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Conceptos básicos de las sociedades mercantiles, Apuntes de Mercancías

En este video se explican los conceptos básicos de las sociedades mercantiles, su forma de constitución y las diferentes formas que pueden adoptar: empresa individual de responsabilidad limitada (eirl), sociedad anónima (s.a.), sociedad anónima cerrada (s.a.c), sociedad anónima abierta (s.a.a), sociedad colectiva, sociedad en comandita simple y sociedad civil. Se detalla la responsabilidad de los socios en cada tipo de sociedad.

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 25/10/2021

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ale-marsh 🇵🇪

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Tema 1 Las sociedades mercantiles
(Video explicativo)
¡Qué tal estimado estudiante! En este video vamos a analizar algunos conceptos sobre las
sociedades mercantiles. No te haré esperar más, así que, ¡empecemos!
Si has decidido constituir una persona jurídica para realizar tu actividad empresarial tienes dos
opciones:
La primera es realizarla mediante una Empresa individual de Responsabilidad Limitada, si se
trata de una sola persona, y si serán dos o más recurrir a constituir una Sociedad Mercantil
conforme la Ley General de Sociedades, la cual puede adoptar diversas formas.
En el Caso de la EIRL, es constituida por una sola persona y la empresa responde con su
patrimonio, puede tener opcionalmente unos o más gerentes.
Si deseas crear una persona jurídica con más de una persona, podrás constituir una sociedad
mercantil. Las formas que puede adoptar una sociedad son las siguientes:
Tenemos la Sociedad anónima (S.A.): que se caracteriza porque no se conocerá el nombre de
los socios. Además, este tipo de sociedad puede ser de tres formas: Sociedad Anónima simple
o pura, Sociedad Anónima Cerrada y Sociedad Anónima Abierta
Sociedad Anónima simple o pura: que se forma con un mínimo de dos accionistas y no tiene
límite superior. Requiere de una Junta General de Accionistas, Gerencias además de un
Directorio, por lo que usualmente es usada para empresas de gran tamaño.
Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.): Requiere de dos accionistas para constituirla y no puede
tener más de 20. Necesita de una Junta General de Accionistas, Gerencias, y el Directorio es
opcional, por lo que puede ser utilizada por empresas pequeñas que puede considerar el
ingreso de socios capitalistas o empresas grandes que prefieren mantener un número limitado
de socios.
Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.): Está orientada a cotizar en bolsa, ya que tiene un mínimo
de 750 socios, puesto que tiene como objetivo una inversión rentable. Por lo tanto, la
transacción de sus acciones está abierta al mercado bursátil. Sus acciones deberán estar
inscritas en el Mercado de Valores. Las acciones y su comercialización estarán vigiladas por
CONASEV.
La sociedad colectiva: Los socios son responsables de manera ilimitada y solidariamente por las
obligaciones de la sociedad. No es muy común su uso en la actualidad. El número de socios
mínimo es de dos y no existe un límite máximo. En este tipo de sociedad, los socios son
seleccionados por sus calidades personales y realizarán operaciones de comercio durante el
tiempo que consideren conveniente. En este tipo de sociedad predomina la confianza. El
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Tema 1 “Las sociedades mercantiles”

(Video explicativo)

¡Qué tal estimado estudiante! En este video vamos a analizar algunos conceptos sobre las sociedades mercantiles. No te haré esperar más, así que, ¡empecemos! Si has decidido constituir una persona jurídica para realizar tu actividad empresarial tienes dos opciones: La primera es realizarla mediante una Empresa individual de Responsabilidad Limitada, si se trata de una sola persona, y si serán dos o más recurrir a constituir una Sociedad Mercantil conforme la Ley General de Sociedades, la cual puede adoptar diversas formas. En el Caso de la EIRL, es constituida por una sola persona y la empresa responde con su patrimonio, puede tener opcionalmente unos o más gerentes. Si deseas crear una persona jurídica con más de una persona, podrás constituir una sociedad mercantil. Las formas que puede adoptar una sociedad son las siguientes: Tenemos la Sociedad anónima (S.A.): que se caracteriza porque no se conocerá el nombre de los socios. Además, este tipo de sociedad puede ser de tres formas: Sociedad Anónima simple o pura, Sociedad Anónima Cerrada y Sociedad Anónima Abierta Sociedad Anónima simple o pura: que se forma con un mínimo de dos accionistas y no tiene límite superior. Requiere de una Junta General de Accionistas, Gerencias además de un Directorio, por lo que usualmente es usada para empresas de gran tamaño. Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.): Requiere de dos accionistas para constituirla y no puede tener más de 20. Necesita de una Junta General de Accionistas, Gerencias, y el Directorio es opcional, por lo que puede ser utilizada por empresas pequeñas que puede considerar el ingreso de socios capitalistas o empresas grandes que prefieren mantener un número limitado de socios. Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.): Está orientada a cotizar en bolsa, ya que tiene un mínimo de 750 socios, puesto que tiene como objetivo una inversión rentable. Por lo tanto, la transacción de sus acciones está abierta al mercado bursátil. Sus acciones deberán estar inscritas en el Mercado de Valores. Las acciones y su comercialización estarán vigiladas por CONASEV. La sociedad colectiva: Los socios son responsables de manera ilimitada y solidariamente por las obligaciones de la sociedad. No es muy común su uso en la actualidad. El número de socios mínimo es de dos y no existe un límite máximo. En este tipo de sociedad, los socios son seleccionados por sus calidades personales y realizarán operaciones de comercio durante el tiempo que consideren conveniente. En este tipo de sociedad predomina la confianza. El

capital social está basado en participaciones que no constituyen títulos valores. Tiene un plazo fijo de duración. Sociedad en Comandita Simple: No es un tipo de sociedad muy usada, ya que las participaciones no pueden transferirse en el mercado de valores. Tiene dos tipos de socios: •Los socios colectivos que son administradores y tienen responsabilidad solidaria. •Los socios comanditarios que solo son inversionistas y responden por lo aportado, pero no administran. La sociedad en comandita por acciones: Esta sociedad se regirá por las reglas propias de la sociedad anónima, con la excepción de lo dispuesto para las acciones de los socios comanditados, las cuales siempre serán nominativas y no se podrán ceder sin el consentimiento de la totalidad de los accionistas comanditados y el de las dos terceras partes de los comanditarios. La sociedad civil: Está conformada por una organización de individuos que, mediante el ejercicio de una profesión, oficio o práctica, tienen como fin obtener una ganancia de las actividades que realizan. En este tipo de Sociedad prima la experiencia profesional, las habilidades o el renombre. Por ejemplo: suelen formarse en el caso de estudios de abogados y contadores. La confianza, es un elemento importante en la Sociedad Civil. La Sociedad Civil está dividida en dos tipos la Sociedad Civil Ordinaria y la Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, diferenciándose en el tipo de responsabilidad de los socios. Te invito a continuar revisando los materiales del curso y desarrollar sus actividades. ¡Hasta luego!