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Asignatura: constitucional ii, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UC3M
Tipo: Apuntes
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Tema 3. Las Cortes Generales
Caracteres y estructura del Poder legislativo Las Cortes Generales son la representación de los ciudadanos y ejercer la potestad legislativa del Estado, aprueban sus presupuestos, controlan la acción del Gobierno y demás supuestos establecidos. Están compuesta de dos cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado. Se habla de un “bicameralismo imperfecto”, ya que o bien cuando actúan conjuntamente la acción del Congreso prevalece sobre la del Senado o bien hay ocasiones en las que sólo es necesaria la acción de la primera. Las funciones que se pueden desglosar de este bicameralismo son:
Composición: el sistema electoral del Congreso de los Diputados y del Senado La formación del Congreso se elige cada cuatro años en elecciones generales a través de listas cerradas y bloqueadas y con un reparto de escaños mediante la Ley D’Hondt. La LOREG establece un total de 350 diputados, repartidos de la siguiente forma:
La formación del Senado se realiza también en elecciones generales cada cuatro años por los ciudadanos que votan en listas abiertas de las cuales pueden elegir tres senadores libremente combinables. El sistema de reparto de escaños es el mayoritario, siendo mayoritario corregido para las islas, a fin de evitar que se produzca una acumulación por las mismas.
Las cámaras se organizan en grupos parlamentarios, que son la traducción parlamentaria de los partidos políticos. Para el Congreso deberán ser mínimo 15 diputados para formar grupo, aunque se admiten grupos de 5 y para el Senado serán 10, aunque se admiten grupos de 3. Todos aquellos diputados que no consigan formar grupo parlamentario pasarán a formar parte del grupo mixto. Las Cortes Generales constan de Presidente, Mesa, Junta de Portavoces, Pleno, Comisiones y subcomisiones, Ponencias y Diputación Permanente:
Funcionamiento de las cámaras Para que se de el correcto funcionamiento de las mismas deben celebrarse las sesiones bien de septiembre a diciembre o bien de febrero a junio, siendo los demás meses de “periodo vacacional”. Es en estos meses de actividad donde se realizan varias sesiones con un plan predeterminado. Las cámaras deben cumplir con un quórum de parlamentarios para que las votaciones de determinadas decisiones sean efectivas. Estas sesiones y decisiones deberán ser publicitadas para el conocimiento general salvo excepciones que han de ser declaradas con el voto absoluto de la mayoría de sus miembros. La adopción de acuerdos podrá hacerse bien por sentimiento o por votación, debiendo ser esta última ordinaria, pública, por allanamiento o secreta. También habrá turno de debates donde se posicionarán los grupos parlamentarios.
Estatuto jurídico de los parlamentarios