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Los conceptos básicos del derecho comercial relacionados con los actos de comercio, comerciante individual y comerciante colectivo. Se definen los actos de comercio como acciones que implican la compra de un bien o servicio a cambio de un precio acordado. Se distinguen entre comerciante individual, que ejerce el comercio en su nombre propio y con fines de lucro, y comerciante colectivo, que es una sociedad organizada bajo la forma mercantil. Se transcriben el artículo 3 y las fracciones i, ii, iii del código de comercio.
Tipo: Apuntes
Subido el 18/10/2022
3 documentos
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que una persona o una empresa realiza por medio de la cual logra concretar la compra de un bien o de un servicio pagando una suma de dinero que ha sido acordada por la persona que vende el producto.
Adquisición por compra de vivienda. Compra de automóviles. Compra de acciones dentro de una empresa. Venta de acciones luego de haberlas comprado a precios menores. Alquileres de inmuebles.
quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, cualesquiera actividades llamados personas físicas. Personas que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación habitual.
sociedades organizadas bajo la forma mercantil, con calidad de comerciantes, con actividades referentes a la industria a dirigida a la producción o transformación de bienes y a la presentación de servicios llámese persona moral.
El código de comercio en su articulo 3° establece quienes se consideran comerciantes: I. Las personas que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria. II. Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles. III. Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.