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Algunos conceptos basicos sobre derecho procesal para estudiantes de asitente notarial jurídico.
Tipo: Diapositivas
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LA JURISDICCION LA ACCIÓN EL PROCESO
LA LEY: Fuente mas importante, norma emanada de un órgano competente.
LA COSTUMBRE: Practica repetida de ciertas conductas con conciencia de que son obligatorias. La aplica el juez porque se lo indica la ley o porque se lo indica la practica judicial ante el silencio de la ley.
LA JURISPRUDENCIA: Cuando antes varios casos similares los jueces dan igual solución.
LA DOCTRINA: Son las opiniones de los autores , es común que los jueces las citen para fundar sus sentencias.
1. PRINCIPIO O SISTEMA DISPOSITIVO Sobre las partes recae casi toda la actividad del proceso. A cargo de ellas esta iniciar el , el impulso procesal, la disponibilidad del derecho material, los temas a decidir , el aporte de los hechos y las pruebas , etc. De este principio se derivan los siguientes :
2.PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN: Significa que no se permite el retroceso del proceso. Los actos procesales deben ser realizados en la etapa y en el tiempo que corresponde , de no ser asi se pierde la oportunidad para realizarlos.
INICIATIVA E IMPULSO PROCESAL
EL THEMA DECIDEMDUM APORTE DE LOS HECHOS Y LAS PRUEBAS
DISPONIBILIDAD DEL DERECHO MATERIAL
Implica que todos los actos que se realicen se adquieren para el proceso , no para las partes, aunque estas hubieran pedido o realizado el acto. De manera que, todas las partes pueden beneficiarse o perjudicarse con el resultado de los elementos aportados a la causa por cualquiera de ellas.
6. PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN
Tiende a que haya un contacto lo mas directo posible del juez con las partes , o con las pruebas producidas en el proceso.
7. PRINCIPIO DE LEGALIDAD DE FORMAS
Excluye la posibilidad de que las partes puedan dejar de lado los requisitos de forma, tiempo y lugar a que están sujetos los actos procesales, predeterminados en la ley.
POR LA NATURALEZA DE LA ACCION
POR EL CONTENIDO DEL PROCESO Singular: cuando el contenido del proceso es solo una cuestión jurídica determinada o varias susceptibles de ser separadas universal: cuando en virtud del fuero de atracción en el proceso están contenidas todas las cuestiones relativas a una masa patrimonial. POR EL MODO voluntarios: cuando no hay litigio ni controversias entre las partes. Pero estas voluntariamente requieren la intervención del juez. contenciosos: cuando hay controversia, las partes tienen pretensiones opuestas respecto a una situación jurídica determinada
Proceso penal Proceso civil Proceso laboral Proceso fiscal
de ejecución: tienden a que se ejecute una sentencia definitiva anterior o un titulo ejecutivo. Estos son ejecución de sentencia juicio ejecutivo ejecuciones especiales
especiales: se organizan especialmente para determinadas cuestiones. Son mas breves y sencillos. cautelares: tiende a impedir que el derecho o pretensión que se invoca en el proceso , pueda desaparecer o perder eficacia durante la duración del pleito.