamar la restitución de la cantidad anticipada antes del plazo de vencimiento, salvo previsión expresa. 10.ª ¿Qué garantías suelen acompañar a los contratos bancarios de activo? Suelen acompañar dos tipo de garantías: las personales, las cuales se pueden dividir del titular y de terceros; y las reales, las cuales se pueden dividir en prehdaria e hipotecaria.

¿Cuál es el régimen jurídico de los llamados viajes combinados. Delimitar las características del contrato, elementos personales y los riesgos con una necesaria recopilación jurisprudencial en la materia?. Los transportes por carretera se clasifican, según su naturaleza, en públicos y privados. Son públicos aquellos que se llevan a cabo por cuenta ajena mediante retribución económica. Por razón de su objeto, los transportes pueden ser, de viajeros, cuando se dediquen a realizar los desplazamientos de las personas, y sus equipajes, en vehículos construidos y acondicionados para tal fin o de mercancías. Los transportes públicos de viajeros por carretera puede ser regulares o discrecionales, según si se efectúan dentro de itenerarios preestablecidos. Los trasportes públicos regulares de viajeros de uso general tienen el carácter de servicios públicos de titularidad de la administración, pudiendo ser utilizados, sin discriminación, por cualquier persona que lo desee en las condiciones establecidas en la ley. La prestación de los mencionados servicios se llevará a cabo por la empresa a la que la administración adjudique el correspondiente contrato de gestión. En los transportes de viajeros por carretera con contratación por asiento, se aplicarán con carácter imperativo los contratos-tipo o condiciones generales aprobados por la Administración. Incluso, se podrá incluir cláusulas anexas a dichos contratos-tipo. En cuanto a los elementos personales solo existen dos figuras: el porteador y el cliente o viajero el billete sería equivalente a la carta de porte de contenido más reducido pero con los elementos esenciales que identifiquen el servicio. El contenido del contrato se reduce en el sentido de que el porteador se compromete al traslado del viajero en las condiciones más óptimas y éste por su parte se compromete al pago del billete.

En todo trasporte público de viajeros, los daños que sufran éstos estarán cubiertos por el seguro obligatorio de viajeros. En concreto en los transportes en autobús y autocar, el transportista responderá de las obligaciones establecidas frente a los viajeros, en los términos previstos en el reglamento n1 181/2011, de 16 de febrero de 2011, en la medida en que éstas no estén cubiertas íntegramente por el SOV, por el seguro de responsabilidad civil obligatorio en la circulación de vehículos a motor, o por cualquier otro seguro. El límite máximo establecido por el Decreto nacional a la indemnización por fallecimiento o lesiones personales no será inferior a 220.000 euros por viajero. En segundo lugar , la responsabilidad de los transportistas se extiende a los daños o pérdidas de los equipajes como consecuencia de accidentes.

¿Considera el contrato de seguro como un contrato civil o mercantil?¿Porqué?¿Puede haber contratos de seguro no mercantiles? El contrato de seguros es un contrato consensual, bilateral,oneroso, aleatorio, de tracto sucesivo o de ejecución continuada, de adhesión, de buena fe, como todos los contratos civiles y mercantiles y los contratos celebrados en masa, pero con una exigencia mayor dado que el contrato y la estimación del riesgo se basan en las declaraciones del asegurado, exigiéndose una lealtad entre los contratantes; sustantivo, en virtud de un pacto autónomo distinto de cualquier otro, Aunque la LCS no lo declara, por la presencia de una compañía aseguradora, de un empresario (además de por otros criterios interpretativos y declaraciones jurisprudenciales) el contrato de seguro es, un contrato mercantil.

Señale las funciones de la póliza de un contrato de seguro. La póliza será un documento, necesario, que servirá para probar la existencia del contrato. Con el contrato ya perfeccionado, se firmará la póliza y se le entregará al tomador. Es el documento más importante del seguro. Recogida en el art. 5 LCS cuando advierte: ``el asegurador está obligado a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional´´. Su función principal, es la probatoria de la existencia del contrato y su contenido, aunque su función normativa era mucho mas interesante con anterioridad a la LCS, también cumple una función procesal ejecutiva, pues con base en la póliza, si la primera prima no se ha pagado por culpa del tomador, el asegurador puede resolver el contrato o exigir el pago de la prima debida, quedando liberado de tener que indemnizar. Otras funciones pueden ser la de facilitar las transmisión del crédito o constitutiva, en algún supuesto, bien fijado por la norma, bien por acuerdo de las partes.

Señale los elementos del contrato de seguro distinguiendo entre consentimiento, objeto y causa del mismo. Los elementos del contrato son el consentimiento el cual con el acuerdo espontáneo, voluntario respecto a un acto externo. Para que un contrato de seguro sea considerado válido debe haber consentimiento entre las partes para poder realizarlo. La causa del contrato de seguro es el riesgo, la posibilidad de que por azar ocurra un hecho que traiga consigo una necesidad patrimonial, posible, fortuito, actual o futuro aunque quepa retrotraer los efectos del contrato, por acuerdo de las partes, al momento de la proposición o al de la solicitud. El riesgo debe esta descrito en la póliza, individualizado y determinado. Para ello obliga la LCS al tomador a declarar, antes de estipular el contrato, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Por otro lado no encontramos la prima que es la prestación dineraria del tomador del seguro, el precio del seguro. Y el objeto del contrato de seguro es el interés, al cual se le ha definido como la especial relación que une al asegurado con el objeto asegurado. Precise el régimen de cobertura, en el contrato de seguro, en caso de incumplimiento de pago de la prima por el obligado a hacerlo? La Ley, en su extenso art. 20, en la relación que le dio en 1985 la LOSSP, ha establecido un régimen específico de mora de asegurador, determinado que si el asegurador incurriere en mora en el cumplimiento de la prestación, la indemnización de daños y perjuicios, no obstante entenderse válidas las cláusulas contractuales que sean mas beneficiosas para el asegurado, se ajustará a unas reglas que se incorporan en el texto, algunas de las cuales debemos citar: el asegurador incurre en mora cuando no cumple su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro o no hubiere procedido al pago del importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro; la indemnización por mora se impondrá de oficio por el Juez y consistirá en el pago de un interés anual igual al del interés legal del dinero vigente en el momento en que se devengue, incrementado en el 50 por 100; estos intereses se considerarán producidos por días, sin necesidad de reclamación judicial.

De esta forma, a grandes rasgos podemos subrayar una diferencia clara y destacada en cuanto a

ambos seguros, ya que en el primer caso el siniestro será la insolvencia del deudor, mientras que en el segundo lo será el propio incumplimiento de éste al no realizar un pago o incumplir una clausula pactada previamente. Y es que, en definitiva, en el seguro de caución el tomador contrata por cuenta ajena, ya que las figuras del protegido y el tomador no coinciden.

Qué servicios incluye y cuáles no el Seguro de Defensa Jurídica? El seguro de defensa jurídica se entiende por aquel por el que el asegurador se obliga a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro, sin alcanzar la cobertura el pago de multas y la indemnización de cualquier gasto originado por sanciones impuestas al asegurado por las autoridades administrativas o judiciales.

¿Qué es el rescate y la reducción de la póliza? ¿Porqué existen?¿Para qué?¿En qué tipos de seguros? El rescate y la reducción de la póliza existen en los seguro de vida. Lo póliza regulará los llamados derecho de rescate y de reducción de la suma asegurada, con la incorporación a la misma de unas tablas que permitan al asegurado conocer en todo momento el valor del rescate o valor de reducción. En el seguro para cosa de muerte deben estar incluidas en la póliza las causas de exclusión y solo en atención a ellas quedará liberado de su obligación el asegurador. En el caso concreto de suicidio, queda cubierto tras un año de vigencia del contrato, salvo que se excluyera por pacto expreso. También se incluirá en la póliza el derecho de rescate que corresponde al tomador que haya abonado, al menos, dos anualidades. En virtud de ello, puede rescindir el contrato y obtener el valor de la reserva. Una vez que el asegurador tenga conocimiento de la declaración del rescate se extingue el contrato y debe pagarse al tomador su valor. Si en ese intervalo acaece el siniestro solo debe abonarse ese valor y no la suma. Supone el rescate la revocación del beneficiario, si lo hay. Si se trata de una designación irrevocable, el valor del rescate, pues es un derecho que siempre podrá ejercitar el tomador, corresponderá al beneficiario. De igual modo el asegurador debe conceder al tomador anticipos sobre la suma asegurada. Los derechos de recate, reducción y anticipos no pueden ejercitarse en los seguros de supervivencia ni en los temporales para caso de muerte.