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El Parlamento Español: Función, Proceso Legislativo y Control al Gobierno, Apuntes de Derecho Constitucional

El parlamento español, históricamente conocido por su papel legislativo, actualmente se encarga de controlar y fiscalizar al gobierno. Su evolución a lo largo de las épocas, sus ventajas y desventajas, y el proceso legislativo detrás de las leyes ordinarias y organizadas. Además, se detalla el control que el parlamento ejerce sobre el gobierno, con y sin responsabilidad política.

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 12/03/2015

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EL PARLAMENTO (CORTES GENERALES)
Inicialmente se componía de 3 estamentos (nobles, eclesiásticos y pueblo llano).
Históricamente, es la esencia de la democracia, pero actualmente ha perdido fuerza por dos
motivos:
Históricamente tenía una función legislativa sin embargo en la actualidad se encarga
de controlar y fiscalizar al gobierno.
Aparece el Tribunal Constitucional que puede censurar las leyes que el Parlamento
presente si se las considera inconstitucionales.
Las ventajas del Parlamento es que da seguridad jurídica, mientras que las desventajas son
que el Tribunal Constitucional está por encima de él.
Las raíces de la democracia se apoyan en la soberanía nacional: el pueblo elige a sus
representantes en el Parlamento, desde donde se toman medidas.
El Parlamento ha sufrido 3 etapas:
1ª. S.X- S.XVII. El rey nombraba sus miembros y era la autoridad. Surge el derecho de
inviolabilidad y el derecho a ser arrestado para proteger a los parlamentarios.
2ª. S. XVII- 1910. El parlamento se desvincula de la figura del rey.
3ª. 1910- ACTUALIDAD. La función principal del parlamento es controlar, ya que la
función legislativa la ejerce el gobierno.
Por tanto, podemos definir PARLAMENTO como: órgano y poder del Estado que
representa la soberanía nacional y que sirve para legislar, controlar y aprobar los
presupuestos del Estado. (Art. 66 C.E)
FUNCIÓN LEGISLATIVA: Potestad de las cámaras para aprobar o rechazar los
proyectos de la ley que remite el gobierno.
FASES DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO (ART. 87 Y SIGUIENTES C.E)
1ª INICIATIVA LEGISLATIVA Es el arranque del estudio de un proyecto de ley por
parte del Parlamento.
Función externa al parlamento. La tienen: Gobierno, Congreso, Senado, Comunidades
Autónomas y ciudadanos (salvo temas como: leyes orgánicas, relaciones internacionales,
tributarias, prerrogativa de gracia o reforma Constitucional).
Cuando el Gobierno adopta esta iniciativa se llama proyecto de ley; cuando lo hace el
Congreso y el Senado se llama proposición de ley. Par que sea de una manera popular
tienen que tener 500.000 firmas.
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EL PARLAMENTO ( CORTES GENERALES )

Inicialmente se componía de 3 estamentos ( nobles, eclesiásticos y pueblo llano ). Históricamente, es la esencia de la democracia, pero actualmente ha perdido fuerza por dos motivos:

  • Históricamente tenía una función legislativa sin embargo en la actualidad se encarga de controlar y fiscalizar al gobierno.
  • Aparece el Tribunal Constitucional que puede censurar las leyes que el Parlamento presente si se las considera inconstitucionales. Las ventajas del Parlamento es que da seguridad jurídica, mientras que las desventajas son que el Tribunal Constitucional está por encima de él. Las raíces de la democracia se apoyan en la soberanía nacional: el pueblo elige a sus representantes en el Parlamento, desde donde se toman medidas. El Parlamento ha sufrido 3 etapas : 1ª. S.X- S.XVII. El rey nombraba sus miembros y era la autoridad. Surge el derecho de inviolabilidad y el derecho a ser arrestado para proteger a los parlamentarios. 2ª. S. XVII- 1910. El parlamento se desvincula de la figura del rey. 3ª. 1910- ACTUALIDAD. La función principal del parlamento es controlar, ya que la función legislativa la ejerce el gobierno. Por tanto, podemos definir PARLAMENTO como: órgano y poder del Estado que representa la soberanía nacional y que sirve para legislar, controlar y aprobar los presupuestos del Estado. (Art. 66 C.E) FUNCIÓN LEGISLATIVA : Potestad de las cámaras para aprobar o rechazar los proyectos de la ley que remite el gobierno. FASES DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO ( ART. 87 Y SIGUIENTES C.E ) 1ª INICIATIVA LEGISLATIVA Es el arranque del estudio de un proyecto de ley por parte del Parlamento. Función externa al parlamento. La tienen: Gobierno, Congreso, Senado, Comunidades Autónomas y ciudadanos ( salvo temas como: leyes orgánicas, relaciones internacionales, tributarias, prerrogativa de gracia o reforma Constitucional ). Cuando el Gobierno adopta esta iniciativa se llama proyecto de ley; cuando lo hace el Congreso y el Senado se llama proposición de ley. Par que sea de una manera popular tienen que tener 500.000 firmas.

Se presenta de la siguiente forma:

  • Memoria explicativa y económica
  • Articulada y sistemática 2ª FASE CONSTITUTIVA CONGRESO a) Remite el proyecto a la comisión competente [ grupo de especialistas ( 30-35 personas ) que opinan con criterio, y nombra a una ponencia ( grupo reducido de expertos )] b) Nombramiento de Ponencia ( 11, 13 diputados y un letrado, que asesora al congreso para rellenar posibles lagunas, elección de leyes... ) c) Presenta enmiendas ( quejas rechazo ley o cambio de estas ) ( 15 días de plazo ) Dos maneras de adoptar esta postura:
    • Totalidad ( rechaza la ley completa )
    • Articulado ( mejorar la ley, solo una parte de esta ) d) Ponencia + enmienda : realización de informe ( proyecto + enmiendas incorporadas ) e) Comisión : estudio DICTAMEN f) Pleno : puede aprobar o rechazar el DICTAMEN Para aprobar Si es una ley ordinaria se necesita una mayoría simple Si es una ley orgánica se necesita una mayoría absoluta ( 176 votos ) Para rechazar Mayoría simple Mayoría absoluta ( 176 votos ) SENADO Las fases del Senado son iguales hasta la f), que tanto para una L.O o L.ORD es mayoría simple para el caso de aprobar. Si el PLENO del Senado aprueba enmiendas senatoriales, contrarias a lo aprobado en el Congreso, vuelve al PLENO del Congreso y este, puede rechazar esas enmiendas senatoriales, siempre que lo apoye la mayoría absoluta del Congreso ( 176 votos ).

a) Que conteste el gobierno oralmente b) Que conteste el gobierno por escrito, aunque esto no lo prefieren ya que no hay debate y no sale a la prensa. 1.1 Si todavía no se han quedado satisfechos MOCIÓN, control sin responsabilidad política, que está en el límite sin llegar a las consecuencias políticas. Someterse el gobierno a un votación, tanto para a favor, o en contra.

2. CONTROL CON RESPONSABILIDAD POLÍTICA: El Parlamento si dice las consecuencias negativas que va a sufrir el gobierno. 2.1 Moción de Investidura (Art. 99 CE) Se designa al Presidente del Gobierno 2.2 Cuestión de Confianza: (Art. 112 CE) 2.3 Moción de Censura (Art. 175-179 CE)