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Este documento ofrece una introducción al cooperativismo moderno, su origen en la cooperativa de consumo de los Pioneros de Rochdale, sus principios básicos y cooperativos, y los valores que rigen a las cooperativas. Además, se menciona la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) y su papel en el desarrollo y fortalecimiento de la cooperación global.
Tipo: Apuntes
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Introducción al cooperativismo El hombre, no vive aislado y por sí solo no puede sobrevivir. Ha encontrado en la cooperación una herramienta para hacer frente a sus problemas y necesidades que, de forma individual, no podría satisfacer plenamente.
Afirma Lasserre, que “las ideas de cooperación son hermo- sas y generosas,pero que solo pueden funcionar con hom- bres y mujeres mejores que el promedio. En el aspecto profundamente humano, la cooperación consiste en una superioridad que complica las cosas, pero cuyo valor es inestimable".^1
La finalidad moral de las cooperati- vas es, "tratar de crear en las coo- perativas, como en todas partes, relaciones de colaboración confia- da entre los hombres". Nuclea todos los elementos bási- cos de la moral: la autoayuda; el res- peto por el hombre, la honestidad, la solidaridad, la justicia conmutati- va y distributiva, la democracia, la responsabilidad y las exigencias de una buena gestión. (George Lasse- rre, El Hombre Cooperativo).
Inicio del Cooperativismo Moderno El comienzo del cooperativismo moderno estuvo marcado por la experiencia de la cooperativa de consumo de los “Pio- neros de Rochdale”, nacida en Inglaterra en 1844. A medida que la mecanización de la Revolución Industrial avanzaba,
1. (^) Laserre, “El hombre cooperativo”.
forzó a la pobreza a más y más trabajadores con habilidades. Así, 28 trabajadores de la industria textil, sometidos a difíciles condiciones de vida y a la explotación inhumana en sus tra- bajos, decidieron organizar con sus propios medios, un alma- cén cooperativo que abaratara sus consumos esenciales. Les llevó 4 meses reunir un total de 28 libras de capital y abrieron su propia tienda con una muy pobre selección de mantequilla, azúcar, harina y algunas velas. En los 3 meses posteriores, expandieron su surtido, incluyendo té y tabaco y rápidamente fueron reconocidos por su gran calidad.
Esta primera manifestación cooperativa ha marcado el desarrollo del cooperativismo, sus principios idealistas y las normas de funcionamiento que siguen vigentes hoy, más allá de algunas revisiones.
Sociedad Equitativa de los Pioneros de Rochdale (1844)
aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, por medio de una empresa de propiedad conjunta y demo- cráticamente gestionada”.
Al analizar esta definición se debe destacar en primer lugar que la cooperativa es una asociación de personas. A dife- rencia de las sociedades de capital, los asociados, son quienes de manera igualitaria, votan, deciden y controlan la cooperativa, independientemente de las cuotas sociales que se hayan suscripto.
El hecho de que sea una asociación “autónoma”, significa que la idea de asociarse debe nacer entre los miembros del grupo y no entre personas ajenas al mismo. Debe existir en la decisión de asociarse conciencia, compromiso y libertad. La autonomía no sólo debe estar presente en el momento de decidir la constitución, sino también debe perdurar durante el desarrollo de la gestión de la organización. La cooperativa, a través de los asociados reunidos en asamblea, siempre ten- drá el poder de decidir su funcionamiento y su futuro, inde- pendientemente de los acuerdos que firme y de los compro- misos que contraiga con otras entidades y/o personas.
La unión es voluntaria, lo que significa que nadie puede ser obligado a asociarse ni a permanecer asociado a una coope- rativa contra su voluntad.
El objetivo por el cual las personas constituyen una coopera- tiva es la satisfacción, en las mejores condiciones de calidad y precio, de necesidades y aspiraciones comunes a todos los asociados, sin buscar una ganancia o lucro. Estás necesida-
des pueden ser de tipo económicas, sociales o culturales.
Las cooperativas son empresas ya que requieren, para llevar a cabo sus actividades, de la combinación de los factores pro- ductivos: capital, trabajo, insumos, tecnologías, etc. Al igual que otras organizaciones no cooperativas, llevan sus pro- ductos al mercado y compiten en un marco de igualdad, para lo cual deben manejar similares parámetros de eficiencia, efi- cacia y competitividad que el resto de las empresas con las que interactúan en el mercado.
A diferencia del resto de las empresas, las cooperativas, ade- más de servir a sus asociados no deben olvidar su finalidad de servicio y su naturaleza social.
Todos los asociados son dueños de la cooperativa sin ningún tipo de diferenciación, por ello la propiedad es colectiva.
La gestión democrática implica que todas las decisiones que sean tomadas, por cualquiera de los órganos sociales, res- peten el principio de “un asociado, un voto”.
Los Principios Cooperativos
Están inspirados en los claros y sencillos principios que sur- gen de los estatutos de la Sociedad de Los Pioneros de Roch- dale.
Son el marco dentro de cuyos límites pueden actuar las coo- perativas y guiar su futuro. Sirven como pautas para juzgar comportamientos y tomar decisiones.
Valores Cooperativos
“Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidari- dad. Siguiendo la tradición de sus fundadores sus miembros creen en los valores éticos de honestidad, transparencia, res- ponsabilidad social y preocupación por los demás.”
Los valores son las ideas que rigen el comportamiento y acciones en las cooperativas. Apuntan a dos dimensiones: por un lado, la dimensión social de la organización, basada
La primera experiencia exitosa en el medio rural fue el “Pro- greso Agrícola de Pigüé” en el año 1898 que surgió para pro- veer a los pequeños y medianos productores agrícolas aso- ciados de un seguro de granizo y con el transcurso del tiempo fue ampliando su oferta de coberturas.
En el medio urbano, el desarrollo fue mucho más lento. Pri- mero aparecieron las cooperativas de Consumo y, más tarde, se organizaron las de Provisión de Servicios, tales como Elec- tricidad, Crédito, Seguro y Vivienda. Así, en el año 1905 nació la reconocida cooperativa “El Hogar Obrero”, siendo ésta una de las cooperativas referentes del país, naciendo con el pro- pósito de contribuir a la solución del problema de la vivienda obrera; y, con el transcurso del tiempo, desarrolló también secciones de crédito, consumo, y una importante actividad educativa y cultural.
Por otra parte, en 1928 en la localidad de Pergamino se fun- dó, por la iniciativa de doce obreros, la primera cooperativa de trabajo llamada “La Edilicia”, dedicada a la construcción. Esta cooperativa, en el año 1950 ya asociaba a más de 170 trabajadores de todos los gremios de la construcción y era propietaria de una fábrica de ladrillos y de mosaicos, dedi- cándose a la realización de obras públicas y privadas de gran magnitud.
En el último relevamiento realizado al 30 de junio del 2008 por la Autoridad de Aplicación, existían en Argentina 12760 cooperativas, siendo 5256 de trabajo. Aproximadamente 13 millones de argentinos están asociados a diversos tipos de
cooperativas (Servicios Públicos, Trabajo, Consumo, Agro- pecuarias, etc.).
Recepción de la naturaleza cooperativa en la República Argentina
La ley 20.337/73 fue promulgada del año 1973. Incorpora en sus distintos artículos, todos los principios del movimiento cooperativo vigentes en ese momento: los formulados por el Congreso de la Alianza Cooperativa Internacional realizado en Viena de 1966. No obstante, de la lectura de la ley surgen rasgos esenciales de los principios de 1995.
Es una ley general para todo tipo de cooperativas, y regula su funcionamiento. En su artículo 2 establece: “Las cooperati- vas son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios”, y enumera las características fundamentales:
Tienen capital variable y duración limitada.
No poseen límite estatuta- rio al número de asociados ni al capital. Conceden un solo voto a cada asociado, cualquiera sea el número de cuotas.
No otorgan ventajas ni privi- legio alguno a los iniciado- res, fundadores y conseje- ros.
Ley 20.337/
Es una ley general para todo tipo de cooperativas. En su artículo 2 establece que: "Las cooperati- vas son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios".