
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Derecho Romano, Profesor: Jose Antonio Baena Sierra, Carrera: Derecho, Universidad: UMA
Tipo: Apuntes
1 / 1
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!

Las ferae bestiae son aquellos animales salvajes que viven en estado de libertad natural, vagan a su placer y no se encuentran sometidos al dominio del hombre, mientras que las bestiae mansuefactae son aquellos animales amansados que aun así continúan teniendo naturaleza salvaje. Estos se han acostumbrado a irse y volver, pero en cuanto pierden este hábito recobran su naturaleza salvaje.
Mediante el Código Civil no definimos que es la ocupación, pero este sancionara en su art. 610 que se adquieren por este modo los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueños ( res nullius ), como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas.
El Digesto clasifica a las abejas en animales de fera natura y también los considera animales de consuetudo revertendi.
Si. Perdió la propiedad cuando las abejas abandonan sus dominios y entran en el dominio de Vibienus.
Si. Adquirió la propiedad de las abejas cuando se instalaron en el árbol de su finca.
Según nuestro Código Civil en su artículo 612 tendrá derecho a perseguirlo en fundo ajeno indemnizando por los destrozos al poseedor del fundo. En caso de que este fundo estuviera cercado necesitara el permiso de su dueño, en este caso Vibienus.
Nigrina no podrá demandarlo porque ella ya perdió la propiedad de las abejas.
Según nuestro C.c. en su art. 612 al tratarse las abejas como animales amansados podrá reclamarlos en el plazo de veinte días desde su ocupación, en caso de que trascurra ese periodo pertenecerán a Vibienus.