Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Contrato de Compraventa de Vehículo entre Gabriel Bermeo y Irwin Torres, Ejercicios de Derecho Civil Patrimonial

Documento que registra el contrato de compra y venta de un vehículo kia rio r ex 1.4 5p 4x2 tm, modelo del año 2015, matrículado en 2021, con placa abc 0000 y color rojo. El contrato fue celebrado el 15 de noviembre de 2021 entre gabriel adalberto bermeo gudiño (vendedor) y irwin joel torres caicedo (comprador), en la ciudad de ibarra. El precio de venta fue de usd $15 000, pagado de contado. Ambas partes declararon estar conformes con la negociación y renunciaron a cualquier tipo de reclamo posterior.

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 19/12/2021

gabriel-bermeo
gabriel-bermeo 🇪🇨

1 documento

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
UNIVERSIDAD CNICA PARTICULAR DE LOJA
Gabriel Adalberto Bermeo Gudiño
119-DERECHO
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE UN VEHÍCULO
PRIMERA:
En la ciudad de Ibarra a los 15 días del mes de noviembre de 2021 comparecen a la
celebración del presente contrato de compraventa, por una parte, el Sr. Gabriel Adalberto
Bermeo Gudiño con C.C. 100363904-2 a quien en adelante se le identificará como LA
PARTE VENDEDORA y, por otra parte: el Sr. Irwin Joel Torres Caicedo con C.C.
100347658-0 a quien en adelante se le identificará como LA PARTE COMPRADORA;
quienes, por sus propios derechos, y legalmente capaces, comparecen de forma libre y
voluntaria para celebrar el presente contrato de compraventa de un vehículo de conformidad a
las siguientes cláusulas:
SEGUNDA: LA PARTE VENDEDORA libre y voluntariamente vende y da en perpetua
enajenación a la PARTE COMPRADORA el vehículo que se detalla a continuación:
PLACA ABC 0000
AÑO DE FABRICACIÓN 2015
MARCA KIA
MODELO RIO R EX 1.4 5P 4X2 TM
COLOR ROJO
TIPO SEDAN
CLASE AUTOMOVIL
MOTOR G4FEES705809
CHASIS KNAIN512EF6947939
MATRÍCULADO POR EL AÑO 2021
TERCERA: El PRECIO fijado por las partes de común acuerdo y que LA PARTE
COMPRADORA cancela por este vehículo es la suma de QUINCE MIL Dólares de los
Estados Unidos de América (USD $15 000); mismos que son cancelados de la siguiente
forma: PAGO DE CONTADO.
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Contrato de Compraventa de Vehículo entre Gabriel Bermeo y Irwin Torres y más Ejercicios en PDF de Derecho Civil Patrimonial solo en Docsity!

UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA

Gabriel Adalberto Bermeo Gudiño 119-DERECHO

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE UN VEHÍCULO

PRIMERA:

En la ciudad de Ibarra a los 15 días del mes de noviembre de 2021 comparecen a la celebración del presente contrato de compraventa, por una parte, el Sr. Gabriel Adalberto Bermeo Gudiño con C.C. 100363904-2 a quien en adelante se le identificará como LA PARTE VENDEDORA y, por otra parte: el Sr. Irwin Joel Torres Caicedo con C.C. 100347658-0 a quien en adelante se le identificará como LA PARTE COMPRADORA; quienes, por sus propios derechos, y legalmente capaces, comparecen de forma libre y voluntaria para celebrar el presente contrato de compraventa de un vehículo de conformidad a las siguientes cláusulas: SEGUNDA: LA PARTE VENDEDORA libre y voluntariamente vende y da en perpetua enajenación a la PARTE COMPRADORA el vehículo que se detalla a continuación: PLACA ABC 0000 AÑO DE FABRICACIÓN 2015 MARCA KIA MODELO RIO R EX 1.4 5P 4X2 TM COLOR ROJO TIPO SEDAN CLASE AUTOMOVIL MOTOR G4FEES CHASIS KNAIN512EF MATRÍCULADO POR EL AÑO 2021 TERCERA: El PRECIO fijado por las partes de común acuerdo y que LA PARTE COMPRADORA cancela por este vehículo es la suma de QUINCE MIL Dólares de los Estados Unidos de América (USD $15 000) ; mismos que son cancelados de la siguiente forma: PAGO DE CONTADO.

CUARTA: LA PARTE VENDEDORA declara que sobre el vehículo de su propiedad descrito en el presente contrato no pesa ningún gravamen alguno, prohibición de enajenar; y, menos antecedentes ante las Jefaturas o Juzgados de Tránsito del país. Así mismo, declara que el vehículo se encuentra en perfectas condiciones mecánicas y estéticas. Igualmente, LA PARTE VENDEDORA declara que recibe el valor del contrato según lo estipulado en la cláusula tercera. QUINTA: LA PARTE COMPRADORA declara que recibe el objeto del contrato a su entera satisfacción, por lo que renuncia a cualquier tipo de reclamo posterior a la firma del presente contrato. Así mismo, as partes declaran estar conformes con la negociación y con la entrega del vehículo en su estado actual. SEXTA: Los comparecientes en caso de incumplimiento de lo acordado en el presente contrato se someterán a las acciones penales que la parte que se considere afectada considere pertinentes seguir en contra de la otra parte. SEPTIMA: En la presente cláusula las partes acuerdan que LA PARTE VENDEDORA se hace cargo de los gastos que resulten de la celebración del presente contrato. OCTAVA: Los comparecientes en caso de controversia, como consecuencia de este contrato, se someten a los jueces competentes de la ciudad de Ibarra en el caso de necesitar presentar una demanda por incumplimiento del contrato. Las partes, de común acuerdo expresan su anuencia y sometimiento a la totalidad de las clausulas que proceden, expresando dicha aceptación con sus firmas habituales en tres ejemplares de idéntico valor y tenor.


Gabriel Adalberto Bermeo Gudiño Irwin Joel Torres Caicedo VENDEDOR COMPRADOR C.C. 100363904-2 C.C. 100347658-