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carta de restauro 1972, Resúmenes de Conservación y Restauración de Bienes Culturales

aaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa

Tipo: Resúmenes

2021/2022

Subido el 07/12/2022

valeria-sarmiento-gomez
valeria-sarmiento-gomez 🇵🇪

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Carta de restauro 1972
La Carta del Restauro de 1972 es un documento sin ser legislación italiana, en donde se
expresan las ideas de Cesare Brandi, quien consideró que la restauración “es cualquier
intervención dirigida a devolver la eficiencia a un producto de la actividad humana, siendo la
obra la que condiciona la restauración y no al revés.” En ella se establecen una serie de
normativas para salvaguardar y restaurar los diversos elementos arquitectónicos, escultóricos,
pictóricos, arqueológicos, etc.
La Carta del Restauro de 1972 está estructurada de la siguiente manera:
· Breve informe, donde se define el concepto de obra de arte en su acepción más amplia y
se expone la necesidad de elaborar unas normas técnico-jurídicas que delimiten los procesos
de conservación, salvaguarda, prevención y restauración.
· Carta, dividida en artículos:
-Artículo 1: Definición de obra de arte en la carta
- Artículo 2: Ampliación del concepto de obra de arte
-Artículo 3: Además de las obras definidas en los artículos 1 y 2, se definen las operaciones de
salvaguarda y restauración.
-Artículo 4: destaca la distinción de salvaguardia, que es más próxima al concepto de
conservacion preventiva. Y restauración, siendo fundamental la planificación de programas
para los que era necesaria la elaboración de informes técnicos.
-Artículo 5: Cada Instituto elaborará un programa anual y especifico de los trabajos de
salvaguarda y restauración, que debe ser aprobada por el Ministerio de Instrucción Pública y
por el Consejo Superior de Antigüedades y Bellas Artes. Todas las intervenciones quedaran
recogidas en un Informe Técnico.
-Artículo 6: Prohibiciones de varias operaciones de salvaguarda y restauración
-Artículo 7: Admisión de varias operaciones y reintegraciones
En los artículos 6 y 7 se especifico que operaciones estaban prohibidas como el añadido de
complementos estilísticos, y cual eran aceptadas como los añadidos accesorios con fines
estructurales y estaticos
-Artículo 8: Estudio de todas las intervenciones realizadas de forma previa, asegurando que las
técnicas y materiales sean reversibles. Junta a una Elaboración de un diario seguido de un
informe final. Como se menciono es fundamental la reversiilidad de las intervenciones, aquí
por ejemplo, el caso del teatro de Sagunto que aunque por resolución del tribunal
constitucional se tendría que eliminar son demasiados altos los costos patrimoniales sobre el
edificio antiguo; asi mismo se menciona el mantenimiento de las patinas generadas por el paso
del tiempo.
-Artículo 9: El uso de nuevos procedimientos de restauración y de nuevos materiales deberá
ser autorizado por el Ministerio de Instrucción Pública, bajo el conforme parecer del Instituto
Central de Restauración. Se permitirá el uso de nuevos materiales con fines estáticos, siempre
y cuando se compruebe que los originales no son suficientes
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Carta de restauro 1972 La Carta del Restauro de 1972 es un documento sin ser legislación italiana, en donde se expresan las ideas de Cesare Brandi, quien consideró que la restauración “es cualquier intervención dirigida a devolver la eficiencia a un producto de la actividad humana, siendo la obra la que condiciona la restauración y no al revés.” En ella se establecen una serie de normativas para salvaguardar y restaurar los diversos elementos arquitectónicos, escultóricos, pictóricos, arqueológicos, etc. La Carta del Restauro de 1972 está estructurada de la siguiente manera: · Breve informe, donde se define el concepto de obra de arte en su acepción más amplia y se expone la necesidad de elaborar unas normas técnico-jurídicas que delimiten los procesos de conservación, salvaguarda, prevención y restauración. · Carta, dividida en artículos: -Artículo 1: Definición de obra de arte en la carta

  • Artículo 2: Ampliación del concepto de obra de arte -Artículo 3: Además de las obras definidas en los artículos 1 y 2, se definen las operaciones de salvaguarda y restauración. -Artículo 4: destaca la distinción de salvaguardia, que es más próxima al concepto de conservacion preventiva. Y restauración, siendo fundamental la planificación de programas para los que era necesaria la elaboración de informes técnicos. -Artículo 5: Cada Instituto elaborará un programa anual y especifico de los trabajos de salvaguarda y restauración, que debe ser aprobada por el Ministerio de Instrucción Pública y por el Consejo Superior de Antigüedades y Bellas Artes. Todas las intervenciones quedaran recogidas en un Informe Técnico. -Artículo 6: Prohibiciones de varias operaciones de salvaguarda y restauración -Artículo 7: Admisión de varias operaciones y reintegraciones En los artículos 6 y 7 se especifico que operaciones estaban prohibidas como el añadido de complementos estilísticos, y cual eran aceptadas como los añadidos accesorios con fines estructurales y estaticos -Artículo 8: Estudio de todas las intervenciones realizadas de forma previa, asegurando que las técnicas y materiales sean reversibles. Junta a una Elaboración de un diario seguido de un informe final. Como se menciono es fundamental la reversiilidad de las intervenciones, aquí por ejemplo, el caso del teatro de Sagunto que aunque por resolución del tribunal constitucional se tendría que eliminar son demasiados altos los costos patrimoniales sobre el edificio antiguo; asi mismo se menciona el mantenimiento de las patinas generadas por el paso del tiempo. -Artículo 9: El uso de nuevos procedimientos de restauración y de nuevos materiales deberá ser autorizado por el Ministerio de Instrucción Pública, bajo el conforme parecer del Instituto Central de Restauración. Se permitirá el uso de nuevos materiales con fines estáticos, siempre y cuando se compruebe que los originales no son suficientes

-Artículo 10: Control de las medidas encaminadas a preservar las acciones degradantes y las variaciones atmosféricas. -Artículo 11: Los métodos específicos de restauración se definen en los anexos -Artículo 12: En caso de conflictos el Ministerio decidirá que realizar. Conclusion:Mas que todo en la carta se define la salvaguardia de los monumentos añadiendo a éstos la pintura y la escultura. En sus capítulos describe la metodología necesaria para el reconocimiento e intervención restaurativa