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casos de derecho, Apuntes de Publicidad y Promoción

Asignatura: Bases psicosocials de la comunicació, Profesor: Nicolas Nicolas, Carrera: Publicitat i Relacions Públiques, Universidad: UA

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 13/01/2014

lolalolitalolalolitalola
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http://www.honduraslegal.com/legislacion/comercio.htm
CASO NUMERO 16
Anuncio en tv el rapero esta en una actuacion con la pepsi se lo esta pasando
bien y con baso blanco normal se viene abajo
la cancion es "sensacion" como el eslogan de cocacola
cocacola piensa que esta es una publicidad engañosa
y eso no lo permite la competencia desleal del articulo 9 y 10
la sentencia viene en 1947
ley de competencia desleal acto de desmigracion para menoscabar su
credito en el mercado
pero esto no se puede ver un acto de desmigracion porque asociar la bebida
con la musica suave tampoco es demigrar
Tambien se puede ver como un acto del articulo 10 "un acto de comparación"
Los actos de comparación estan permutidos siempre que se respeten
unas circunstancias
"se realizara de modo objetivo entre una o mas caracteristicas" y
representativas
Por tanto tampoco sería un acto de comparación
Si supondria un acto de publicidad desleal del 1988
(Hay que conocer los 6 articulos) y el sexto dice que los actos de publicidad
ilicita se consideraran de competencia desleal y se sancionaran con lo que
dice la ley)
CASO DEL RECORTE DE NOTICIA
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¡Descarga casos de derecho y más Apuntes en PDF de Publicidad y Promoción solo en Docsity!

http://www.honduraslegal.com/legislacion/comercio.htm

CASO NUMERO 16

Anuncio en tv el rapero esta en una actuacion con la pepsi se lo esta pasando bien y con baso blanco normal se viene abajo

la cancion es "sensacion" como el eslogan de cocacola

cocacola piensa que esta es una publicidad engañosa

y eso no lo permite la competencia desleal del articulo 9 y 10

la sentencia viene en 1947

ley de competencia desleal acto de desmigracion para menoscabar su credito en el mercado

pero esto no se puede ver un acto de desmigracion porque asociar la bebida con la musica suave tampoco es demigrar

Tambien se puede ver como un acto del articulo 10 "un acto de comparación"

Los actos de comparación estan permutidos siempre que se respeten unas circunstancias

"se realizara de modo objetivo entre una o mas caracteristicas" y representativas

Por tanto tampoco sería un acto de comparación

Si supondria un acto de publicidad desleal del 1988

(Hay que conocer los 6 articulos) y el sexto dice que los actos de publicidad ilicita se consideraran de competencia desleal y se sancionaran con lo que dice la ley)

CASO DEL RECORTE DE NOTICIA

Esa promesa no se ajustaba debido a que los mensajes estaban restringidos las llamadas estaban restringidas, autocontrol

tenia razon el mensaje publicitario tenia que ser comprensible para el consumidor

es una publicidad engañosa por lo tanto autocontrol exige que no se vuelva

a lanzar campañas porque enrealidad si que tiene limites en cuanto a

costes

CASO PRACTICO DE LOS ZUMOS GRANINI FRENTE A DON SIMON

Graini^ dice queno^ tiene campos de naranjas

por su parte probo que tambien hacemos zumos exprimidos de frutas porque eso hace pensar que don simon

RESOLUCION: Autocontrol da la razon a granini porque es una publicidad comparativa y induce al engaño, es totalmente contradictorio que granini solo comercializa tipos de zumo ncentrado sino exprimido

Esta acusando don simon a granini de lo que el tambien esta haciendo

Es un acto de degrinacion del articulo 9 de la ley de competencia desleal

CASO DE DOLCE & GABBANA

UN HOMBRE inmoviliza a una mujer y otros hombres miran sin hacer nada

La ley general de publicidad (LEER 6 ARTICULOS)

caso de publicidad ilicita de los que

apartado a) la publicidad es ilicita que atente sobre la indignidad de la persona

los anuncios que representen a las mujeres asciando su imagen a comportamientos estereotipados y que se da la violencia de genero (MUJERES MENORES Y NIÑOS) Articulo 3

CASO PRACTICO NUMERO 18

en distintos sectores que no compiten entre si, se les distingan con el mismo signo,la competencia entre ellos no va a existir, entre productos que compitan entre si no hay probema en distinguirlos con la misma marca en la oficina española de patentes y marcas.

Pero esta regla general del principio de especialidad, puede tener excepcionalidad, marcas notorias = solo las conoce un sector del publico

marcas renombradas = conocemos todos

cuando estamos una marca notoria o renombrada en cuyo caso aunque este en caso distintos de la produccion no copiten entre si los productos se sienten respaldados ante el principio de especialidad.

CASO PANRICO A BIBO

La marca donughts.

La obami es una oficina de la union europea

El tribunalda razon a la OBAMI no se puede inscribir la marca po la confusion que hay entre pan rico y bimbo

Bimbo donughts no se puede insctibir con la marca donuts porque podria causar confusion

CASO 19 LAS PATENTES

Tenemos un señor inventor, a presentado un invento para conseguir que se lo registren, sin embargo le dicen que carece de los rekisitos que hay que tener para que sea registable

Ante que que organismo se registran las patentes nacionales? de donde vendra este hombre para protegerla solo en españa?

Pues en la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS que no es igual que la OBAMI porque en la OBAMI se registra marca comunitaria y diseño La patente comunitaria no existe.

Cual son los rekisitos que deberia reunir este invento

novedad, actividad inventiva, aplicabilidad industrial

Hay una ley de patentes distinta a la ley de marcas, el artiulo 6 de la ley de patentes nos dice que un invento es nuevo cuando este no esta distintivo en el estado de la técnica, las cosas se conocen por una descripcion escrita o

oral o or cualquier otro conocimiento, El estado de la tecnica esta formado por todo lo que se conoce por el invento que ya se conoce, entonces si ya esta dentro del estado de la tecnica no es nuevo

en cuanto a a actividad inventiva, el invento puede ser nuevo, pero otra persona es capaz de desarrollar lo que ya forma parte del estado de la tecnica y llega a ese invento (cualquier tencico de grado medio)

(Articulo 8)

En cuanto a la aplicibilidad industrial debe ser posible contruir la makina, la makina debe ser aprobechable y aplicable

En cuanto al contenido de derecho de patentes, se pueden dar dos vertientes (positiva y negativa al igual que las marcas)

En canto a la vertiente positiva hay un derecho exclusivo a fabricar el producto o utilizar el procedimientoo para llegar al producto

Desde la cara opuesta, a impedir que nadie sin su consentimiento fabrique el invento si hubieraa conseguido su proposito registrarlo por tener el producto

Existe la posiblidad de tener acciones civiles y penales en caso de que se viole algun requisito

CASO PRACTICO NUMERO 20

Se registra una fregona que

Sale otra gregona con otra marca...se registra 3 años despues, es un diapositivo para escurrir los mochos de fregona. Se solicitaun perito para que en defensa de una otra cosa respondiera a los principios constructivos de que no se tenia que haber registrado porque esto ya existe en el cubo de la fregona

La sentencia es que se anulo el modelo de utilidad y con esta demanda, se consiguio una sentencia de la cual no debia registrarse el modelo de utilidad porque ya exisitia. El juez anulo el registro por vulnerar el derecho de registro

En españa se registran mas modelos de utilidad que patentes.

CASO 21

Joni motor puso una demanda diciendo que esta patentado el invento de

circuito para motor de persianas, hay dos patentes francesas que ya lo han inventado

Cual son las partes de esta demanda y que interes tiene:

Joni motor demanda y la parte demandafda es don romero

El nombre se registra en la oficiana española de patentes y marcas, se registra incluso el diseño,

el punto 3 dice que que se considera objeto de una patente y en que articulo se encuentra esta cuestion.

El articulo 4 dice que son pantentadas las aplicaciones inventivas que tengan aplicabilidad industrial.

Son pantentables las aplicaciones nuevas que tengan los requisitos de pantentabilidad.

Los requisitos de pantetibilidad son novedad o actividad inventiva y aplicbilidad en la industria.

Se considera que es nueva cuando no esta comprendida en el estado de la tecnica, el estado de la tecnica es todo lo que se a exo accesible al publico, todo lo qu hemos exo y se conoce en españa o en el extranjero, en este caso y esta registrado en francia

Actividad inventiva

El requisito de novedas no concurre y el juez declaro la nulidad del registro

CASO 22

Migul registro dos modelos de utilidad, la fecha de su registrabilidad fue el 9 de septiembre

La empresa demando a miguel para decir que el modelo de utilidad le corresponde a la empresa y qu

La industria no solo quiere que miguel sea el inventor se trata de invevenciones laborales

Estamos ante una invencion laboral esta cuestio la tenemos que mirar en la ley de patentes (Articulo 15 a 19)

Artuculo 154 habla de los modelos de uilidad inventados por un inventor. El modelo de utilidad SE registra en la oficia de patentes y marcas (no es igual que la OBAMI que es solo para marcas)

La empresa se lo registrara el invento pero si es un ivento maravilloso tendra obligacion de darle una remundelacion suplementaria pero la empresa de lo inscribe a su nombre el invento

Si no me pagan pa inventar el invento pero si a utilizado el material de la empresa hay que conceder una licencia de patente para explotar eso

EN EL PRESENTE CASO ENCAJA EN EL ARTICULO 15 aunque no existecontrato de trabajo, ha adquirirdo conocimientos en la empresa, migue a perdido su derecho a redumeracion complementaria porque el invento era un echo sin haber contrato pero utilizando los medios y los conocimientos que le ha dado la empresa. No tenia derecho porque su tituliraridad pertenecia ala empresa, aunque el invento hubiera sido extraordinario no ha avisado a la empresa,y miguel no recibio ninguna compensacion economica, la patente pasaron a la titulariedad de la empresa, miguel no aviso a la empresa pues,

si el invento es normal y se an utilizado los recursos de la empresa si el invento es normal con el salario tiene suficiente,

CASO SOBRE SOCIEDADES DE PERSONAS Y SOCIEDADES CAPITALISTAS

La muerte de un socio colectivo supone la disolucion de la sociedad colectiva, se abre la segunda fase la liquidación y la tercera fase es la extinción en el registro mercantil

Articulo 22 del codigo del comercio

Es posible que se disuelve la sociedad salvo que en los estautos se diga que puede continur con los herederos, pero si en los estatutos no se dice nada supone la disolulucion de la sociedad porque el elemento clave es la persona del socio.

Es posible tambien la existenca de socios que no aporten capital sino industria

(si aportas su conocimiento experto) en las sociedades de capital no es posible

Que participacion tiene cada uno de los socios? como participa cada uno de ellos en la gestion de la sociedad?

Si el socio es capitalista y la sociedad tiene beneficio se reparte el beneficio proporcionalmete al capital que hayan aportado los socio en la sociedad

en cuanto a ser administrados de la sociedad los socios capitalistas son los unicos que pueden ser administrados, la administración

El que menos capital aporto en su momento menos perdidas soportara

los socios capitalistas no participan en las perdidas al menos que por pacto expreso se hayan comprometido a participar tambien en las perdidas.

CASO NUMERO 24

Hay tres señores que quieren constituir una sociedad comanditaria por acciones o encomandita

Julio quere aportar quincemil euros en dinero efectivo

la señora quiere aportar un local de su sociedad

Julio sonia y luisa quieren ser

la sociedad comanditaria o encomanditaria estan reguladas en el codigo de coercial y las tres sciedades de capital en la ley de sociedades de capital del año 2010

Sería posible en esta sociedades de personas que hayan aportaciones dinerarias y no dinerarias

En los articulos 145 a 150 empiezan los articulos regulados a las compañias encomanditas

PUNTO 2

Es posible que dos de los socios respondan con todo su patrimonio mientras que el tercer socio solo conn su parte del capital?

Si, esta esla caracteristica clave de la sociedad de personas , no es lo mismo como responden los socios colectivo (con todo su patrimonio)

y socios comanditarios (que responde con parte de la aportacion del capital) este es el elemento clave, que sesponden de manera diferente

LA DENOMINACION no pueden figurar en la denominacion los comanditatios

don sevatain es comanditario entonces quieren que figuren los nombres de los tres pero es noo es posible porque HAY QUE AÑADIR LA PALABRA EN COMPAÑIA

En todos los casos hay que añadir sociedad en comandita

El articulo 147 dice que si algun comanditario incluyese su nombre quedara sujeto a tercero a las mismas responsabilidades que los colectivos

Sociedades de capital 25

La concesionaria del vehículo se niega a cobrar más tarde de lo pactado y plantea demanda ante los Tribunales, defendiéndose de la misma la compradora, quien solicita el Juez de nuevo el aplazamiento que necesita.

SE NOS PREGUNTA QUIEN RESULTARÁ VENCEDOR EN EL LITIGIO PLANTEADO.

GRADO EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PÚBLICAS

“INTRODUCCION AL DERECHO PARA…”

PROFESOR: NICOLÁS BARRERA

CASO PRÁCTICO NUM. 2

D. Mariano García es empleado en la Recaudación de Hacienda en Barcelona y está pensando abrir un negocio en dicha ciudad.

Conocedor de que no puede hacerlo, planea poner al frente de dicho negocio a un familiar suyo aunque, en realidad, el titular del negocio va a ser el mencionado D. Mariano

SE PREGUNTA:

1º.- SI MARIANO GARCÍA PODRÁ ABRIR EL NEGOCIO EN LA CIUDAD DE

BARCELONA

2º.- SI EN EL SUPUESTO DE QUE NO PUDIERA HACERLO POR SÍ MISMO

PODRÍA HACERLO COLOCANDO AL FRENTE DEL NEGOCIO A SU FAMILIAR

PERO CONSERVANDO SU TITULARIDAD.

GRADO EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PÚBLICAS

“INTRODUCCION AL DERECHO PARA…”

PROFESOR: NICOLÁS BARRERA

CASO PRÁCTICO NÚM. 3

D. Jacinto Antón es Economista y se encuentra colegiado en el Colegio Oficial de Economistas de la ciudad de Alicante.

Recientemente ha recibido una comunicación de su Colegio Profesional donde ponen en su conocimiento que, en su condición de empresario, ha de llevar una contabilidad adecuada al tipo de negocio que regenta y que además ha de inscribirse en el Registro Mercantil de la provincia.

Extrañado ante tal requerimiento nos pregunta si su Colegio se ha equivocado o, por el contrario, debe seguir las instrucciones recibidas y llevar contabilidad en su negocio e inscribirse en el Registro Mercantil de Alicante.

RESPONDER LA CONSULTA DEL SR.ANTÓN

GRADO EN PUBLICIDAD Y RELACIONES PÚBLICAS.

“INTRODUCIÓN AL DERECHO PARA…”

PROFESOR: NICOLÁS BARRERA

CASO PRÁCTICO NÚM. 4

Doña Asunción Botella quiere iniciarse en el mundo empresarial instalando un negocio de confección de ropa de señora. Es persona de amplio patrimonio, dado que tiene a su nombre en el Registro de la Propiedad el piso donde vive, un apartamento en San Juan de Alicante, así como dos vehículos a su nombre inscritos en el Registro de Bienes Muebles e incluso un par de cuentas bancarias con un saldo respetable.

“INTRODUCCION AL DERECHO PARA…”

PROFESOR: NICOLÁS BARRERA

CASO PRÁCTICO NUM. 6

La empresa “Textiles del Sureste, S.A.” tiene un apoderado en su factoría, encargado de supervisar el proceso de fabricación de tejidos.

Los tejidos en cuestión, concretamente sábanas, han sido vendidos a un comercio de Alicante, habiendo producido daños en la piel de un cliente que adquirió dichas sábanas.

El vendedor de las sábanas ha indemnizado a su cliente, pero a continuación reclama el importe pagado a “Textiles del Sureste, S.A.”, quien se niega a pagar alegando que ha sido su encargado el responsable del daño por no vigilar correctamente el proceso de fabricación, que era para lo que cobraba su salario.

SE PREGUNTA:

1.- Si Textiles del Sureste podrá evitar el pago por la negligencia de su encargado.

No podrá evitar el pago por la negligencia de su encargado ya que ha de responder por el, es una responsabilidad del empresario por causa ajena. Tendrá que indemnizar a reserva de que luego una vez indemnizado ese cliente a posteriori pueda alegar que el hombre no cumplió las instrucciones

que el le encargo y entonces podrá recuperar lo que haya pagado en concepto de indemnización.

2.- Si por el hecho de haber fabricado un producto defectuoso ha incurrido en algún tipo de responsabilidad.

Habría que ir a la ley de usuarios.

3.- Si en el supuesto de que dicha empresa se viera obligada a pagar podría luego reclamar el importe pagado a su apoderado-encargado.

(final del código de comercio)

En un principio el empresario responde como todo el mundo. Hay un sistema general que dice que en principio el empresario responde como todo el mundo obligado a repara todo daño causado.

Responde por ejemplo de sus empleados, no tiene una culpa directa pero al escoger a ese trabajador en concreto debe también responder por el. Es una responsabilidad propia del empresario por causa ajena.

GRADO EN PUBLICIDAD

“INTRODUCCCIÓN AL DERECHO…”

Profesor: NICOLÁS BARRERA

“DERECHO DE LA PUBLICIDAD”

Profesor: NICOLÁS BARRERA

CASO PRÁCTICO NÚM. 7

El centro comercial COMPRADONA tiene diversas secciones entre las que destaca, por su afluencia de público, la de pescadería.

Dª Antonia García, clienta del centro comercial, al acercase a la pescadería sufrió una caída, como consecuencia del charco de agua formado por el hielo

La editorial ha demandado a D. Andrés y le ha embargado, además de los bienes propios de éste, una casa de campo que Dª Antonia heredó de sus padres.

Dª Antonia exige a la editorial que levante el embargo dado que nunca otorgó consentimiento obligando sus bienes particulares en el negocio de su esposo.

SE PREGUNTA SI PODRÁ LA EDITORIAL LLEVAR EL EMBARGO ADELANTE

HASTA LA VENTA EN PÙBLICA SUBASTA DE LA CASA PROPIEDAD DE Dª

ANTONIA.

De los artículos 6 a 12 hablan de la persona casada.

Los bienes privativos del cónyuge comerciante son exclusivamente suyos, los ganados soltero o por herencia.

Para embargar los bienes privativos del cónyuge no comerciante será mucho más complicado.

Han de levantar el embargo de la casa porque en un principio se supone que como son bienes privativos de la cónyuge no comerciante. Y no se ha dado consentimiento explicito sobre que se puedan tomar los bienes privativos.

CASO PRÁCTICO NÚM. 8

D. Plácido Vela es un empresario individual dedicado a la fabricación de bolsos de señora. Dado que le han hablado de las ventajas de inscribirse en el Registro Mercantil como empresario, comenta este hecho con un amigo, quien le comenta que está en un error, porque en el Registro sólo es posible la inscripción de sociedades mercantiles.

Por otra parte, para un mejor control de su negocio ha nombrado un Apoderado para el mismo mediante un documento privado. Sin embargo, duda acerca de si podrá inscribir el nombramiento en el Registro Mercantil o si tendrá que acudir al Notario para nombrarlo en escritura pública.

SE PREGUNTA:

1.- SI DON PLÁCIDO PODRÁ INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO COMO

EMPRESARIO INDIVIDUAL.

Un empresario individual siempre puede inscribirse en el registro mercantil aunque no tienen la obligación de hacerlo excepto en el naviero. Si le da la espalda al registro mercantil no podrá después pedir la inscripción de un determinado documento ni tampoco podrá servirse de acciones o documentos favorables que le puedan venir bien.

  1. SI PARA EL NOMBRAMIENTO DE APODERADO PARA SU NEGOCIO SERÁ NECESARIA ESCRITURA PÚBLICA O BASTARÁ CON UN DOCUMENTO PRIVADO.

El quiere que conste el nombramiento en el registro mercantil y por ello habrá que llevar a cabo una escritura publica. Como norma general solo tiene derecho o cabida en el registro mercantil los documentos públicos.

(esta hablando de principios…)

CASO PRÁCTICO NÚM. 9

D. Jacinto Sánchez es un empresario individual dedicado a la fabricación de bolsos de señora, teniendo su domicilio social en la plaza de Benidorm. Dado que le han hablado de las ventajas de inscribirse en el Registro Mercantil como empresario, comenta este hecho con un amigo, quien le dice que está en un error, porque en el Registro sólo es posible la inscripción de sociedades mercantiles.

Por otra parte, para un mejor control de su negocio, ha nombrado un Apoderado para el mismo mediante un documento privado. Sin embargo, duda acerca de si podrá inscribir el nombramiento en el Registro Mercantil o si tendrá que acudir al Notario para formalizar el nombramiento en escritura pública”

SE PREGUNTA: