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Ampliación de Plazo para Redes de Agua en Cajamarca, Monografías, Ensayos de Tecnologías de la Información y la Comunicación

Este informe técnico legal presenta una solicitud de ampliación de plazo para la obra "mejoramiento de redes de distribución primaria, secundaria y conexiones domiciliarias san pablo, celendín y cajabamba; distritos y provincias de san pablo, celendín y cajabamba - departamento de cajamarca". El documento detalla las causas de la solicitud, incluyendo las constantes precipitaciones pluviales que han afectado el avance de la obra, y proporciona información sobre los antecedentes del proyecto, la base legal para la solicitud, y la cuantificación de los días de la ampliación.

Tipo: Monografías, Ensayos

2021/2022

Subido el 19/03/2025

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Obra: “MEJORAMIENTO DE REDES DE DISTRIBUCION PRIMARIA,
SECUNDARIA Y CONEXIONES DOMICILIARIAS SAN PABLO, CELENDIN Y
CAJABAMBA; DISTRITOS Y PROVINCIAS DE SAN PABLO, CELENDIN Y
CAJABAMBA - DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”
CONTRATO GA/L - 118 - 2023
CONTRATISTA : OBRITEC SAC
SUPERVISION : SALVADOR SERRANO CUEVA
FEBRERO- 2025
INFORME TÉCNICO - LEGAL
SOLICITUD DE AMPLIACION DE PLAZO
N°XXX MOTIVADA POR LAS CONSTANTES
PRECIPITACIONES PLUVIALES QUE
AFECTAN EL AVANCE DE OBRA
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Obra: “MEJORAMIENTO DE REDES DE DISTRIBUCION PRIMARIA, SECUNDARIA Y CONEXIONES DOMICILIARIAS SAN PABLO, CELENDIN Y CAJABAMBA; DISTRITOS Y PROVINCIAS DE SAN PABLO, CELENDIN Y CAJABAMBA - DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”

CONTRATO GA/L - 118 - 2023

CONTRATISTA : OBRITEC SAC

SUPERVISION : SALVADOR SERRANO CUEVA

FEBRERO- 2025

INFORME TÉCNICO - LEGAL SOLICITUD DE AMPLIACION DE PLAZO N°XXX MOTIVADA POR LAS CONSTANTES PRECIPITACIONES PLUVIALES QUE AFECTAN EL AVANCE DE OBRA

INDICE

    1. OBJETIVO.........................................................................................................
    1. ANTECEDENTES:.............................................................................................
    1. DATOS GENERALES DE LA OBRA.................................................................
    1. BASE LEGAL...................................................................................................
    1. SOLICITUD DEL CONTRATISTA DE LA AMPLIACION DE PLAZO Nº 01....
    • 5.1 CAUSAL....................................................................................................
    • 5.2 INICIO Y TERMINO DE LA CAUSAL:.......................................................
    • 5.3 SUSTENTO LEGAL..................................................................................
    • 5.4 SUSTENTO TÉCNICO..............................................................................
    • 5.5 CUANTIFICACION DE LOS DIAS DE LA AMPLIACION..........................
    • PLAZO................................................................................................................ 5.6 DE LA RUTA CRITICA Y DEL CRONOGRAMA DE AMPLIACION DE
    • 5.7 RESUMEN DE LA SOLICITUD DEL CONTRATISTA...............................
    1. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES...................................................
    1. ANEXOS:.........................................................................................................
    • ANEXO 1: RLCE Y CONTRATO DE OBRA.....................................................
    • ANEXO 2: CRONOGRAMA DE OBRA...............................................................
    • ANEXO 3: CARTAS CURSADAS.....................................................................
    • ANEXO 4: ANOTACIONES DEL CUADERNO DE OBRA................................
    • ANEXO 5: RESOLUCION DE GERENCIA REGIONAL N° GR-0198-2023......
    • ANEXO 6: COTIZACION DE SUMINISTROS..................................................
    • ANEXO 7: ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS.............................................
    • SUMINISTRO DE MATERIALES Y MONTAJE.................................................. ANEXO 8: CRONOGRAMA REPROGRAMADO Y CÁLCULO DE DÍAS

2. ANTECEDENTES :

A continuación, presentamos los principales antecedentes de la obra que datan desde el inicio del proceso de selección y gestiones para la aprobación de la ampliación de PLAZO N°xxx y anotaciones respectivas, de las cuales podemos mencionar lo siguiente:  Con fecha 31.07.2023, Hidrandina convoca a la Adjudicación Simplificada N° 008-2023-HDNA-1 derivada de la Licitación Pública N.º LP-011-2022-HDNA- 1, para la contratación de la ejecución de la obra “Mejoramiento de Redes de Distribución Primaria, Secundaria y Conexiones Domiciliarias San Pablo, Celendín y Cajabamba; Distritos y Provincias San Pablo, Celendín y Cajabamba, departamento Cajamarca”  Con fecha 22.09.2023, el comité de selección adjudicó la Buena Pro al contratista OBRITEC S.A.C.  Con fecha 24 de octubre del 2023, se suscribió el contrato de ejecución de obra N° GA/L-118-2023, entre HIDRANDINA S.A. en adelante La Entidad; y la contratista OBRITEC S.A.C. por el monto de S/ 21 806 115.20 (Veintiún millones ochocientos seis mil cientos quince con 20/100 soles) con un plazo de 365 días calendarios para la ejecución de la obra.  Con fechas 07 y 08 de noviembre de 2023, la entidad hizo la entrega de terreno al contratista OBRITEC S.A.C., suscribiendo el acta correspondiente entre los participantes de las empresas de; Supervisión, Contratista y Entidad.  Mediante anotación N°254 del cuaderno de obra de fecha 14/10/2024, REINICIO DE LAS PRECIPITACIONES PLUVIALES, del residente de obra, deja constancia a la supervisión que se estan reiniciando las precipitaciones pluviales en las 03 provincias que conforman la presente obra; San Pablo, Celendín y Cajabamba del departamento de Cajamarca. Retrasando las actividades programadas en el plan de trabajo semanal debido a las paralizaciones obligadas

 Con fecha 01 de diciembre de 2023, luego de haberse cumplido con lo establecido en el Art. 176 numeral 176.1 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se dio inicio al plazo del contrato de obra N° GA/L-118-2023, establecido en la cláusula quinta por 365 días calendario.  Con fecha 01 de diciembre de 2023, la supervisión mediante el asiento Nº 04 del cuaderno de obra, indica que habiéndose cumplido la cuarta condición que indica el numeral 176.1 del artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 344- 2018 –EF /Modificado por el D.S. 234-2022-EF: (Que la Entidad haya otorgado al contratista el adelanto directo, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 181), el mismo que ha sido el 31/11/2023. Por lo tanto, queda establecido el inicio del plazo contractual el 01/12/2023 y culminaría el 29/11/2024; y en cumplimiento al numeral 176.4 y numeral 175.1 de los artículos 175 y 176 del RLCE.  Con fecha 12 de enero de 2024, la supervisión mediante el asiento Nº 19 del cuaderno de obra, comunica al residente de obra, que tal como se ha acordado con el Ing. Cesar Milian - coordinador de obra, que toda modificación al trazo de la RP y RS, sea sustentada en forma específica y puntual, usando medios probatorios como registros fotográficos, todo esto deberá tener en cuenta en el expediente de replanteo de obra. por otro lado, se ha constatado el suministro de potes de C.A.C. y accesorios de concreto en las tres provincias de san pablo, Celendín y Cajabamba, se solicita a la residencia alcanzar copias de las guías de remisión.  Con fecha 25 de enero de 2024, la supervisión mediante el asiento Nº 28 del cuaderno de obra, deja constancia que se viene coordinando con el Ing. Cesar Milian y el Ing. Carlos Meneses Residente de obra; respecto al replanteo de obra; en la reunión virtual del 23.01.2024, donde el contratista presentó que el presupuesto del replanteo supera el 129.31%, en ese

conductores de Aleación de Aluminio 6201- T81 AAAC de 70 y 120mm2 para cumplir las Distancias Mínimas de Seguridad con respecto a la proyección horizontal de los aleros de las edificaciones. Sin embargo, se han encontrado calles irregulares y angostas, así como sus veredas, en algunos casos no existiendo veredas. Así mismo se puede apreciar aleros de las edificaciones que sobresalen la proyección vertical a sus veredas, propio de las zonas con precipitaciones pluviales. Con las dimensiones antes descrita del Bastidor tipo “L”, es imposible cumplir con la DMS de 2.50m. Por tanto, consultamos el uso de BASTIDORES de hasta de 3190mm2 de long., para cumplir con la DMS. Consulta N° 02: Se ha considerado en el expediente técnico, BASTIDORES TIPO “L” DE 75x75x6x1690mm, para el tendido de redes aéreas con cable tripolar de Aluminio Autoportante (NA2XSA2Y) de 3x70mm2 y 3x120mm para cumplir la DMS con respecto a la proyección horizontal de los aleros de las edificaciones. Sin embargo, debido a calles irregulares y angostas, así como sus veredas, en algunos casos no existiendo veredas. Así mismo se puede apreciar aleros de las edificaciones que sobresalen la proyección vertical a sus veredas, propio de las zonas con precipitaciones pluviales. Con las dimensiones antes descrita del Bastidor tipo “L”, es imposible cumplir con la DMS de 1.50m. Por tanto, consultamos el empleo de BASTIDORES de hasta de 2190mm2 de long., para cumplir con la DMS. Consulta N° 03: En la Lámina de Detalle RP, del expediente técnico, se ha considerado la Instalación de Retenidas Aéreas, laminas RP-52 y RP-53, utilizando un Poste adicional de apoyo a 3.0 m. ó 4.0 m. de distancia del poste terminal o de anclaje de la red aérea más la retenida vertical, sin embargo, los propietarios de las edificaciones se niegan a la instalación de postes en el frontis de sus fachadas, debiéndose buscar otras alternativas o cambiar los diseños de las retenidas. Por tanto, consultamos el empleo de la siguiente forma, la instalación de doble retenida contrapunta o el poste de apoyo para la retenida aérea a 30m la misma que sea utilizado en forma compartida con la red secundaria.

Consulta N° 04: Según lamina de armado y metrado de retenidas, el proyecto solo considera retenidas vertical, inclinada y aérea, sin embargo, se evidencia la necesidad de realizar adecuaciones en las estructuras de anclajes, por lo que es necesario considerar el tipo de retenida vertical en “Y” que dentro de su instalación este tipo de retenidas emplea 01 Perfil Tipo "L" DE 75x75x6x2300mm, la cual une los tres bastidores, a fin de mantenerlos en correcto alineamiento. Asimismo, se debería tomar en cuenta la instalación de guardacabos, ya que el funcionamiento de este, es proteger el amarre preformado de la retenida, por lo que se consulta el empleo de estas retenidas y su correspondiente ferretería, para el correcto funcionamiento de las estructuras de anclaje con bastidores. Consulta N° 05: En el expediente técnico no se ha considerado Conectores de Derivación Cuña, para MT de: (SECC COND. PRINC. / SECC COND. DERIV n), de 120/70 mm2 (Al/Al y/o Al/Cu), existiendo conductores de Aleación de Aluminio 6201- T81 AAAC de 120mm2 y 70mm2, siendo el tramo Principal o la Troncal de la red primaria con conductor AAAC de 120mm2 y sus derivaciones con conductor AAAC de 70mm2, consultamos el empleo de este conector para ser considerado dentro del presupuesto. Consulta N° 06: De acuerdo al ítem 4 de la memoria descriptiva (Evaluación de instalaciones existentes) y el ítem 8 de las EETT de montaje, mencionan que la ejecución de obra deberá ceñirse en lo posible a la disposición que aparece en los planos. Bajo este criterio, el consultor a considerado reutilizar algunos postes existentes, pero al realizar la evaluación, notamos que estas estructuras tienen desprendimiento de concreto, exposición de fierros, además se encuentran pandeados por el peso de los perfiles, por lo que consultamos el empleo y remplazo de estas estructuras evaluadas que fueran consideradas su reutilización Consulta N° 07: En el expediente técnico, se considera la reutilización de algunas Estructuras de Subestaciones Existentes que incluye el transformador y tablero en las tres provincias que comprende la obra, sin

imposible cumplir con la DMS de 1.00m, por tanto, consultamos el empleo de extensores Tipo I y Tipo II con una longitud de 1.50m para cumplir con las DMS, requeridas. Consulta N° 10: En el Expediente Técnico no se considera en el presupuesto la partida de compensación por cortes de suministro eléctrico, en algunos tramos, de la Red Primaria proyectada se instalará en la misma ruta de la Red Primaria existente, o en algunos casos se cruzarán, hechos que requerirán de cortes del suministro eléctrico. Al respecto cabe indicar que en el presupuesto del Expediente Técnico no se incluye esta partida o no indica que debe ser asumidos por el Contratista, por lo cual estos costos deberán ser asumidos por la ENTIDAD. Consulta N° 11: En el expediente técnico, considera Extensores de F°G° 38mmx5mm de 1.0m de long., Tipo I y Tipo II, para Estructuras BT y MT, soldadas en un extremo con 02 abrazaderas de fijación de 50mmx5mmx165mm ø, para el tendido de redes aéreas con cable autoportante de Aluminio Tipo CAAI-S, para cumplir la DMS con respecto a la proyección horizontal de los aleros de las edificaciones. Sin embargo, debido a la necesidad de salir en doble circuito de las Subestaciones de Distribución (tablero), por lo que consultamos el empleo de extensores de otras características como el caso de doble terna, de 1.0m y 1.50m de long. Para cumplir con la DMS de 1.0m con respecto a la proyección de los lugares accesibles de las edificaciones. Consulta N° 12: En el expediente técnico no se ha considerado Conectores de Derivación Cuña, para BT de: (SECC COND. PRINC./SECC COND. DERIV n), de 70/50 mm2 (Al/Al y/o Al/Cu) y 70/35 mm2 (Al/Al y/o Al/Cu), existiendo Cable Autoportante de Aluminio Tipo CAAI-S de: 3x70+2x mm2, 3x50+2x25 mm2 y 3x35+2x16 mm2, siendo los tramos principales de las redes secundarias con cables de 3x70+2x35 y sus derivaciones con cables de 3x50+2x25 y 3x35+2x16mm2. Consultamos el empleo necesario e

indispensable el suministro e instalación de este material para cumplir con el objetivo de la obra. Consulta N° 13: Debido a que en el expediente técnico solo considera el suministro e instalación de FH_LUMINARIA LED 50-55W, durante la inspección en campo, asi como durante el replanteo de obra se ha evidenciado la existencia de Luminarias LED de mayores potencias a lo considerado en el expediente técnico, en las calles principales, parques, plazas, etc. de las provincias de Cajabamba y San Pablo. Al instalarse Luminarias LED de 50-55W en lugar de las Luminarias LED existentes de mayor potencia (90 150W) se disminuirá la Iluminancia de los lugares antes descritos. Es por ello que consultamos considerar la reutilización de estas luminarias LED existentes en buen estado. Consulta N° 14: En el Expediente técnico del Estudio Definitivo, considera la calificación eléctrica de 400W/Lote para las provincias de San Pablo y Celendín, así como de 600W/Lote para la provincia de Cajabamba, considerando el factor de simultaneidad de 0.5 para las Cargas Particulares o de uso residencial, cargas especiales, usos generales y cargas Trifásicas (pequeños talleres, carpinterías, etc.). Sin embargo, en la Proyección de la Demanda, considera el factor de simultaneidad de 1, para las Cargas de Usos Generales (MDUG) y Cargas Trifásicas (MDUc). Existiendo incongruencias. Con respecto a la Tasa de crecimiento poblacional fue considerado; 0.00 % para San Pablo, 0.45% para Celendín y 1.05% para Cajabamba, sin embargo, de acuerdo al replanteo realizado, se evidencia un aumento considerable de usuarios con suministros en la provincia de Cajabamba, seguido de San Pablo. Que supera ampliamente lo calculado y proyecciones realizadas en el expediente técnico, así mismo, se encontró un aumento considerable de cargas trifásicas que representa en 268%. En tal sentido de acuerdo a la Resolución Directoral N° 159-2021-MINEM/DGE, donde se Establecen diversos Sectores de Distribución Típico para efecto de las fijaciones del Valor Agregado de

para la ejecución de las actividades en zonas donde no se cuenta con acceso vehicular para izar postes de CAC. Consulta N° 17: En la sección de conexiones domiciliarias del expediente técnico, se cuenta con las partidas de CAJA HERMETICA DE DERIVACION, EMPALME EN GEL, 600V TAMAÑO I y II, para conexiones monofásicas y trifásicas respectivamente, sin embargo, debido a las secciones del cable autoportante de 3x70+2x35 mm2, 3x50+2x25 mm2 y 3x35+2x16 mm utilizado en la presente obra, es inadecuado el uso de la CAJA HERMETICA DE DERIVACION, EMPALME EN GEL, 600V TAMAÑO I, siendo necesario el uso de la CAJA HERMETICA DE DERIVACION, EMPALME EN GEL, 600V TAMAÑO II, consultamos su utilización. Consulta N° 18: Se ha constatado que el diseño de las redes nuevas no cubre todo el radio de acción de las redes existentes para su mejoramiento. Se han encontrado redes existentes cuyo radio de acción, no son cubiertas por las nuevas redes, en algunos casos redes antiguas por accesos no definidas en las periferias de la ciudad que no cumplen las DMS. Existiendo redes definitivos o provisionales. El estudio no considero el cumplimiento de DMS. Consulta N° 19: Los cortes de secciones de vías (planos) del estudio no tienen la totalidad de las secciones de las vías o pasajes para la ubicación de las nuevas estructuras durante el replanteo. En particular en las zonas no definidas en las zonas periféricas de la ciudad. En el Ítem 11 de la memoria descriptiva PLANOS VISADOS Y CERTIFICADOS DE POSESIÓN EMITIDO POR LA MUNICIPALIDAD, se menciona lo siguiente: Sobre la situación de los planos visados, estos fueron visados por cada una de las municipalidades involucradas dentro del presente proyecto, en tal sentido se cuenta con el integro de los planos visados por sus respectivas municipalidades. Al respecto mencionamos que el Expediente Técnico NO cuenta con lo mencionado en la Memoria Descriptiva. Consulta N° 20: En el expediente técnico, considera las partidas de excavación de hoyos para postes M.T. y B.T. SIN ROTURA DE VEREDAS y

CON ROTURA Y RESANE DE VEREDA, puesta a tierra y retenidas en general. Sin embargo, en la inspección y visita a campo para el replanteo se ha evidenciado la existencia de terrenos rocosos. Esta consideración errónea llevara a incluir partidas adicionales para realizar los trabajos requeridos.  Con fecha 25 de marzo de 2024, la Supervisión mediante los asientos Nº 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, del cuaderno de obra, dando respuesta lo siguiente: ABSOLUCIÓN CONSULTA N° 01.- El Residente indica que para cumplir DMS, es necesario el cambio de bastidores del tipo “L” de 75x75x6x2690mm para conductor de aleación de aluminio 6201-T81 AAAC de 70mm2 y 120mm2, por bastidores tipo “L” de 75x75x6x3190mm; se solicita al Residente especificar en qué N° de estructura, N° de Plano, se necesita el bastidor de 3190mm, para efectuar la evaluación y elevar la consulta al Consultor del Expediente Técnico ABSOLUCIÓN A LA CONSULTA N° 02.- Respecto al cambio de bastidores del tipo “L” de 75x75x6x1690mm para cable tripolar de aluminio autoportante (NA2XSA2Y) DE 3x 70mm2 y 3x 120mm2, por bastidores tipo “L” de 75x75x6x2190mm; se solicita al Residente especificar en qué N° de estructura, N° de Plano, se necesita el bastidor de 2190mm, para efectuar la evaluación y elevar la consulta al Consultor del Expediente Técnico. ABSOLUCIÓN A CONSULTA N° 03.- No se puede hablar de deficiencia de Expediente Técnico, si propietario se niega a la instalación de estructuras frente de su fachada, al respecto si es posible utilizar retenida con doble contrapunta, así como la retenida aérea a 30m, no sin antes debe presentar la lámina de detalle que indica e identificar en que estructura de la RP se va utilizar este tipo de retenida ABSOLUCIÓN A CONSULTA N° 04.- Respecto a lo que indica el Residente si bien las Retenidas para RP, en la lámina RP -53, utiliza un cabezal de retenida para cada bastidor, la adecuación que indica (PERFIL TIPO l DE 75x75x6x2300mm y guardacabo) debió tenerlo en cuenta en el momento de

MINEM/DGE para la variación de sector típico 4 al sector típico 2, por consiguiente, pretende usar transformadores de mayor potencia. Se comunica que debe alcanzar los cálculos de máxima demanda para Celendín, así mismo la R.D. que indica es del año 2021 y el Expediente Técnico ha sido elaborado antes de la publicación de dicha R.D; en ese sentido y con los cálculos de máxima demanda, se elevará al Consultor para que emita opinión. ABSOLUCIÓN A CONSULTA N° 09.- Si bien el Residente de Obra plantea el uso de Extensor de F°G° 38mmx5mm, pero de 1.50m, debe presentar la lámina de detalle e indicar en que nro de estructura, de que SED, se requiere el uso de estos extensores, para emitir opinión, más allá de las evidencias que presente, esta supervisión acepta el uso de extensores de 1.50m de longitud para de esta manera cumplir con DMS; por lo que con la evidencias que presente el Resiente y la identificación en las estructuras a utilizar se hará la consulta al Consultor del Expediente Técnico. ABSOLUCIÓN A CONSULTA N° 10.- Si bien indica el Residente de Obra que el Expediente Técnico no contempla la partida de compensación por cortes de suministro eléctrico, para esto se debe solicitar el corte de servicio con exoneración con 25 días antes del corte programado, para de esta manera tramitar la autorización a la Entidad con ayuda del Coordinador de obra, para lo cual debe presentar su plan de corte justificado con la documentación correspondiente. ABSOLUCIÓN A CONSULTA N° 11.- Si bien el Residente de Obra plantea el uso de Extensor de F°G° 38mmx5mm, de 1.00m y de 1.50m de longitud, debe presentar la lámina de detalle e indicar en que Nº de estructura, de que SED, se requiere el uso de estos extensores, para emitir opinión, más allá de las evidencias que presente, esta supervisión acepta el uso de extensores de la longitud que plantea, con el propósito de cumplir con DMS; por lo que con la evidencias que presente el Resiente y la identificación en las estructuras a utilizar se hará la consulta al Consultor del Expediente Técnico.

ABSOLUCIÓN A CONSULTA N° 12.- Lo que indica el Residente la falta de conectores de derivación tipo cuña, pata BT, para las derivaciones de conductor de 70/50mm2, 70/35mm2 y que este insumo no está considerado en el Expediente Técnico, y consulta el empleo del conector antes mencionado, se le comunica que debe usar los insumos que garanticen la calidad de la obra, esto no genera adicional alguno, toda vez que el conector es insumo y no partida nueva; sin embargo, se va a consultar al consultor que ha elaborado el Expediente Técnico. ABSOLUCIÓN A CONSULTA N° 13.- Lo que indica el Residente de obra, que en obra se ha encontrado lámparas Led de potencia mayor a la considerada en el Expediente Técnico, en ese sentido se debe de reutilizar las Lámparas Led existentes, por lo que generará un deductivo vinculante, así mismo debe presentar en que estructuras y SED, se encuentran estas lámparas Led Existentes. ALSOLUCIÓN A CONSULTA N° 14.- Tomando en cuenta las calificaciones eléctricas consideradas en el Expediente Técnico, donde considera 400W/lote para San Pablo y 600W/lote para Celendín y Cajabamba, es necesario indicarle al Residente de Obra, que esto ha sido calculado con los datos históricos de los últimos años de las provincias de San Pablo, Celendín y Cajabamba, ahora si bien menciona que actualmente existe la alguna Resolución Directoral donde se establece los sectores típicos para efectos de determinar la Máxima Demanda; en ese sentido se precisa que el Expediente Técnico ha sido elaborado mucho más antes que se publique la Resolución N° 159-2023-MINEM/DGE, más allá de lo expuesto el Residente debe tener en cuenta que la Máxima Demanda debe calcularse con datos estadísticos, así como también las tasas de crecimiento debe ser calculados con los Censos de Población que el INEI realiza, así como también se puede utilizar las tasas de crecimiento que el MINSA maneja en su base de datos.

ABSOLUCIÓN A CONSULTAS N° 18.- Lo que manifiesta el Residente de Obra, que las Redes Nuevas no cubre todo el radio de acción de las redes existentes, ante esta situación debe alcanzar los planos especificando en qué lugar se trata, para consultar al proyectista que emita opinión. ABSOLUCION A CONSULTA N°19.- Si no hay secciones de vía (planos), el Residente de Obra debe realizarlos por eso existe la partida de replanteo, donde se incluye el uso de estación total para hacer el levantamiento topográfico. ABSOLUCION A CONSULTA N° 20.- lo que indica el Residente de Obra, sobre las rocas encontradas en el momento de la Excavación, esta debe ser demolidas con el martillo neumático, caso contrario evidenciar con registro fotográfico, a fin de evaluar la magnitud de los daños ocasionados.  Con fecha 08 de abril del 2024, la Supervisión mediante los asientos Nº 105, del cuaderno de obra, se deja constancia que, del expediente de replanteo, presentado por el contratista, existen dos montos, los cuales son: el presupuesto v8-2, por el monto de s/ 25,330,090.28, inc. IGV, el mismo que tiene una incidencia de 16.19% (adicional + mayores metrados - deductivo) / (monto del contrato), presentado el 20.03.2024, el presupuesto v9 por el monto de s/ 25,503,114.94, inc. IGV el mismo que tiene una incidencia de 17.00% (adicional + mayores metrados -deductivo) / (monto del contrato), presentado el 28.03.2024 de estos dos presupuestos se puede evidenciar que el presupuesto v9, el contratista, ha aumentado la partida adicional como son excavaciones en terreno rocoso (postes, retenidas y puestas a tierra) y que al revisar dichas partidas adicionales resulta que estas no tienen análisis de costos unitarios, así como también en el metrado de estas partidas han colocado cantidades al azar, como por ejemplo , en Celendín hasta el momento no se ha encontrado en la excavaciones de hoyos para postes terreno rocoso; por lo tanto el costo de cada partida y el metrado de estas, no se tomará en cuenta para la aprobación del expediente de replanteo, sino hasta cuando se elabore correctamente las partidas

adicionales de excavaciones; sin perjuicio de lo anterior solo se considera la aprobación de la partida de excavaciones, no sin antes advertir al contratista que debe considerar no solo terreno rocoso, sino también semirocoso, así como también las demás partidas nuevas.  Con fecha 08 de abril del 2024, la Supervisión de obra mediante los asientos Nº 106, del cuaderno de obra, deja constancia que mediante carta n° 065- 2024/ABFB-SO, de fecha 08.04.2024; la misma que contiene el informe N° 029-2024/SSC/ABFB-SO; que da conformidad al expediente de replanteo de obra; se ha presentado por mesa de partes virtual a la entidad, en atención al Ing. Cesar Milian santa cruz - coordinador de obra, para trámite respectivo.  Con fecha 15 de abril del 2024, el Residente de obra mediante el asiento Nº 107, del cuaderno de obra se comunica a la Supervisión, que como consecuencia de la Elaboración del Replanteo de Obra en las secciones; Redes Primarias, Subestaciones, Redes Secundarias, Alumbrado Público y Conexiones Domiciliarias, que en amparo de lo previsto en los numerales: 205.10, 205.11 y 205.12 del Artículo 205, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, que como consecuencia de la elaboración del Expediente de Replanteo de Obra, surge la necesidad de Ejecución de Prestaciones Adicionales por Mayores Metrados, las cuales son necesarios para cumplir con el objetivo del Proyecto, el cual se necesita la autorización por parte del Supervisor a través del Cuaderno de Obra y comunicados a la Entidad, de forma previa a su ejecución, de deja constancia que la Aprobación y Ejecución del MAYOR METRADO, incide en la culminación de la obra y el plazo vigente, asimismo, una vez se autorice e inicie la ejecución de los MAYORES METRADOS, se tramitara la respectiva solicitud de Ampliación de Plazo, al configurarse la causal prevista en el literal c) del Artículo 197 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Se adjunta archivo xlsx de las partidas con Mayores Metrados, como resultado de la diferencia de Metrados del Expediente de Replanteo de Obra