Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Compraventa Vehiculo, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Civil

Modelo v1 de compraventa con vehiculo automotor

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2020/2021

Subido el 20/07/2021

diego-soler-1
diego-soler-1 🇨🇴

1 documento

1 / 4

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
COMPRAVENTA DE VEHICULO AUTOMOTOR
Entre los suscritos, a saber; DIEGO SOLER GUALDRON, mayor de edad,
identificado con cédula de ciudadanía 1.098.800.xxx expedida en la ciudad
de Bucaramanga, quien en adelante se denominará EL VENDEDOR; por una
parte y por la otra, MARGARITA LÓPEZ CELY, mayor de edad, identificada
con la cédula de ciudadanía 63.277.xxx, expedida en la ciudad de
Bucaramanga, quien para efectos del presente instrumento se designará como
LA COMPRADORA; hemos acordado celebrar el presente contrato de
compraventa de vehículo automotor, el cual se regirá por las siguientes
CLAUSULAS
PRIMERA. OBJETO. EL VENDEDOR transfiere a título de venta a favor de la
COMPRADORA, y ésta recibe en los términos y condiciones que aquí se
determinan el VEHÍCULO AUTOMOTOR;
DESCRIPCIÓN DEL VEHICULO
CLASE AUTOMOVIL PLACA FRE578
MARCA CHEVROLET CILINDRAJE 6000 cm3
LINEA CAMARO SS TRANSMISIÓN AUTOMATICA
COLOR ROJO FERRARI SERVICIO PARTICULAR
No. MOTOR Z6A45789 No. PUERTAS TRES (03)
No. CHASIS 9FCBL46634901 MODELO 2019
SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO. Las partes aceptan como precio de
venta del vehículo objeto del presente contrato, la suma de CIEN MILLONES
DE PESOS M/CTE ($100.000.000), cantidad que LA COMPRADORA entrega
y EL VENDEDOR recibe de la siguiente manera;
1. Un pago inicial de TREINTA MILLONES DE PESOS ($30.000.000) a la
firma de este instrumento que deberá ser transferido a la cuenta bancaria
de ahorros Nro 830-304178-56 de Bancolombia a la firma de está
compraventa.
.
2. El valor restante de SETENTA MILLONES DE PESOS ($70.000.000) a la
entrega del vehículo automotor objeto de este contrato que deberá ser
transferido a la cuenta bancaria de ahorros Nro 830-304178-56 de
Bancolombia.
pf3
pf4

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Compraventa Vehiculo y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

COMPRAVENTA DE VEHICULO AUTOMOTOR

Entre los suscritos, a saber; DIEGO SOLER GUALDRON , mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía 1.098.800.xxx expedida en la ciudad de Bucaramanga, quien en adelante se denominará EL VENDEDOR ; por una parte y por la otra, MARGARITA LÓPEZ CELY, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía 63.277.xxx, expedida en la ciudad de Bucaramanga, quien para efectos del presente instrumento se designará como LA COMPRADORA; hemos acordado celebrar el presente contrato de compraventa de vehículo automotor, el cual se regirá por las siguientes CLAUSULAS PRIMERA. OBJETO. EL VENDEDOR transfiere a título de venta a favor de la COMPRADORA , y ésta recibe en los términos y condiciones que aquí se determinan el VEHÍCULO AUTOMOTOR ; DESCRIPCIÓN DEL VEHICULO CLASE AUTOMOVIL PLACA FRE MARCA CHEVROLET CILINDRAJE 6000 cm LINEA CAMARO SS TRANSMISIÓN AUTOMATICA COLOR ROJO FERRARI SERVICIO PARTICULAR No. MOTOR Z6A45789 No. PUERTAS TRES (03) No. CHASIS 9FCBL46634901 MODELO 2019 SEGUNDA. PRECIO Y FORMA DE PAGO. Las partes aceptan como precio de venta del vehículo objeto del presente contrato, la suma de CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($100.000.000) , cantidad que LA COMPRADORA entrega y EL VENDEDOR recibe de la siguiente manera;

1. Un pago inicial de TREINTA MILLONES DE PESOS ($30.000.000) a la firma de este instrumento que deberá ser transferido a la cuenta bancaria de ahorros Nro 830-304178-56 de Bancolombia a la firma de está compraventa. . 2. El valor restante de SETENTA MILLONES DE PESOS ($70.000.000) a la entrega del vehículo automotor objeto de este contrato que deberá ser transferido a la cuenta bancaria de ahorros Nro 830-304178-56 de Bancolombia.

TERCERA. ESTADO. El VENDEDOR informa que el vehículo automotor, posee sus accesorios correspondientes y se encuentran en buen estado de funcionamiento, por lo cual la entrega se realizará a entera satisfacción de LA COMPRADORA , circunstancia que ésta declara expresamente, para lo cual es plena prueba de aceptación el presente documento. QUINTA. SANEAMIENTO. Manifiesta EL VENDEDOR que responde a la COMPRADORA por su calidad de propietario del vehículo vendido y declara no haberlo dejado enajenado antes, encontrarse libre de gravámenes, limitaciones o condiciones, pero que en todo caso se compromete al saneamiento de lo dado en venta. SEXTA. SOAT. El VENDEDOR se obliga a entregar a LA VENDEDORA el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente para el año en curso. PARAGRAFO: Sin perjuicio de lo anterior; LA COMPRADORA acepta que la vigencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) podrá ser inferior al año, teniendo en cuenta el momento de su emisión. SEPTIMA. ENTREGA. EL COMPRADOR realizará la entrega el día treinta (30) de Junio del dos mil veintiuno (2021) a las 10:00 A.M en las oficinas de la Dirección de Tránsito del municipio de Bucaramanga, misma fecha en que se realizara el traspaso de propiedad del vehículo. OCTAVA. GASTOS. Las partes acuerdan que los gastos que se deriven del objeto contractual serán cubiertos en partes iguales. NOVENA. CLAUSULA PENAL. El VENDEDOR se obliga a pagar a LA COMPRADORA una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del Contrato, a título de indemnización por los perjuicios que ocasione en caso de incumplimiento total de sus obligaciones contractuales, sin perjuicio de las demás acciones de cobro que ésta adelante. Igualmente, LA COMPRADORA se obliga a pagar con EL VENDEDOR una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del Contrato, a título de indemnización por los perjuicios que ocasione en caso de incumplimiento total de sus obligaciones contractuales, sin perjuicio de las demás acciones de cobro que ésta adelante. DECIMA. MODIFICIACIONES. Cualquier modificación que se haga al contrato, deberá constar por escrito, firmado por ambas partes. DECIMA PRIMERA. DOMICILIO CONTRACTUAL. Las partes acuerdan para todos los efectos legales definir como domicilio contractual la ciudad de Bucaramanga, del departamento de Santander, Colombia. Para constancia, se firma por las partes contratantes a los 20 días del mes de junio del año 2021, en dos ejemplares, uno para cada parte, en la ciudad de Bucaramanga.

el funcionamiento y/o el estado de los bienes muebles situación que acepta EL COMPRADOR.