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Asignatura: Teoría de la Comunicación, Profesor: Conacyt Conacyt, Carrera: Ingeniería tecnologías y servicios de Telecomunicación, Universidad: UAM
Tipo: Apuntes
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El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) y la Secretaría de Educación Pública (SEP), con fundamento en lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), han constituido el fideicomiso denominado “Fondo Sectorial de Investigación para la Educación” (Fondo), cuyo propósito es apoyar proyectos de investigación científica básica que generen conocimiento de frontera y contribuyan a mejorar la calidad de la educación superior y a la formación de científicos y académicos. Para el cumplimiento de este propósito, el CONACYT y la SEP a través del Fondo: CONVOCAN A las Instituciones de Educación Superior (IES), Centros de Investigación públicos y privados, empresas, organizaciones no gubernamentales y demás personas que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), como está establecido en el artículo 25, fracción II de la LCyT y demás normativa jurídica aplicable, a presentar propuestas de investigación científica básica, de conformidad con los términos de referencia de esta convocatoria. Las propuestas podrán presentarse en alguna de las siguientes áreas del conocimiento: I. Físico-Matemáticas y Ciencias de la Tierra II. Biología y Química III. Medicina y Ciencias de la Salud IV. Humanidades y Ciencias de la Conducta V. Ciencias Sociales y Economía VI. Biotecnología y Ciencias Agropecuarias VII Ciencias de la Ingeniería VIII. Investigación Multidisciplinaria Para una guía de las disciplinas que pueden incluirse en cada una de las áreas de conocimiento, ver el numeral 2 de los Términos de Referencia. Se podrán presentar al Fondo para concurso, propuestas nuevas o propuestas de continuación de proyectos previamente financiados por el Fondo, mismas que se sujetarán a los procedimientos de evaluación, selección y aprobación determinados en la presente convocatoria. Las modalidades de apoyo se describen en los Términos de Referencia de la presente convocatoria (ver numeral 1.3).
Las propuestas deberán ajustarse a las siguientes: BASES
1. Presentación de las propuestas: 1.1 Los proponentes deberán mantener vigente y actualizado su registro en el RENIECYT durante el período de evaluación y selección de las propuestas que serán apoyadas por el Fondo. Los proponentes que resulten apoyados, deberán mantener vigente su registro, hasta la total conclusión del proyecto.
3 .2 El Responsable Técnico deberá tener el grado de Doctor y/o pertenecer al Sistema Nacional de Investigadores (S.N.I.) 3.3 El Responsable Técnico no podrá presentarse como responsable técnico de más de una propuesta ni como co-Responsable en otra propuesta. 3.4 Los Responsables Técnicos que tengan proyectos apoyados de investigación científica básica, cuya vigencia original sea mayor a 90 días naturales después de las fechas comprometidas de publicación de resultados de cada una de las convocatorias, no podrán concursar en la respectiva convocatoria, aun cuando cierren anticipadamente el proyecto vigente.
3.6 Los Responsables Técnicos a los que se les haya apoyado un proyecto dentro de la Convocatoria de Proyectos de Desarrollo Científico para Atender Problemas Nacionales 2013, no podrán concursar en la Convocatoria de Investigación Científica Básica 2014. 3.7 Los cambios de Responsable Técnico realizados a partir de la fecha de publicación de estas convocatorias inhabilitan al Responsable Técnico original para presentar una propuesta en la convocatoria respectiva.
de Apoyo se describen los criterios y requisitos de participación, evaluación, selección de propuestas, formalización y seguimiento de proyectos, así como los rubros financiables de la presente convocatoria. 3.12 El número y monto de las propuestas aprobadas, estará sujeto a su evaluación favorable y a la disponibilidad presupuestal del patrimonio del Fondo. 3.13 El Representante Legal de la Institución, bajo protesta de decir verdad, declarará en la carta oficial de postulación que la propuesta que presenta al Fondo o una variante de la misma, no ha tenido o tiene financiamiento de un programa, convocatoria o convenio con el CONACYT. 3.14 Las cuestiones de interpretación o las no previstas en esta Convocatoria serán resueltas por el Comité Técnico y de Administración del Fondo (CTyA) y sus decisiones serán inapelables. 3.15 La relación de propuestas aprobadas por el CTyA serán publicadas de acuerdo a lo estipulado en los calendarios respectivos (sección 2.), en las páginas electrónicas del CONACYT (www.conacyt.mx) y la SEP (www.sep.mx). 3.16 Las decisiones del CTyA serán definitivas e inapelables.
4. Confidencialidad La información recibida en el marco de la presente convocatoria está sujeta a las disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal, por lo que todos aquellos documentos que deban ser considerados como confidenciales, deberán ser señalados expresamente de esa forma, con el objeto de que dicha información sea atendida con los criterios y las prácticas que aseguran su correcto manejo y confidencialidad. 5. Mayor información
aclaraciones, recurrir al personal de la Dirección de Investigación Científica Básica que se especifica en los Términos de Referencia. La presentación de propuestas en los términos de esta Convocatoria implica la aceptación expresa a los términos y bases, así como a la normatividad expedida por el CONACYT o aplicable al caso. Emitida en la Ciudad de México, el 20 de noviembre de 2013.