

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
En este documento se pide que realicemos un comentario completo del prólogo del código de lipit-ishtar y hagamos nuestra interpretación de sus objetivos y del territorio descrito. Además, debemos hacer un comentario histórico de textos seleccionados del código de eshnunna y hammurabi, identificando las palabras clave y sus significados en el contexto. Finalmente, debemos deducir tres conclusiones concretas a partir de todo lo leído.
Tipo: Apuntes
1 / 3
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


LEYES 2, 23, 30 y 35.
NO SE TE OLVIDE COMENTAR LOS ASPECTOS SIGUIENTES:
DE LAS LEYES DEL CÓDIGO:
C.H.234.- Si algún barquero ha calafateado para alguien un arco de 60 GUR le enviará como gratificación 2 siclos de plata. C.H.235.- Si un barquero ha calafateado un barco para alguien pero no ha asegurado su trabajo y (si), en ese mismo año, ese barco da de banda, él asumirá la falta; el barquero desmontará el barco y (lo) reforzará a sus expensas; después, reforzado el barco, (lo) enviará al propietario del barco. C.H.236.- Si alguien ha dado su barco en alquiler a un barquero y (si) el barquero ha sido negligente y ha dejado hundirse el barco o lo ha perdido, el barquero devolverá un barco al propietario del barco. C.H.237.- Si alguien ha tomado en alquiler un barquero y un barco y (si) lo ha cargado de cebada, de lana, de aceite, de dátiles o con cualquier flete que sea, (si) este barquero ha sido negligente y (si) ha dejado zozobrar el barco y hecho perder su carga, el barquero compensará el barco que ha dejado hundir así como cada cosa que haya hecho perder de su carga. C.H.238.- Si un barquero ha dejado hundir el barco de un hombre, pero (si) ha podido reflotarlo restituirá la plata de la mitad de su precio. C.H.239.- Si alguien ha empeñado un barco, devolverá 6 GUR de cebada por año. C.H.240.- Si un barco, remontando, ha golpeado y hecho zozobrar un barco descendente, el propietario cuyo barco se ha hundido declarará oficialmente en presencia del dios cada cosa que se ha perdido con su barco y el barquero del remontante que ha hecho zozobrar al descendente le compensará su barco y cada cosa que ha perdido.