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contrato para administrar, Apuntes de Competencias en Microsoft Word

esta interesante el documento

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 06/01/2022

yovaniito35
yovaniito35 🇵🇪

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
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Conste por el presente documento Uno de ARRENDAMIENTO DE
BIEN INMUEBLE –CASA- que celebran DE UNA PARTE COMO ARRENDADOR Don
VICTOR CARDENAS VILLANO identificado con DNI 20544684 domiciliado en
Alfonso Ugarte II Et. Mz. K1 Lote 22, Gregorio Albarracín Y, de LA OTRA PARTE
como ARRENDATARIO JORGE A. ESPINOZA RODRIGUEZ identificado con DNI No.
44681094, domiciliado en Daniel A. Carrión 315, cercado de Tacna, en los términos
siguientes:
PRIMERO: VICTOR CARDENAS VILLANO declara ser PROPIETARIA del inmueble
sito en Alfonso Ugarte II Et. Mz. K1 Lote 22, Gregorio Albarracín; del que consta
DOS dormitorios, servicios higiénicos, una cocina, un patio interior, la mitad de una
tienda, una cochera y una sala comedor con acabado de parquet. Todo en optimas
condiciones para habitabilidad.
SEGUNDO: Por el presente contrato EL ARRENDADOR da en arriendo el
inmueble signado en cláusula PRIMERA en favor de JORGE A. ESPINOZA
RODRIGUEZ por Una merced conductiva mensual y adelantada a señalar a
continuación.
TERCERO: LAS PARTES fijan el valor de la merced conductiva mensual en S/.
380.00 N.S. –trescientos ochenta nuevos soles- que se cancelará cada fin de mes,
para lo cual se ACEPTA UN MESES DE GARANTIA Y UN MES ADELANTADO que
entrega EL ARRENDATARIO a la firma del presente. Se pacta que las
mensualidades serán depositadas por el ARRENDATARIO a la cuenta del
ARRENDADOR en el Banco de la Nación, Nº 04099776698.
CUARTO: Los pagos por consumos de luz y agua y arbitrios municipales serán
de cuenta del inquilino quien remitirá los recibos pagados al propietario.
QUINTA: Queda prohibido realizar modificaciones o alteraciones a los
ambientes salvo autorización del propietario.
SEXTA: LA VIGENCIA del presente será de UN AÑO y, correrá desde el 01 de
Mayo de 2011 y, caducará el 01 de MAYO del 2012.
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Conste por el presente documento Uno de ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE –CASA- que celebran DE UNA PARTE COMO ARRENDADOR Don VICTOR CARDENAS VILLANO identificado con DNI Nº 20544684 domiciliado en Alfonso Ugarte II Et. Mz. K1 Lote 22, Gregorio Albarracín Y, de LA OTRA PARTE como ARRENDATARIO JORGE A. ESPINOZA RODRIGUEZ identificado con DNI No. 44681094, domiciliado en Daniel A. Carrión 315, cercado de Tacna, en los términos siguientes: PRIMERO: VICTOR CARDENAS VILLANO declara ser PROPIETARIA del inmueble sito en Alfonso Ugarte II Et. Mz. K1 Lote 22, Gregorio Albarracín; del que consta DOS dormitorios, servicios higiénicos, una cocina, un patio interior, la mitad de una tienda, una cochera y una sala comedor con acabado de parquet. Todo en optimas condiciones para habitabilidad. SEGUNDO: Por el presente contrato EL ARRENDADOR da en arriendo el inmueble signado en cláusula PRIMERA en favor de JORGE A. ESPINOZA RODRIGUEZ por Una merced conductiva mensual y adelantada a señalar a continuación. TERCERO: LAS PARTES fijan el valor de la merced conductiva mensual en S/. 380.00 N.S. –trescientos ochenta nuevos soles- que se cancelará cada fin de mes, para lo cual se ACEPTA UN MESES DE GARANTIA Y UN MES ADELANTADO que entrega EL ARRENDATARIO a la firma del presente. Se pacta que las mensualidades serán depositadas por el ARRENDATARIO a la cuenta del ARRENDADOR en el Banco de la Nación, Nº 04099776698. CUARTO: Los pagos por consumos de luz y agua y arbitrios municipales serán de cuenta del inquilino quien remitirá los recibos pagados al propietario. QUINTA: Queda prohibido realizar modificaciones o alteraciones a los ambientes salvo autorización del propietario. SEXTA: LA VIGENCIA del presente será de UN AÑO y, correrá desde el 01 de Mayo de 2011 y, caducará el 01 de MAYO del 2012.

SEPTIMA.- LAS PARTES declaran que en la celebración de la presente no ha mediado mala fe ni dolo, engaño, lesión, error u otro que invalide el contenido del presente, por lo que se ratifican en su contenido y forman en conformidad. Tacna, 29 de abril de 2011 ………………………………………………… ………………………………………………….. VICTOR CARDENAS VILLANO JORGE A. ESPINOZA RODRIGUEZ DNI Nº 20544684 DNI No. 44681094

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

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Conste por el presente documento Uno de ARRENDAMIENTO DE VVIENDA FAMILIAR que celebran DE UNA PARTE COMO ARRENDADOR VICTOR MAMANI CHURA identificado con DNI Nº 00506927 domiciliado en Conj. Hab. Alfonso Ugarte I Et. Mz. G3 Lote 38-A Y, de LA OTRA PARTE como LOS ARRENDATARIOS Don MARCO ANTONIO MANAY TORRES identificado con DNI No. 41824318 y, JENI ELISABETH BRENIS CASAS con DNI 17446626 ambos domiciliados en la dirección arriba señalada quienes pactan en los términos siguientes: PRIMERO: VICTOR MAMANI CHURA declara ser PROPIETARIO del inmueble sito en Conj. Hab. Alfonso Ugarte I Et. Mz. G3 Lote 38-A del Dist. Gregorio Albarracín; del que fluye una casa habitación con baño privado, con acabados terminado, y con servicios instalados en óptimas condiciones. SEGUNDO: Por el presente contrato EL ARRENDADOR da en arriendo UN CUARTO Y, UNA HABITACIÓN con sus respectivas puertas a MARCO ANTONIO MANAY TORRES y su cónyuge, JENI E. BRENIS CASAS. TERCERO: La merced conductiva mensual y adelantada se fija en 230.00 N.S. – doscientos treinta nuevos soles- a cancelar cada quincena de cada mes. Si los arrendatarios INCUMPLIOEREN con dicha merced conductiva mensual, EL PROPIETARIO colocará un candado al local y, retirará los bienes en presencia de testigos sin responsabilidad por daños y pérdidas. CUARTO: LA VIGENCIA del presente será de un año y, correrá desde el 15 de febrero de 2011 hasta el 15 de febrero del 2012. QUINTA.- La luz lo pagará LOS INQUILINOS quienes, no podrán sub arrendar ni afectar la propiedad arrendada SEXTA.- Queda convenido que LOS ARRENDATARIOS no podrán introducir mejoras en el local sin el consentimiento escrito del propietario ni, obligación de retribuirlas como consecuencia. SEPTIMA.- LAS PARTES declaran que en la celebración de la presente no ha mediado mala fe ni dolo, engaño, lesión, u otra circunstancia que invalide su contenido, por lo que se ratifican en su contenido y firman en conformidad.

Tacna, 16 de febrero de 2012 ………………………………………………… ………………………………………………….. VICTOR MAMANI CHURA MARCO ANTONIO MANAY TORRES DNI Nº 00506927 DNI No. 41824318 PROPIETARIO INQUILINO …………………………………………… JENI ELISABETH BRENIS CASAS DNI 17446626 INQUILINO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

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