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Una reseña histórica y organizacional de la administración periférica del estado en españa, desde la figura del gobernador civil hasta la actualidad. Se abordan los cambios en la estructura y competencias de las diputaciones provinciales, el papel del gobierno y la creación de organismos autónomos y empresas públicas. Además, se mencionan las reformas legislativas clave y el impacto de la unión europea.
Tipo: Apuntes
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Administraciones Públicas 2 de mar. de 16 En el siglo XIX, es donde vamos a encontrar los antecedentes claros de nuestras administraciones públicas. Hay un hecho fundamental que es el comienzo del constitucionalismo, el Estado se hace público. El Estado debe hacer lo menos posible, mínimo intervencionismo. A medida que avanza el siglo, aumentan las funciones del Estado. Se aprueba el primer texto constitucional, 1812, trae cambios importantes pero sobretodo en el ámbito territorial, recoge las provincias y diputaciones provinciales como órgano de gobierno de las provincias.
La Const. 1812, se aprueba pero esta en vigor muy poco tiempo, porque iniciamos en 1814 con Fernando VII, luego entramos en el Bienio Liberal, etc. En el aspecto administrativo, se avanza pero sin embargo como se va derogando por el absolutismo de Fernando VII, todo lo que la constitución recoge difícilmente se llevará a cabo por el absolutismo.
Esa división territorial se ve en 1812, donde se aprueba un derecho aunque no entra en vigor que es importante porque lleva una división del estado muy parecido al actual, se establecían 52 provincias, las de actualidad más Calatayud, etc. Las islas canarias se veía como una única provincia.
Cuando la distribución territorial por provincias se produce formalmente en el periodo liberal, reinado de Isabel II (1833-1868), la década increíble de la administración pública (1833-1845), porque durante esos años se ponen en marcha los cambios fundamentales de la administración, tanto en el ámbito central como en el ámbito territorial. En el ámbito territorial, se lleva a cabo con Javier de Burgos, división en 49 provincias. La regulación de las provincias, se lleva a cabo por el delegado de gobierno, más tarde denominado jefe político, y más adelante, se le denomina gobernador civil. El gobernador civil es el presidente de las diputaciones porque esta es un órgano que reside el gobernador civil y que tiene funciones públicas y de seguridad.
Más tarde las diputaciones provinciales son órganos de la administración del Estado. Actualmente las diputaciones provinciales, no son órganos del Estado, son entidades locales.
El Estatuto provincial de Calvo Sotelo, tiene en cuenta la provincia como entidad local, tiene dos caracteres, como la división territorial del Estado, y al frente de ella el gobierno civil, y como entidad local, en el estatuto de Calvo Sotelo, con el modelo de diputaciones de la actualidad. La constitución del 78, mantiene la provincia como la división territorial del Estado y como entidad local.
Características de la época increíble: 49 provincias, persona que esta al frente de las diputaciones con diferentes nombres pero que a partir del 45 tiene el nombre de gobernador civil, aunque posteriormente los gobernadores civiles son derogados. Otro de los cambios importantes en el ámbito central es el tema relacionado con el diseño de organización de los ministerios, con 7 secretarias de despacho que se mantienen durante este periodo por cuando llega la guerra de la independencia se da un mínimo de un cambio y se derogan los consejos desaparece el de Castilla y como
consecuencia todos los demás. Al que esta al frente de la secretaria de despacho es el Ministro. Nos encontramos con que siguen manteniendo la secretaria de despacho. De ese período, aparece un órgano fundamental de los ministerios, que son las subsecretarias. Todas las secretarias de despacho van a tener u órgano que es la subsecretaria que gestiona los servicios comunes del Ministerio.
Por debajo del ministro, esta el subsecretario, y por debajo de este hay órganos comunes que solo se dedican a funciones propias del ministerio, que junto con la secretaría son las direcciones generales.
Actualmente todos los ministerios, tienen una subsecretaria, para gestionar los servicios comunes del ministerio. La etapa de la transición recoge este órgano.
“La pirámide va a tener una base más amplia” pues hay órganos subordinados a otros, y cada vez más. En todas las CCAA hay un órgano en cada conserjería que regula los servicios comunes (presupuesto, cubrir bajas, oposiciones…) de cada conserjería, su nombre depende de cada comunidad autónoma. Pese a esto, su estructura se mantiene.
A finales de la década de los 30, con Fernando VII, Luis López Ballesteros, lleva a cabo una reforma de la Hacienda en España. Destaca por esto, y por ser el ministro que plantea que cada departamento tiene que elaborar su presupuesta y contar con un presupuesto propio para ejercer las actividades que tenga encomendadas. Ese cambio es significativo, y López Ballesteros consigue un cambio para el departamento de Hacienda, aunque no para los demás, pero lleva a cabo que cada departamento elabore su propio presupuesto. López Ballesteros, durante ese periodo, se crea el primer banco público español, el San Fernando, actual Banco de España, primer banco público, que acuña moneda. Después, también crea un órgano, para fiscalizar la gestión económica-financiera del Estado, el Tribunal Mayor de Cuentas, se crea a finales de la época de los 20. Ambas instituciones tienen traslación al momento actual.
Hay otro ministro, de la etapa de Isabel II que sigue en la época de cambio, que es Alejandro Mon, destaca por principios liberales en temas de Hacienda. Impuestos propios de la época medieval, se derogan. E implanta un modelo de la Hacienda, fiscal, mucho más directo. Se derogan todos los impuestos indirectos propios de la etapa medieval. Se crea el cuerpo de policía nacional, el de la guardia civil, época de los 20 y 40, respectivamente, que cierra el aspecto de la seguridad del Estado.
La administración pública va a tener funcionarios públicos. Durante el siglo XIX, solo destacamos una norma pero ya estaría fuera de la época increíble de la administración pública, que es el estatuto de Bravo Murillo, norma importante para la administración pública.
Primero siempre se regula, la organización y el funcionamiento, y de esto pasamos a regular los recursos humanos, y esto siempre pasa desde el siglo XIX, y posteriormente, cambiamos el modelo de recursos humanos. Ese estatuto de la administración pública, es una carrera administrativa dentro de la administración, porque establece categorías dentro de esta administración, y así consolidar la carrera administrativa. El primer Estatuto es de Bravo Murillo, que inicia el modelo de carrera administrativo y establece categorías.
Los organismos autónomos se rigen por el derecho administrativo, mientras que las empresas públicas, por el derecho privado. Uno de los primeros órganos autónomos, son los institutos.
Cada CCAA tiene un órgano central que es una conserjería de salud o de sanidad y lo gestiona un organismo autónomo.
Las primeras empresas públicas en España, se inician con Primo de Rivera, el Estado empieza a intervenir en la actividad económica, por lo tanto, en tanto a la administración institucional, se crean organismos autónomos y dos décadas mas tardes, se inician las primeras empresas públicas.
En el ámbito central, hay dos etapas muy marcadas, en el directorio militar, desaparece la administración y los propios ministerios, el dictador y militares, lleva la gestión del gobierno; el directorio civil hay una cierta apertura, alejándose los militares de la administración, hay un planteamiento de Primero de Rivera, que es una vicepresidencia del gobierno.
Lo más destacable, es en el ámbito territorial, hay 2 estatutos, el municipal de 1934 de Calvo Sotelo y el provincia de 1925 de Calvo Sotelo. Lo más destacable es el provincial, la provincia en España recoge unas nuevas características, hay necesidad de que la provincia se convierta en una entidad local. Desde ahí, las diputaciones provinciales dejan de tener relación con el gobernador civil. Las diputaciones provinciales, se conviertan en el gobierno de administración de las provincias como entidad local. Esto trae como consecuencia, que se quite protagonismo a los gobernadores civiles. Los gobiernos civiles van a haber reducidas sus competencias, a orden publico, seguridad ciudadana y control de las elecciones. De este periodo, hay la aprobación de otra norma importante, que es la aparición de un tipo de funcionario nuevo que son los cuerpos de habilitación nacional. El origen de ese cuerpo, es que los que ocupen los puestos fundamentales en un ayuntamiento sean funcionarios locales y no estatales.
Los ayuntamientos son permitidos para llevar a cabo servicios económicos, banco de crédito local, etc. Actividades de las diputaciones provinciales más amplio.
Lo más significativo de la II República, desde el punto de vista central nos encontramos de nuevo con la creación de nuevos ministerios, con los más significativos, son los de
Sanidad, hay órganos que se encargan de la Sanidad.
En lo organizativo de los ministerios, se crea un nuevo órgano hasta nuestros días, las secretarias generales técnicas. Son un órgano de estudio, de apoyo, de asesoramiento, al ministro, muy vinculados a las subsecretarias. En la actualidad, las técnicas se subordinan a las subsecretarias. ¿Por qué se crean? Por un hecho concreto, por una política concreta que se quiere llevar
a cabo durante la segunda república, que es la reforma agraria, da lugar a que el ministerio de agricultura tenga gran protagonismo, con gran actividad a desarrollar y se va a requerir un órgano que se encargue de llevar a cabo todos los estudios previos para llevar a cabo las reformas agrarias, y esto desemboca en la secretaria general técnica, durante la 2 republica, en el ministerio de agricultura, como consecuencia de la reforma agraria. Luego, hay ministerios que quieren imitarlo, hasta que se generaliza.
Las subsecretarias se crean en el mismo momento para todos los ministerios, la secretarias generales técnicas se crea puntualmente en un ministerio y se va generalizando a todos los ministerios.
En el ámbito territorial, la constitución de 1931, recoge un estado regional, y esto da lugar a regiones autónomas destacando sobretodo, por la aprobación del estatuto de Cataluña e inicio del autogobierno en esa región, después se aprueba el estatuto de Galicia y país vasco, esto da lugar a que se recoja posteriormente, las nacionalidades de las regiones. 7 de mar. de 16 Tema 2: Administración general del Estado.
El complejo orgánico Gobierno-Administración del Estado es el núcleo central de la organización política y administrativa en cualquier Estado. Se caracteriza por:
En las últimas décadas, este complejo orgánico y, sobre todo, la administración esta sufriendo una importante transformación debido a cuatro factores:
La administración periférica en España se ve afectada en el 97, la administración institucional del Estado se ve afectada en el inicio de la privatización del sector público estatal, en la legislatura del 1996.
Se debe asumir un nuevo papel con tradicionales y nuevas funciones como:
Para la Ciencia de la Administración el aspecto más importante del estudio que se puede llevar a cabo sobre el Gobierno radica en la consideración de éste como director del complejo organizativo de la Administración ya que el Gobierno:
Asimismo, se interesa por analizar la inercia o cambios institucionales y las causas que los producen, existiendo desde el enfoque del neoinstitucionalismo histórico 2 dimensiones:
importancia. El portavoz del gobierno esta vinculada al vicepresidencia y ministro/a de la presidencia, aunque hay flexibilidad.
4 de abr. de 16 C). Consultar página web de la CCAA. Plantearlo de manera general, nuclear, periférica e institucional.
Nuclear Distinguir entre órganos superiores y directivos. Que requisitos establece la norma para el nombramiento de personas titulares de esos órganos. Consejeros de gobierno, número, funciones. Número y materia de cada consejería. “Pan y agua”.
Institucional Sector público de la CCAA. Hacer tabla con ejemplos, 1 de julio de
6 de abr. de 16 Órganos directivos Comprenden los diferentes cargos que se ocupan de desarrollar, ejecutar e impulsar los plantes, programas y objetivos establecidos por los superiores.
Subsecretarios Órgano de carácter profesional y técnico, responsable de al gestión de los servicios comunes del Ministerio. Funciones como: apoyar al Ministro en la planificación de las actividades, fijar con el Ministro los criterios de control de eficacia, establecer los programas de inspección de servicios, etc.
Secretarias generales Características parecidas a las secretarias de Estado, pero con un nivel formal inferior. No todos los ministerios tienen secretarias generales y los que poseen esta estructura pueden tener una o varias. Su función es dirigir y coordinar ámbitos de gestión sectoriales homogéneos del Ministerio.
Secretarias generales técnicas Dependen siempre de las Subsecretarias y tienen el mismo nivel formas que las Direcciones Generales. Funciones variadas como:
Direcciones Generales: Dirigen las ramas básicas en las que se divide la Administración de un Ministerio. Sus principales funciones:
La función gerencial que realizan debe entenderse en un doble sentido; política y técnica ya que se relacionan con grupos de interés, empresarios y burócratas. Nombramiento entre funcionarios, con carácter excepcional del sector privado.
Subdirecciones generales: son los órganos ejecutivos básicos para la transformación de las políticas. Objetivos y estrategias en realidades operativas. Dirigen, coordinan y controlan las unidades y puestos de trabajo que están bajo sus órdenes directas para la consecución de los objetivos diseñados por los superiores.
Para ocupar este órgano, se requiere ser funcionario de carrera perteneciente a la AGE, aunque sus titulares no tienen la condición de alto cargo. Su nombramiento y cese corresponde al Ministro o SE de quien dependan, no a los órganos directivos del Departamento. 11 de abr. de 16 C) Órganos inferiores (Jefaturas Administrativas)
D) La administración periférica del estado (APE)
La APE es el complejo organizativo dependiente de la Administración nuclear que asegura la presencia en todo el territorio de la AGE.
La figura central de la APE en España ha sido desde mediados del S. XIX: el Gobernador Civil que, como primera autoridad representante del Gobierno en la provincia, se ocupaba de: el mantenimiento y el control del orden público, el control de la Administración local, las elecciones y, en general, de todas las cuestiones políticas de la Provincia.
Disfruta de una clara situación de predominio como 1º autoridad política por dos razones:
La situación cambia en las primeras décadas del siglo XX debido a:
En la Administración franquista encontramos ya bien definido los principales problemas: -politización -gran dispersión orgánica y -falta de coordinación.
traspasando las competencias a las CCAA (en 1993 sólo habían desaparecido las de Cultura).
Transcurridos cerca de 20 años se adapta la APE al nuevo modelo de organización territorial. Antecedentes: Pactos Autonómicos de 1992 y Proyecto de Ley del PSOE. Origen: acuerdo de investidura y gobernabilidad entre PP y CIU tras las elecciones de
La LOFAGE, en el título II, lleva a cabo una importante transformación de la APE basada en 4 aspectos:
9 de may. de 16 Tema 4. Administración Local
A. Caracteres generales de la administración local.
Factores característicos de los EE.LL en España:
Durante el siglo XIX y prácticamente todo el siglo XX el modelo NO SE CUESTIONA: las diferencias entre la legislación moderada y la progresista se refieren al proceso de nombramiento del alcalde, a excepción de la II República.
El régimen de Franco refuerza el carácter centralista produciéndose un rígido control político, sobre todo, en el nombramiento de las autoridades locales.
Denominados “El pariente pobre” o “la cenicienta”.