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Lucha contra la Corrupción en el Perú: Creación de Entidades y Normas, Apuntes de Derecho

La evolución de la lucha contra la corrupción en el Perú a partir del año 2001, concreto en la creación de entidades y la aprobación de normas vinculadas a la función pública y el fomento de la ética y transparencia. Se detalla la creación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), el Consejo Nacional Anticorrupción, la Oficina Nacional Anticorrupción, el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción y las respectivas leyes y regulamientos.

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 01/05/2021

Jiapsi
Jiapsi 🇵🇪

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CORRUPCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS
I. Acciones del Estado para enfrentar la corrupción
La preocupación por enfrentar el problema de la corrupción suscitado en el
Perú durante la década de los noventa, originó que a partir del año 2001 se desarrollara una
creciente normativa en materia de lucha contra la corrupción
La lucha contra la corrupción en nuestro país no sólo corresponde a la dación de
normas de diversa índole y jerarquía, sino también a la creación de entidades, órganos o
unidades orientadas al combate de este fenómeno.
1.1 Evolución de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN)
La Comisn de Alto Nivel de Anticorrupcn (CAN) fue creada mediante Decreto Supremo N.°
016-2010-PCM y reconocida por la Ley N 29976, del 4 de enero de 2013. La Comisión de Alto
Nivel Anticorrupción (CAN) es un espacio integrado por instituciones públicas, privadas y la
sociedad civil que tiene por objeto articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas
dirigidas a prevenir y combatir la corrupcn en Perú. La CAN fue creada mediante Decreto
Supremo 016-2010-PCM y elevada a rango de Ley (Ley 29976).
-Programa Nacional Anticorrupción.
Apro ba do en abril de 2001, con el objeto de ejecutar un plan de trabajo para el
diagnóstico y diseño de políticas de lucha contra la corrupción, constituyéndose el grupo de
trabajo de Iniciativa Nacional Anticorrupción (INA), el mismo que concluyó su labor en el mes
de julio del mismo año” (Vigil Carrera, J. H. M. 2012. p. 75), este proyecto consistía en integrar
instituciones para la lucha contra la corrupción a través de la promoción de la ética pública.
-Consejo Nacional Anticorrupción
-En enero del año 2006 se modifica la denominación de la Comisión Nacional
de Lucha contra la Corrupción y la Promoción de la Ética y Transparencia en la
Gestión Pública y en la Sociedad por la de Consejo Nacional Anticorrupción,
con carácter permanente y adscrito al Ministerio de Justicia, ampliándose las
funciones respecto a las de la antigua comisión y modificándose su
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CORRUPCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS

I. Acciones del Estado para enfrentar la corrupción

La preocupación por enfrentar el problema de la corrupción suscitado en el Perú durante la década de los noventa, originó que a partir del año 2001 se desarrollara una creciente normativa en materia de lucha contra la corrupción La lucha contra la corrupción en nuestro país no sólo corresponde a la dación de normas de diversa índole y jerarquía, sino también a la creación de entidades, órganos o unidades orientadas al combate de este fenómeno.

1.1 Evolución de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN)

La Comisión de Alto Nivel de Anticorrupción (CAN) fue creada mediante Decreto Supremo N.°

016-2010-PCM y reconocida por la Ley N.° 29976, del 4 de enero de 2013. La Comisión de Alto

Nivel Anticorrupción (CAN) es un espacio integrado por instituciones públicas, privadas y la

sociedad civil que tiene por objeto articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas

dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en Perú. La CAN fue creada mediante Decreto

Supremo N° 016-2010-PCM y elevada a rango de Ley (Ley N° 29976).

- Programa Nacional Anticorrupción.

A p r o b a d o en abril de 200 1, con el objeto de ejecutar un plan de trabajo para el diagnóstico y diseño de políticas de lucha contra la corrupción, constituyéndose el grupo de trabajo de Iniciativa Nacional Anticorrupción (INA), el mismo que concluyó su labor en el mes de julio del mismo año” (Vigil Carrera, J. H. M. 2012. p. 75), este proyecto consistía en integrar instituciones para la lucha contra la corrupción a través de la promoción de la ética pública.

- Consejo Nacional Anticorrupción

- En enero del año 2006 se modifica la denominación de la Comisión Nacional

de Lucha contra la Corrupción y la Promoción de la Ética y Transparencia en la

Gestión Pública y en la Sociedad por la de Consejo Nacional Anticorrupción ,

con carácter permanente y adscrito al Ministerio de Justicia, ampliándose las

funciones respecto a las de la antigua comisión y modificándose su

conformación en relación con la de la Comisión Nacional, derogándose el

Decreto Supremo Nº 120 - 2001 - PCM y sus modificatorias (Vigil Carrera, J. H.

M. 2012. p. 78).

- Oficina Nacional Anticorrupción

En octubre del año 2007 se creó la Oficina Nacional Anticorrupción (ONA) para prevenir, investigar, coordinar, vigilar y promover la transparencia, la ética pública y la lucha contra la corrupción, a través de medidas preventivas, investigación, formulación, monitoreo y supervisión de políticas públicas sobre la materia. El Año 2008 , se desactiva la Oficina Nacional Anticorrupción mediante Decreto Supremo Nº 057 -2 008 - PCM, modificándose los artículos 36 y 37 del ROF de la PCM, redefiniendo las competencias de la Secretaría de Gestión Pública en aspectos vinculados a ética, transparencia, control interno, vigilancia ciudadana y al código de ética de la función pública.

- Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción

El 2 3 de diciembre del año 2008 el Presidente del Consejo de Ministros Yehude Simon Munaro presentó el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, el cual consta de 7 objetivos, 19 estrategias, 41 acciones y 135 medidas de desempeño. Cabe señalar que este plan ha sido el primer instrumento unificado que ha servido de guía para la implementación de actividades por parte de diversos organismos del Estado.

1.2 Normas vinculadas a la función pública.

En este aspecto procederemos a analizar de manera sucinta las normas generales en las que se refleja la potestad sancionadora y disciplinaria a la que hemos aludido, así como aquellos dispositivos de carácter particular que se han ido expidiendo en relación no sólo al marco funcional de la actividad de los empleados públicos sino también al fomento de la ética y transparencia como respuesta al fenómeno de la corrupción administrativa.

- Ley Nº 27815 , Ley del Código de Ética de la Función Pública

Promulgada el 12 de agosto de 20 02, esta ley establece una serie de definiciones, principios, deberes y prohibiciones que debe observar el personal al servicio de la Administración Pública.

- Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Creado mediante Decreto Legislativo Nº 1353, del 07 de enero del 2017,

esta ley crea de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información

Pública, el fortalecimiento del Régimen de Protección de Datos Personales y la

regulación de la gestión de intereses.

Se señala esta ley que la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la

Información Pública, propondrá las políticas en transparencia y acceso a la información

pública, además de emitir las directivas y lineamientos necesarios en estas áreas;

asimismo se tendrá un Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública,

que sería un órgano resolutivo del Ministerio de Justicia.

1.4 La dispersión de criterios para enfrentar el fenómeno

Pero este problema de dispersión de criterios no sólo se manifiesta en las normas generadas y en la creación de órganos, sino también en la implementación de las iniciativas de lucha contra la corrupción, toda vez que, como se ha podido apreciar en las normas analizadas, desde el año 2001 se crearon programas, comisiones y una Oficina Nacional Anticorrupción que finalmente fue desactivada luego de un corto periodo de funcionamiento, debido precisamente al enfoque con la que fue creada y las funciones que se le asignaron.

- Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE)

Asimismo y a manera de ejemplo debemos señalar que dentro de la estructura desarrollada para mejorar el manejo de recursos en las entidades estatales se implementó el

Consejo Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (CONSUCODE), hoy OSCE, que es el organismo rector, asesor, supervisor y de solución de controversias en materia de contratación pública en bienes, servicios, obras y arrendamiento. Del mismo modo se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) que tiene como objetivo incrementar la transparencia y mejorar la eficiencia de la gestión del Estado Peruano en las compras gubernamentales, a través de la implantación de mecanismos electrónicos de selección, adquisición y contratación.

- La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú

La UIF es la encargada de recibir, analizar y transmitir información para la detección del Lavado de Activos y/o del Financiamiento del Terrorismo; así como, coadyuvar a la implementación por parte de los Sujetos Obligados del sistema de prevención para detectar y reportar operaciones sospechosas de Lavado de Activos y/o Financiamiento del Terrorismo. Fue creada mediante Ley Nº 27693 de abril del año 2002, modificada por Leyes Nº 28009 y la Ley Nº 28306 y reglamentada mediante el Decreto Supremo Nº 163-2002-EF modificado por Decreto Supremo Nº 018-2006-JUS. Ha sido incorporada como Unidad Especializada a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones mediante Ley Nº 29038 de junio del año 2007, y cuenta con autonomía funcional y técnica.

- La “Muerte Civil”, Decreto Legislativo 1243

Promulgado el 22 de octubre del 2017, DL que modifica el código penal y el código de ejecución penal a fin de establecer y ampliar el plazo de duración de la pena de inhabilitación principal, e incorporar la inhabilitación perpetua para los delitos cometidos contra la administración pública, y crea el registro único de condenados inhabilitados La llamada “muerte civil” para los funcionarios públicos que han cometido delitos de corrupción. Señala (Quispe Meza, D. 1 noviembre, 2016), “… es importante señalar las