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practica de derecho internacional
Tipo: Tesis
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Elvio Rago (ERASMUS) Derecho Internacional Público Grupo H
EL CONFLICTO DE SIRIA A LA LUZ DEL DERECHO INTERNACIONAL
Los principios estructurales del ordenamiento internacional se pueden encontrar en el artículo 2 de la carta de las naciones unidas y además en la resolución 2625(XXV) de la asamblea general, son principios muy importantes y básicos como por ejemplo :el principio de no intervención ( que iremos a analizar después ), la prohibición de la amenaza o uso de la fuerza y muchos otros principios , lo que vamos a analizar en este momento serán estos principios en tema del conflicto que ha habido en el territorio siriano. Durante el conflicto sirio se han utilizado métodos diferentes de intervención por parte de la ONU , este principio de no intervención protege tanto a los estados soberanos y tanto a los pueblos y sus culturas. Actualmente la carta de las naciones unidas establece a la ONU de no intervenir en asuntos internos de un estado según el artículo 2.7 y además la resolución 2625(XXV) del 24 octubre 1970 prohíbe que otro estado pueda intervenir en asuntos personales de otro estado. La intervención en un conflicto nacional como puede ser el sirio debe estar debidamente justificada y por esto los conflictos armados internos son tema de interés internacional y como tales son regulados por el derecho internacional. Sobre todo, el tema de la intervención armada tiene mayores limitaciones y por eso en el artículo 2.4 de la carta se prohíbe el recurso a la fuerza armada y en la resolución 2625 (XXV) se precisa esta prohibición. Por ejemplo, en el artículo capitulo VII de la carta de las naciones unidas hay varios artículos como por ejemplo el 51 que se establece que la fuerza armada se puede utilizar solo por legitima defensa o protección de la paz o la seguridad internacional hasta que el consejo de
seguridad haya tomado todas la medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionale. Entonces podría ser posible una intervención armada en Siria solo si hay una amenaza a la paz y violaciones masivas de derechos humanos , siempre con previa autorización del consejo de seguridad. Todo lo que hemos explicado antes puede considerarse una amenaza a la paz y a la seguridad internacional porque aunque se trata de un conflicto interno en el territorio sirio , hay factores que pueden convertir todo esto en un hecho de inestabilidad global ,porque hay muchos estados implicados en la cuestión siriana y también porque está situado en una región clave para el orden político mundial. Durante el conflicto en siria se produjeron numerosas violaciones de los derechos humanos y humanitarios, a continuación, vamos a citar distintos hechos que produjeron estas violaciones. Según un informe del consejo de derechos humanos sobre la situación actual en siria el 26 de febrero a 23 marzo de 2018 se ha expreso en esa forma:
‘’ La Comisión ha venido denunciando violaciones sistemáticas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario que han incluido detenciones arbitrarias, torturas durante la detención, desapariciones forzadas, violencia sexual y de género, ataques a establecimientos médicos, escuelas y mercados, ataques indiscriminados y ataques deliberados a civiles. Ninguna de las partes ha cumplido sus obligaciones, tanto en virtud del derecho internacional humanitario como del derecho de los derechos humanos, de proteger a los civiles, la infraestructura básica para la vida y los medios de subsistencia de la población civil o los lugares especialmente protegidos que constituyen la columna vertebral de sus comunidades. La ayuda humanitaria se ha instrumentalizado como arma de guerra; el asedio y la denegación de asistencia vital se han utilizado para obligar
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del estado de tratar con humanidad y sin discriminación por cualquier motivo a las personas que no participen directamente en la hostilidades y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, detención, herida o por cualquier otra causa, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas. Hay prohibiciones explicitas de los atentados contra la vida, los homicidios, tratos humillantes, torturas, ejecuciones y condenas sin previo juicio ante un tribunal, exigiendo que los heridos y enfermos sean recogidos y atendidos por un organismo imparcial como la Cruz Roja. Analizando la guerra que se està habiendo ahora en Siria, podemos ver como hay altos niveles de vulneración del los tratados de ginebra, y por ello podemos deducir que el DIH es vulnerado en este conflicto cada segundo, sobre todo con el uso de armas químicas contra los civiles sirianos, según el informe que tenemos aquí abajo, Siria ha sido investigada por el uso de armas químicas:
‘’ la misión enviada a Siria a investigar el uso de armamento químico confirmó que habían sido usadas, y concluyeron que las fuerzas de la oposición no tenían los medios para lanzar un ataque así, quedando solamente el régimen de al-Asad como el único que dispone de ese tipo de armamento y, por consiguiente, como el responsable más probable. El régimen sirio negó esas afirmaciones, citando que faltaban evidencias definitivas. Mientras tanto, el gobierno de los Estados Unidos sospechó la posibilidad de un ataque militar como respuesta, ya que el presidente Obama había declarado en 2012 que su uso equivaldría a cruzar una línea roja. La intervención militar no se llevó a cabo por el miedo a verse inmiscuido en otro conflicto; en su lugar, se llegó a una solución diplomática acordada por Rusia y los Estados Unidos a través de la cuál, Siria acordaba desmantelar y destruir, bajo supervisión internacional, todo su arsenal químico antes del verano de
2014. Al-Asad, quien niega vehementemente haber usado estas armas accedió a su desmantelamiento para evitar un
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ataque militar y así asegurar la supervivencia de su régimen. ‘’
Como podemos apreciar el uso y la proliferación de armas químicas costituyen una amenaza a la seguridad internacional y a la paz, y merece siempre la máxima condena y respuesta de la comunidad internacional, el organismo que se ocupa de la prohibición de estas armas químicas es llamado (OPAQ) y su misión es la de evitar cualquier forma de su proliferación o desarrollo. En este asunto se incluye también la responsabilidad de proteger a las poblaciones desde los crimines de guerra y desde la humanidad. El consejo de seguridad por el caso de Siria ha adoptado en el curso de los anos varias medidas pero sin conseguir mucho exito ,ha condenado las continuas violaciones contra los civiles y contra derechos humanos y humanitario desde el ejercito Sirio y sus opositores , exigiendo como ha sido vetado en la reunion del consejo de seguridad de la naciones unidas el 4 febrero del 2012 ,el cese de la violencia armada , de asegurar la libre circulacion de los periodistas en todo el pais , garantizar la libertad de partecipar en manifestaciones pacificas y exigir la protecion de la poblacion Siria desde estas amenzas , Reafirmando energicamente su condena por las varias violaciones producidas , las resoluciones vetadas, en el cursos de estos anos por los miembros del consejo de seguridad, se ha pedido que se ponga en marcha una transacion politica dirigida por Siria , tenendo como objetivo un sistema politico mas democratico donde todos los ciudadanos tienen condiciones de igualdad entre ellos indipendentemente del grupo etnico la cual ellos partenecen. Podemos decir que desde su creacion despues de la segunda guerra mondial el consejo de seguridad está compuesto por cinco miembros permanentes: Estados Unidos, Rusia, China, Gran Bretana y Francia, que tienen derecho a veto y desde diez miembros que pero no son permanentes , elegidos por un termino de dos a nos, cada miembro del consejo de seguridad tiene su
http://www.un.org/en/ga/search/view_doc.asp? symbol=S/2012/77&Lang=S
http://www.un.org/en/ga/search/view_doc.asp?symbol=S/2012/
http://diposit.ub.edu/dspace/bitstream/2445/61270/1/TFE-MOI- DeSantiago-enero2014.pdf
https://www.derecho-internacional-publico.com/2015/01/principios- estructuradores-ordenamiento-juridico-internacional.html
https://pradogrado.ugr.es/moodle/pluginfile.php/228845/ mod_resource/content/1/CONCEPTO%20DEL%20DIH.pdf
https://pradogrado.ugr.es/moodle/pluginfile.php/228848/ mod_resource/content/2/PRINCIPIOS%20GENERALES% 20BÁSICOS%20DEL%20DERECHO%20INTERNACIONAL% 20HUMANITARIO.pdf
https://www.icrc.org/es/doc/resources/documents/misc/5tdmmu.htm
https://www.icrc.org/es/doc/resources/documents/misc/treaty-gc-0- art3-5tdlrm.htm