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Comentario sobre la restauración en galego
Tipo: Apuntes
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Doc.1.-O Manifesto de Sandhurst presenta en 1874 o programa político da Restauración: Huérfana la Nación ahora de todo derecho público e indefinidamente privada de sus libertades, natural es que vuelva los ojos a su acostumbrado derecho constitucional y a aquellas libres instituciones que ni en 1812 le impidieron defender su independencia ni acabar en 1840 otra empeñada guerra civil [...] Afortunadamente la Monarquía hereditaria y constitucional posee en sus principios la necesaria flexibilidad y cuantas condiciones de acierto hacen falta para que todos los problemas que traiga su restablecimiento consigo sean resueltos de conformidad con los votos y la convivencia de la Nación. No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente; sin Cortes noresolvieron los negocios arduos los Príncipes españoles allá en los antiguos tiempos de la Monarquía, y esta justísima regla de conducta no he de olvidarla yo [...1 cuando los españoles están ya habituados a los procedimientos parlamentarios [...]. Doc.2.-Constitución de 1876: “Don Alfonso XII, por la gracia de Dios, rey constitucional de España, a todos los que las presentes vieren y entendieren, Sabed: Que en unión y de acuerdo con las Cortes del Reino actualmente reunidas, hemos venido en decretar y sancionar la siguiente Constitución de la Monarquía Española. Art. 11. La Religión católica, apostólica, romana es la del estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. (...). Art. 18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey. Art. 19. Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados Art. 50. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. (...).
Doc.3.-A quenda:Cánovas e Sagasta altérnanse como cociñeiro e cliente, pero España sempre frega os pratos: Doc. 4.-Benito Pérez Galdós critica o caciquismo en Política española (antoloxía de artigos),1884: “Consecuencia de todo elo é o caciquismo, o entronizamento de certos individuos nas localidades, os cales, como instrumentos do diputado,son donos dos resortes administrativos (...). O cacique dá e quita os miserentos postos de traballo que disfrutan os máis pobres do lugar; seus son o carteiro - peón, o secretario do Concello, o peón camiñeiro, o expendedor de efectos estancados. O cacique é quen ó facer o reparto da contribución carga a man ó adversario, alixeirando ó amigo (...).Verdade é que o tirano da aldea, que tan grandes servicios presta ó deputado, someténdolle a localidade, abruma a este coas súas esixencias (...)”. Doc. 5.-Valentí Almirall, republicano federal, denuncia o fraude electoral (1880): “Entre nós reina a farsa en toda a súa crueza, unha farsa completa, exclusiva das eleccións españolas. O mesmo se o sufraxio é universal que restrinxido, nunca hai máis que un só elector: o ministro da Gobernación. Este cos seus gobernadores de provincia e o innumerable exército de empregados de todas clases, sen excluír os altos cargos da maxistratura e do profesorado, prepara, executa e consuma as eleccións (...), dende o fondo do seu despacho, situado no centro de Madrid (...). Nada hai que sexa sagrado: listas electorais, urnas, escrutinio, todo é falseado polos nosos políticos baixo a inmediata dirección do gobernador civil de cada provincia ”.
Sufragio sin concretar. Primero será censitario y desde 1890 (ley realizada por Sagasta) universal masculino (aunque fraudulento). “Turnismo”. Dos partidos (bipartidismo), denominados dinásticos por su apoyo al sistema, se turnan en el poder de forma pacífica mediante el fraude electoral. El sistema era complejo y afectaba a todo el país. En un momento dado, la Corona designa a un partido para que gobernase. Éste forma gobierno y disuelve las Cortes convocando elecciones. El ministro de Gobernación redacta el encasillado (la lista de diputados que tienen que salir elegidos) y se lo transmite a los gobernadores civiles, que imponen en su provincia los candidatos a través de los caciques locales. De esta manera no es el pueblo el que elige a sus gobernantes, sino éstos los que hacen creer al pueblo que son elegidos. A este sistema es al que hace referencia el nacionalista catalán Valentí Almirall, cuando denuncia que sólo hay un elector: el ministro de Gobernación. Pieza fundamental en este entramado fraudulento son los caciques, los cuales mediante la compra de votos, la coacción o el fraude (manipulación de censos, cambio de actas...PUCHERAZO) imponían el encasillado en su provincia. El poder de estos caciques era especialmente notable en las áreas rurales, donde tenían en sus manos el sustento de las familias más humildes del lugar, como nos describe Benito Pérez Galdós. Sólo en las zonas urbanas era posible escapar de la tenaza de estos nuevos señores feudales, pero la población urbana era aún muy minoritaria, solo el 25% del total, con respecto a la rural. De esta manera una misma oligarquía, que ostentaba siempre los cargos políticos y administrativos, formada por la aristocracia, alta burguesía, Iglesia y ejército, gobernaba para mantener el orden social, impidiendo a la oposición política alcanzar el poder. Este hecho es el que refleja la caricatura del documento Nº 3. Da lo mismo quien gobierne, si Sagasta o Cánovas, los dos son los beneficiados alternándose en los papeles y el pueblo español es el que siempre debe mantenerlos con su trabajo. Los dos partidos dinásticos eran de ideología liberal:
provocado por los anarquistas en represalia a la represión de la Ley antiterrorista de 1894, y la crisis del 98. El reinado de Alfonso XIII (1902-1923/31). Crisis del sistema. Se rompe la alternancia de los partidos debido a: