



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Conocimientos de embarque, tipos especiales, clausulas importantes
Tipo: Diapositivas
1 / 5
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!




Inglés: Marine/Ocean Bill of Lading (BL) Francés: Connaissement Maritime / Lettre d’embarquement maritime
Definición:
El Conocimiento de Embarque Marítimo o su correspondiente en inglés Bill of Lading (B/L) , es un documento de transporte marítimo puerto a puerto que cumple con las siguientes funciones y características:
¿Quién emite y firma el B/L?: Los encargados de emitir el B/L son los transportistas (navieras, armadores o agentes consignatarios de buques) o bien el capitán del buque o un agente designado por el mismo. A instancia de los exportadores (o de sus agentes de aduanas), se suelen emitir tres o cinco ejemplares originales de B/L.
El circuito documental del B/L es el siguiente: El emisor del B/L lo envía al exportador normalmente a través de su agente de aduanas.Los exportadores deben remitir posteriormente el B/L original a los importadores (por courier , vía bancos o junto con la mercancía) para que éstos (o sus agentes de aduanas) puedan retirar las mercancías en el puerto de destino. El consignatario (“consignee”) es el receptor de la mercancía y puede por lo tanto ser el importador o su agente de aduanas. En los créditos documentarios, el consignatario también puede ser el banco que avala la compra. El “notify” es la persona a la que se le notifica la llegada a puerto de la mercancía. El B/L puede emitirse a la orden del “shipper” (cargador), a la orden del “consignee” (receptor), nominativo (indicando el nombre del receptor de la mercancía) y al portador. En los dos últimos supuestos no cabe endosar el documento a un tercero.
Implicaciones del título de propiedad de la mercancía para quien lo tiene en su poder:
El importador puede recibir el B/L mucho antes que la mercancía. En ese caso, puede ceder el documento a alguno de sus acreedores para que se cobren con la mercancía que ha de llegar. Al endosar el B/L, el importador transfiere la propiedad de la mercancía a su acreedor (cesionario) y éste será quién pueda retirarla del muelle en cuanto llegue al puerto de destino. En este caso (endoso efectuado por receptor), para poder endosar el B/L, dicho
documento debe estar consignado a la orden del receptor (“consignee”). Para endosar, el endosante deberá hacer constar en el reverso del documento firma y sello (endoso en blanco) o indicar además los datos identificativos del endosatario (endoso completo).
El importador puede conseguir que su banco (u otra entidad financiera) le anticipe las cantidades que supuestamente cobrará en cuanto venda las mercancías que ha de recibir por vía marítima y que vienen reflejadas en el B/L. Para ello deberá ofrecer a la entidad financiera garantías distintas a las mercancías recogidas en el B/L.
El importador puede conseguir que su banco (u otra entidad financiera) le preste dinero, ofreciéndole las mercancías reflejadas en el B/L como garantía de dicho préstamo.
Características del Conocimiento de Embarque marítimo para el Crédito Documentario: El Conocimiento de Embarque debe tener las siguientes características, salvo que en el crédito se estipule lo contrario: indicar transportista, que las mercancías hayan sido cargadas en transporte marítimo determinado; mencionar puertos de carga y descarga, y que no esté sometido a charter-party. Según el artículo 20 de las “ Reglas y Usos Uniformes para créditos documentarios”, revisión de 2007” , publicación nº 600 de la Cámara de Comercio Internacional (CCI):
A) El Conocimiento de Embarque, cualquiera que sea su denominación, debe:
Estos documentos se rigen por el artículo 24 de los Usos y Reglas Uniformes de la Cámara de Comercio Internacional, siendo sus características generales iguales a las de los Conocimientos de Embarque Marítimos Regulados
Instrucciones para la correcta cumplimentación:
El B/L incluye los siguientes elementos:
Nombre y dirección del exportador y de la naviera, armador o consignatario
Nombre y dirección del destinatario de la mercancía.
Nombre y dirección de la persona a la que se le notificará la llegada de la mercancía a puerto en destino.
Marcas y números de las mercancías
Número de unidades (de embalajes)
Tipo de bultos, descripción de la mercancía Peso bruto Volumen
Datos de la empresa de transporte previo al embarque
Lugar de entrega de la mercancía, antes del embarque
Datos del barco, número de viaje Puerto de carga
Puerto de descarga Lugar de última entrega por el consignatario
Flete y gastos Toneladas
Numeración de contenedores, si es el caso
Si es pagadero en origen
Si es pagadero en destino
Tarifa
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
Lugar y fecha de emisión
Número de originales emitidos por el consignatario
Flete a pagar en...