Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Introducción al Derecho: Conceptos Básicos, Apuntes de Derecho

Una introducción al derecho, definición de derecho objetivo y subjectivo, derecho natural y positivo, fuentes del derecho, leyes, socialidad, obligatoriedad, origen público, coactividad, costumbre y normas jurídicas. Además, se incluyen conceptos relacionados como conducta, ordenamiento, sociedad, justicia, moral y valores jurídicos.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 15/11/2020

alma_Flowers
alma_Flowers 🇲🇽

1 documento

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
DERECHO: “es el conjunto de reglas establecidas para regir las relaciones de los hombres en
sociedad, en cuanto se trate de reglas cuya observancia puede ser coercitivamente impuesta a los
individuos”.[ CITATION Ant06 \l 2058 ]
derecho objetivo: conjunto de normas que rigen las relaciones de las personas en una comunidad.
derecho subjetivo: está constituido, correlativamente, por la relación jurídica o el conjunto de
relaciones jurídicas, cada una de las cuales se integra con facultades y deberes.
El “derecho natural” está conformado por el núcleo del ordenamiento que conforme a la
naturaleza humana tiende a la instauración de la justicia en la sociedad,
el “derecho positivo”, es la concreción del derecho natural, es decir, la traducción del derecho
natural y su adaptación a las circunstancias sociales concretas de un momento histórico
determinado.
“fuente” indica el manantial de donde surge o brota el agua de la tierra. En la ciencia jurídica, se
designa con esta voz, a los medios de donde se origina el derecho, aunque también algunos
autores prefieren referir a los “medios de expresión del derecho”.
Las leyes, son las reglas generales, abstractas y obligatorias emanadas de la autoridad pública
autorizada al efecto, que rigen la conducta de las personas.
Socialidad: se dicta para el hombre en cuanto miembro de la sociedad, y se dirige a gobernar las
relaciones interindividuales.
Obligatoriedad: supone una voluntad superior que manda y una inferior que obedece (artículo 1º
del Código Civil).
Origen Público: la ley debe emanar de una autoridad pública en la línea de la soberanía política,
diferenciándose de las reglas impuestas por poderes privados, tales como la patria potestad.
Coactividad: no se deja al arbitrio de las personas su cumplimiento, sino que dependiendo del tipo
de ley cuyo mandato no se cumpla, deviene una sanción.
“La costumbre: consiste en la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por
los miembros de una comunidad social, con la convicción de que responde a una necesidad
jurídica”
NORMAS JURIDICAS: Regla de conducta dictada o promulgada por un poder
legítimo para regular la conducta humana por medio de una prescripción,
autorización o prohibición.[ CITATION Gar85 \l 2058 ]
CONDUCTA Es el primer elemento básico del delito, y se define como el
comportamiento humano voluntario, positivo o negativo, encaminado a un
propósito. Lo que significa que sólo los seres humanos pueden cometer
conductas positivas o negativas, ya sea una actividad o inactividad
respectivamente.
ORDENAMIENTO: Este concepto proviene de la integración de las normas
en un conjunto o sistema de normas e instituciones organizado y
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Introducción al Derecho: Conceptos Básicos y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity!

DERECHO: “es el conjunto de reglas establecidas para regir las relaciones de los hombres en sociedad, en cuanto se trate de reglas cuya observancia puede ser coercitivamente impuesta a los individuos”.[ CITATION Ant06 \l 2058 ] derecho objetivo: conjunto de normas que rigen las relaciones de las personas en una comunidad. derecho subjetivo: está constituido, correlativamente, por la relación jurídica o el conjunto de relaciones jurídicas, cada una de las cuales se integra con facultades y deberes. El “derecho natural” está conformado por el núcleo del ordenamiento que conforme a la naturaleza humana tiende a la instauración de la justicia en la sociedad, el “derecho positivo”, es la concreción del derecho natural, es decir, la traducción del derecho natural y su adaptación a las circunstancias sociales concretas de un momento histórico determinado. “fuente” indica el manantial de donde surge o brota el agua de la tierra. En la ciencia jurídica, se designa con esta voz, a los medios de donde se origina el derecho, aunque también algunos autores prefieren referir a los “medios de expresión del derecho”. Las leyes, son las reglas generales, abstractas y obligatorias emanadas de la autoridad pública autorizada al efecto, que rigen la conducta de las personas. Socialidad: se dicta para el hombre en cuanto miembro de la sociedad, y se dirige a gobernar las relaciones interindividuales. Obligatoriedad: supone una voluntad superior que manda y una inferior que obedece (artículo 1º del Código Civil). Origen Público: la ley debe emanar de una autoridad pública en la línea de la soberanía política, diferenciándose de las reglas impuestas por poderes privados, tales como la patria potestad. Coactividad: no se deja al arbitrio de las personas su cumplimiento, sino que dependiendo del tipo de ley cuyo mandato no se cumpla, deviene una sanción. “La costumbre: consiste en la observancia constante y uniforme de un cierto comportamiento por los miembros de una comunidad social, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica” NORMAS JURIDICAS: Regla de conducta dictada o promulgada por un poder legítimo para regular la conducta humana por medio de una prescripción, autorización o prohibición.[ CITATION Gar85 \l 2058 ] CONDUCTA Es el primer elemento básico del delito, y se define como el comportamiento humano voluntario, positivo o negativo, encaminado a un propósito. Lo que significa que sólo los seres humanos pueden cometer conductas positivas o negativas, ya sea una actividad o inactividad respectivamente.

ORDENAMIENTO: Este concepto proviene de la integración de las normas

en un conjunto o sistema de normas e instituciones organizado y

coherente,[ CITATION Enc19 \l 2058 ] de manera que éstas adquieren relevancia

por la posición que ocupan en el mismo.

SOCIEDAD: es un conjunto integrado de individuos que establecen relaciones a base de conductas recíprocas orientadas por objetivos propios y por el comportamiento esperado de otro u otros.[ CITATION Mon07 \l 2058 ]

JUSTICIA: es la cualidad de lo justo. Administrar justicia consiste

esencialmente en declarar lo que es justo en el caso concreto sometido

al tribunal.

Moral: conjunto de normas, valores y creencias, aceptadas en una sociedad

y que tienen como objetivo ser un modelo de conducta y valoración para

establecer lo que es tolerable y lo que no lo es dentro de un núcleo social.

valores jurídicos: son aquellos que hacen que se cumplan los derechos de cada persona. Éstos presentan características de polaridad: aparecen desdoblados bajo la forma de un valor positivo; que persigue la realización de los valores contenidos en los ordenamientos jurídicos positivos, tanto en la aplicación de normas como en su elaboración conforme a actos formales predestinados[ CITATION Jua11 \l 2058 ] reglas evita la arbitrariedad judicial y promueve la seguridad jurídica, pues el ideal de aplicación de este tipo de normas ha sido la subsunción silogística[ CITATION Nau19 \l 2058 ] PROVISIONES: Prevención de medios o cosas necesarias para un fin. | Alimentos, pertrechos u otros elementos. En este significado la voz suele emplearse en plural, | Suministro, abastecimiento. | Providencia, medida o disposición para lograr un objetivo.

Bibliografía

CITATION Ant06 \l 2058 : , (Antinori, 2006), CITATION Gar85 \l 2058 : , (Garcia , 1985), CITATION Enc19 \l 2058 : , (Enciclopedia Juridica , 2019), CITATION Mon07 \l 2058 : , (Montoya , 2007), CITATION Jua11 \l 2058 : , (Juarez , 2011), CITATION Nau19 \l 2058 : , (Nau, 2019),