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Civil 3 tema 1, Apuntes de Derecho Civil

Asignatura: civil III, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: URJC

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 23/09/2014

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alnuac 🇪🇸

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Civil 3
La cosa q se entrega puede q perezca debido a los propios vicios ocultos o bien q se destruya
por esos vicios ocultos(1487,1488).
Regionen del CC vicios ocultos y 6 mss para reclamar
Legislacion de consumo
Propuestas europeasen materia de Compra-Venta Principio de conformidad
Propuesta de reforma del CC Compra-Venta
Reforma del RD legisltivo 1/2007 16 Noviembre
Garantia de 2 años aparece en 2003(art 114)
Art 91, 118 y 117
Obligaciones del comprador. Del pago del precio
Art 1500. El precio aplazado no va aprodicir interés a favor del vendedor excepto por: 1acurdo
entre partes,2º si la cosa vendida produce frutos o rentas en compensación del comprador de
hacerlos suyos (1095), 3º el comprador se constituye en mora art 1501. El 1502 reconoce
supeustos que el comoprador pueda anular la compra.. se produce aplazamiento del precio aunq
el vendedor cumple con su parte. 1503 se ocupa de proteger al vendedor.
Riesgos en la compraventa
Se refiere al supuesto de q el contrato es perfecto pero no se entrego aun. Se entiende q quien se
ocupa de los frutos es el comprador x causa fortuito causa de fuerza mayor o por un tercero.(art
1452)
Los art 3 y 4 los q mncionan el concepto de comprador u ususario y los art 59 y 59 bis lo
referente a los contratos
Promesa de vender o comprar
Art 1451. Exist acuerdo entra comprador y vendedor peor no quieren que surja en el momnto
sino mas tarde a la marcha del contrato. En el artículo se contemplan 2 supuesto:
1. Promesa unilateral donde solo una de las partes queda obligada
2. Existe promesa bilateral, es decir compromiso reciproco y cualquier parte puede exigir
a la otra el cumplimiento de la promesa. Es un pre contrato de compraventa del q se
deriva una opción de compra
La opción de compra se regula en el art 1451. En primer lugar se exige un acuerdo en el q las
partes conceden la facultad de exigir la celebración de un contrato de compraventa. Otra opción
debe existir un plazo cierto y el precio de la adquisición y puede o no existir el establecimiento
de una prima. No se puede retirar la oferta en plazo fiado y una vez que se ejercita la opción se
extingue nace y se perfecciona la opción d compraventa.
Si se refiere a inmuebles se ha de realizar en registro d ela propiedad es oponible e a terceros.
Doble venta
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Civil 3

La cosa q se entrega puede q perezca debido a los propios vicios ocultos o bien q se destruya por esos vicios ocultos(1487,1488).

  • Regionen del CC vicios ocultos y 6 mss para reclamar
  • Legislacion de consumo
  • Propuestas europeasen materia de Compra-Venta Principio de conformidad
  • Propuesta de reforma del CC Compra-Venta

Reforma del RD legisltivo 1/2007 16 Noviembre

Garantia de 2 años aparece en 2003(art 114)

Art 91, 118 y 117

Obligaciones del comprador. Del pago del precio Art 1500. El precio aplazado no va aprodicir interés a favor del vendedor excepto por: 1acurdo entre partes,2º si la cosa vendida produce frutos o rentas en compensación del comprador de hacerlos suyos (1095), 3º el comprador se constituye en mora art 1501. El 1502 reconoce supeustos que el comoprador pueda anular la compra.. se produce aplazamiento del precio aunq el vendedor cumple con su parte. 1503 se ocupa de proteger al vendedor.

Riesgos en la compraventa Se refiere al supuesto de q el contrato es perfecto pero no se entrego aun. Se entiende q quien se ocupa de los frutos es el comprador x causa fortuito causa de fuerza mayor o por un tercero.(art

Los art 3 y 4 los q mncionan el concepto de comprador u ususario y los art 59 y 59 bis lo referente a los contratos

Promesa de vender o comprar Art 1451. Exist acuerdo entra comprador y vendedor peor no quieren que surja en el momnto sino mas tarde a la marcha del contrato. En el artículo se contemplan 2 supuesto:

  1. Promesa unilateral donde solo una de las partes queda obligada
  2. Existe promesa bilateral, es decir compromiso reciproco y cualquier parte puede exigir a la otra el cumplimiento de la promesa. Es un pre contrato de compraventa del q se deriva una opción de compra

La opción de compra se regula en el art 1451. En primer lugar se exige un acuerdo en el q las partes conceden la facultad de exigir la celebración de un contrato de compraventa. Otra opción debe existir un plazo cierto y el precio de la adquisición y puede o no existir el establecimiento de una prima. No se puede retirar la oferta en plazo fiado y una vez que se ejercita la opción se extingue nace y se perfecciona la opción d compraventa.

Si se refiere a inmuebles se ha de realizar en registro d ela propiedad es oponible e a terceros.

Doble venta

Art 1473. 2 o mas contratos de compraventas celebrados x una mismo vendedor con diferentes compradores y cundo el vendedor es aun dueño de la cosa

Venta de cosa ajena Hay q partoor de 3 principios:

  1. Nadie puede transmitir mas de lo que tiene, por lo tanto una venta realizada x quien no es propietario no es apta para transmitir la propiedad con carácter general
  2. En ocasiones e dº protege la apariencia y hace inatable las adquisiciones de un 3 sacrificando al verdadero titular (adquisiciones an domino art 464 muebles y 34 inmuebles)
  3. Nuestro derecho no sanciona con la nulidad la venta de cosa ajena porque en ningún momnto el código se exige q el vendedor sea propietario

Los efectos de la compraventa de una cosa ajena son :

  1. (^) El vendedor esta obligado a adquirir la cosa para cumplir el contato o a conseguir q el propietario transmita la cosa al comprador
  2. Si no lo consigue se realiza una indemnización de bienes y prejuicios
  3. Si el vendedor entrega esa cosa al comprador se aplicas las reglas de saneamiento
  4. El comprador q no a adquirido la propiedad como consecuencia de la venta ese comprador puede completar la adquisición de ese bien si complta un plazo de usucapión

Tema 2

Pactos adicionales

Pacto de retroventa o de compraventa con retracto convencional art 1507.derecho q se reserva el vendedor para recuperar la cosa vendida. Se puede ejercitar contra cualquier tercero, poseedor que traiga a causa del comprado aunque ene le segundo contrato no se haya mencionado ese contrato convencional. El plazo legal de retracoto son 4 años.

Art 1518. El precio de venta y gastos necesarios y útiles en la cosa vendida. Hay 3 tipos

  • Gastos necesarios son los que se realizan necesariamente
  • Gastos útiles son que sin ser necesarios suponen un aumento de su valor
  • Gastos de puero lujo son los que no son necesarios ni útiles y solo dan satisfacción a quien disfruta.

El retracto convencional solo admite los gastos necesarios y los útiles. Los gastos que se refieran al deterioro no son gastos necesarios. Lo relacionado con los frutos se los queda el comprador.

Art 1510,1512,

Pacto de reserva de domino